El Rey no es inviolable, y lo saben

Políticos, jueces, y medios de comunicación llevan más de cuarenta años mintiéndonos a la cara descaradamente con que el Rey es total y absolutamente inviolable cuando, conforme a los criterios de interpretación del Tribunal Constitucional y los principios generales del derecho, no puede serlo

Como en toda obra del ser humano, en la Constitución del 78 a veces encontramos cosas que no encajan: imperfecciones, contradicciones. ¿Cómo resolver estas tensiones dentro de un texto que es el fundamento de nuestro ordenamiento jurídico, y, en consecuencia, cuyo contenido íntegro es total y absolutamente correcto para dicho ordenamiento?

Pues si atendemos a lo que dice el Tribunal Constitucional reiteradamente en sus sentencias, cuando “se genera cierto grado de tensión interpretativa en el interior de la Constitución… [e]ste elemento de tensión no puede ser resuelto desde uno de sus extremos, sino, por el contrario, y como venimos haciendo a partir de una interpretación sistemática y global de los preceptos constitucionales implicados; dicho de otro modo, sólo puede ser resuelto desde el principio de unidad de la Constitución” (STC 179/1994 FJ5 In fine).

¿Qué significa esto del principio de unidad de la Constitución?, pues que la Constitución “es un todo en el que cada precepto encuentra su sentido pleno valorándolo en relación con los demás, es decir, de acuerdo con una interpretación sistemática” (STC 154/2006, de 22 de mayo FJ4 in fine). Por tanto, “la interpretación de los preceptos constitucionales ha de hacerse de modo sistemático, esto es, teniendo siempre en cuenta el contenido íntegro de la Norma fundamental” (STC 252/1988, de 20 de diciembre FJ2).

Explica el Tribunal Constitucional en otra sentencia que, “en la medida en que no puede afirmarse de ninguno de ellos su carácter absoluto, el intérprete constitucional se ve obligado a ponderar los bienes y derechos en función del supuesto planteado, tratando de armonizarlos si ello es posible o, en caso contrario, precisando las condiciones y requisitos en que podría admitirse la prevalencia de uno de ellos” (STC 53/1985, de 11 de abril FJ9).

En otra sentencia añade que “la solución consistirá en otorgar la preferencia de su respeto a uno de ellos, justamente aquel que lo merezca, tanto por su propia naturaleza, como por las circunstancias concurrentes en su ejercicio. No se trata, sin embargo, de establecer jerarquías de derechos ni prevalencias a priori, sino de conjugar, desde la situación jurídica creada, ambos derechos o libertades, ponderando, pesando cada uno de ellos, en su eficacia recíproca, para terminar decidiendo y dar preeminencia al que se ajuste más al sentido y finalidad que la Constitución señala, explícita o implícitamente” (STC 320/1994, 28 de noviembre, FJ 2).

Después de toda esta reiterada doctrina del Tribunal Constitucional, que no sólo parece bastante razonable sino que vincula a Jueces y Tribunales (art 5.1 LO 6/1985 del Poder Judicial) ¿Cómo se explica que siempre que se intenta plantear un litigio contra el Rey de España los tribunales archiven la causa alegando que es “inviolable”?. Y no son temas menores. Por ejemplo, tenemos la demanda por paternidad de Alberto Solá. De confirmarse la paternidad de Juan Carlos I, Alberto sería legítimo heredero a la corona de España porque es mayor que Felipe VI, que sería un usurpador. Por no hablar de los presuntos delitos fiscales, la malversación de fondos públicos para tapar la boca a sus amantes, etc… del emérito.

Es cierto que el art. 56.3 CE dice que “La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”. Pero ¿cómo encaja este precepto con otros como que “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho” (art. 1.1 CE), que “todos los poderes públicos -incluida la Corona, que es un órgano constitucional- están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” (art. 9.1 CE), que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (art. 14 CE) o que “todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión (art. 24.1 CE).

Como veis, la lista de preceptos constitucionales en aparente conflicto con una inviolabilidad absoluta del Rey son unos cuantos. Y ya nos ha dicho el tribunal constitucional que no se puede resolver este conflicto afirmando el carácter absoluto de alguno de los preceptos en conflicto. Hay que hacer una interpretación sistemática. Si tan solo hubiera alguna forma de armonizar estos preceptos… sigamos leyendo el art. 56.3 CE.

Articulo 56.

  1. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.

¿Por qué habla la Constitución de que sus actos sean siempre refrendados y que si no lo son carecerán de validez en el mismo apartado del artículo? ¿Es acaso del Rey un incapaz absoluto, que no puede obrar por sí mismo y necesita el refrendo hasta para ir al baño? Vamos a ver qué dicen los otros artículos…

Articulo 64.

  1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes.
  2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

Articulo 65.

  1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
  2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

Entonces, ¿el Rey sólo puede decidir por si mismo quienes forman parte de la Casa Real y como distribuir su presupuesto, necesitando refrendo para el resto de actos de su vida? ¿y por eso es inviolable? Si fuera este el caso, ¿quién refrendó que Juan Carlos I se fuera a cazar elefantes a Botsuana? ¿O los actos que le han permitido amasar una fortuna infinitamente superior a los ingresos que ha percibido del Estado? ¿quién refrendaba a las amantes del rey?. Si el Rey tomara por su propia cuenta una decisión distinta de las recogidas en el art. 65 CE como -por ejemplo- pedir una pizza u organizar un golpe de estado, ¿estaría actuando de forma inconstitucional? Bueno, daría igual porque sería absolutamente inviolable.

¿No sería más lógico pensar que los actos que necesitan refrendo son los que se indican justo antes, en los artículos 62 y 63 CE, en los que el Rey actúa como Jefe de Estado aparentando tomar unas decisiones que sólo serán válidas si son refrendadas por un miembro del gobierno, que -como asume la responsabilidad de las mismas- exime de ella al Rey haciéndole inviolable en relación a estos actos concretos, pero no a los que realice en su vida privada y/o sin refrendo?.

Si fuera así, el Rey podría conservar su libertad en sus actos privados y su inviolabilidad respecto a los actos como Jefe de Estado sin que se vulnerar ningún otro precepto constitucional… como pasa con los diputados por ejemplo, que son inviolables solo por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones (art. 71.1 CE), pero no en su vida privada. De interpretarse así, todo cobraría sentido mágicamente y se preservará la armonía de la Constitución sin cambiar una sola letra, solo hay que querer entender un poquito. No es difícil.

Lo que no puede ser es atenernos a la literalidad del texto en lo tocante a la inviolabilidad, ignorando todo lo que dice el Tribunal Constitucional -y el sentido común- sobre la interpretación sistemática de la Constitución, pero hacer una interpretación sistemática del resto del apartado para que solo se refrenden sus actos como jefe de Estado. En derecho hay que aplicar un criterio homogéneo, el que sea, pero homogéneo, no el que más nos interese según cada caso. Y hay que aplicarlo hasta sus últimas consecuencias, independientemente de cuales sean… así es como funciona un estado en el que impera la ley.

Y está es la verdad, lo saben ellos y ahora, lo sabes tu también. Políticos, jueces, y medios de comunicación llevan más de 40 años mintiéndonos a la cara descaradamente con que el Rey es total y absolutamente inviolable cuando, conforme a los criterios de interpretación del Tribunal Constitucional y los principios generales del derecho, no puede serlo. Cuando alguien te salga con la gilipollez de que el rey es inviolable, pues le mandas un enlace a este artículo y nos haces un favor a los dos.

Es tan obvio, que no hace falta ni saber derecho para darse cuenta de que cualquier otra conclusión no tiene sentido. En un estado social y democrático de derecho no puede haber ninguna persona por encima de la Constitución y las leyes. El engaño es tan burdo, que los que defienden la inviolabilidad absoluta se limita a repetir hasta la extenuación “que lo pone en la Constitución”, sin entrar a discutir la segunda parte del art 56.3 CE, que citan fuera de contexto; sin explicar cómo es que la inviolabilidad -que excluye sólo la responsabilidad penal- se extiende también a la esfera civil y administrativa; o por qué los actos privados del Rey no son refrendados, como deberían según una interpretación literal del precepto; o qué impide a un tribunal determinar los hechos y calificarlos jurídicamente aunque no pueda hacer efectiva la sentencia si resultase condenatoria; o porqué consideran que a un Rey que ha abdicado se le sigue aplicando esta inviolabilidad cuando ésta sólo se refiere al titular de la Corona, que es un cargo unipersonal. Cuestiones en las que no entran porque no hay por donde cogerlas ni argumentación posible más allá del “porque sí”, “porque es una figura simbólica” o cualquier variante de “por conveniencia política”.

En el siglo XVI los herederos de Cristóbal Colón pudieron llevar ante los tribunales a la Corona de Castilla por considerar que se habían incumplido las Capitulaciones de Santa Fé, pero en la muy “democrática” España del siglo XXI es imposible abrir ningún procedimiento que implique al monarca porque a los poderes del Estado no les da la gana, simple y llanamente. Porque aunque el Rey no sea absolutamente inviolable según los criterios de interpretación de la Constitución del Tribunal Constitucional, no hay juez ni tribunal que vaya a admitir a trámite un procedimiento en el que tuviera que personarse… aunque hacerlo constituya -en mi opinión- un presunto delito de prevaricación como la copa de un pino. ¿Por qué no celebrar el juicio? aunque no se pudiera hacer ejecutar lo juzgado, una sentencia condenatoria tendría valor simbólico.

¿Y que creéis que diría el Tribunal Constitucional si se planteara un recurso de amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por este motivo? Pues se limitarían a buscar la mejor forma de inadmitirlo sin entrar en el fondo del asunto, porque sería difícil sostener la inviolabilidad total sin caer en el más absoluto descrédito después de toda su jurisprudencia. Luego ya se buscaría la forma de persuadir al recurrente para que no acuda a instancias internacionales y, así, evitar tratar más este tema.

En una democracia de verdad, semejante despropósito sería impensable porque todos los poderes del estado estarían alineados sin fisuras con una interpretación sistemática, coherente y homogénea de la Constitución. Por desgracia no vivimos en una, como se encargan de recordarnos cada vez que sale el tema de la inviolabilidad real. Mientras que en nuestro país se siga idolatrando una Constitución deliberadamente ambigua, que los poderes del Estado no dudan en retorcer a conciencia y a conveniencia, nunca conoceremos lo que es la seguridad jurídica ni el imperio de la ley.

Créditos: Miniatura basada en la fotografía de Pool Moncloa

The Corporation ¿Instituciones o psicópatas? – Documental

Título original: The Corporation | Ir al vídeo
Tema: Empresas. Evaluación 4.25/5.
Año 2003. Dur: 172′. Producido por Mark Achbar.
Web: http://www.thecorporation.com.

Las sociedades mercantiles o empresas (denominadas erróneamente como “corporaciones” en la versión es español) se crearon durante el siglo XIX como forma de propiedad de una actividad económica. Gracias a esta fórmula, un grupo de personas podían organizarse para obtener beneficios a través de instituciones jurídicamente independientes de quienes las controlan y de quienes trabajan en ellas. Este sencillo tecnicismo encierra una de las innovaciones legales que más radicalmente han transformado no sólo la economía humana, sino también las relaciones sociales y nuestro sistemas de valores.

La clave para comprender las repercusiones de esta innovación es el concepto de responsabilidad limitada, en virtud del cual, los propietarios de las empresas son capaces de eludir las responsabilidades de su actividades económicas, al quedar esta limitada a la empresa y, en el mejor de los casos, a sus administradores. Esta característica permite a las empresas generar riqueza para sus propietarios de forma mucho más eficaz, ya que cualquier cosa que se haga mal será responsabilidad de la empresa, que es un ente incorpóreo e inmortal accionado por personas reemplazables.

La combinación de responsabilidad limitada y búsqueda ilimitada de mayores beneficios convierte a las empresas, según alguno de los entrevistados, en una grave amenaza para nuestra superveniencia, ya que a las empresas sólo les preocupan los beneficios de sus accionistas, anteponiéndolos al bien público y al bienestar del resto de personas que se ven afectadas por ellas. Como reconoce en el documental la CEO de “The Body Shop”, “TODO el legítimo para la obtención de beneficios”.

Desde esta perspectiva, la consecuencia lógica de la limitación de responsabilidad es que este tipo de organizaciones tiendan a generar el máximo coste colateral que la sociedad les permita, o pueda asumir, para mejorar su cuenta de resultados: desde la explotación de mano de obra esclava, la contaminación del medio ambiente con residuos sin tratar, la comercialización de productos peligrosos y/o sin un estudio riguroso de sus efectos sobre la salud humana, la privatización de recursos naturales para convertirlos en mercancías, etc…

Las empresas como psicópatas

La mayor parte del documental está dedicada a repasar algunos ejemplos de estos efectos colaterales que producen las empresas al socializar los costes de su actividad con el fin de obtener el máximo beneficio. Temas que también son tratados por otros documentales de una forma más monográfica, y que sirven de muestra sobre cómo la empresa está en el origen de muchos problemas sociales modernos.

A partir de estos ejemplos, el documental traza un paralelismo entre el comportamiento de las empresas y el perfil clínico de un psicópata, caracterizado por:

  • Cruel indiferencia por los sentimientos de los demás.
  • Incapacidad para mantener relaciones duraderas – Deslocalizaciones, temporalidad.
  • Desprecio por la seguridad de los demás.- Comercialización de productos peligrosos para la salud o producción de daños medioambientales.
  • Mentir y engañar sistemáticamente a los demás para obtener un beneficio.
  • Incapacidad para sentirse culpable (la culpa es de otro).
  • Incapacidad para adaptarse a las normas sociales (salvo que sea rentable).

Un fiel reflejo de este diagnóstico es el testimonio de Charleton Brown, intermediario financiero que -con toda crudeza- expone las verdades incómodas del fundamentalismo de mercado: Las catástrofes traen oportunidades de negocio… los atentados del 11 de septiembre de 2001 permitieron que muchos se enriquecieran en el mercado del oro, la guerra del golfo disparó la rentabilidad del petroleo y, en general, los conflictos armados mejoran los beneficios en el comercio de materias primas. Como dicen en el documental, “cada vez que se tala un árbol, hay un vertido de crudo o se diagnostica un cancer, sube el PIB“.

El problema radica en que, desde la óptica de la empresa, toda decisión se evalúa exclusivamente desde una perspectiva económica y con el objetivo de maximizar el beneficio a corto plazo. Si el beneficio potencial compensa el riesgo que se corre, incumplir las leyes, vulnerar los derechos humanos o tomar cualquier otro tipo de decisión moralmente reprobable es opción estratégica; y mientras no se le atribuya un valor económico igual o superior a la propia actividad económica que se desarrolla, las empresas seguirán sin considerarán las implicaciones morales, sociales o medioambientales de sus acciones. Incluso si los propios trabajadores rechazan las prácticas de su empresa, se ven en la tesitura de cumplirlas para conservar sus empleos.

Es por esto que, sólo cuando el conocimiento de sus practicas empresariales genera rechazo entre los clientes -y una potencial merma de las ventas- aparece la preocupación por los “daños colaterales” que produce su actividad económica. Así nacieron las iniciativas de Responsabilidad Social Corporativa; que, aunque positivas, no son más que acciones de marketing que dedican una ínfima cantidad de los recursos de la empresa a lavar la mala imagen que producen el resto de sus actividades. Si a las empresas realmente les preocuparan los costes que externalizan hacia la sociedad, los reducirían, aunque ello supusiera una merma de su competitividad y/o beneficios

La apropiación de los bienes comunes

El afán de expansión de las empresas les lleva a invadir todos los ámbitos de la vida, y a querer apropiarse de todo lo que existe, llegando incluso a invadir aspectos de la vida que tradicionalmente se han mantenido fuera de la dinámica del mercado. Bajo la premisa de que la riqueza sólo se crea cuando se posee de forma privada, empresas y gobiernos se afanan en la parcelación de los bienes comunes amparándose en el discurso de las supuestas bondades de las privatizaciones, desregulaciones y libre comercio. Sin embargo, esta forma de actuar no crea riqueza, sino que la usurpa poniéndole una valla y declarando propiedad privada algo que es de todos, como pasa con la apropiación del conocimiento mediante el uso de patentes.

Algo similar ocurre con las instituciones públicas que ofrecen servicios fundamentales para la sociedad: se están transfiriendo sistemáticamente a manos privadas con la escusa de obtener una ganancia marginal de eficiencia en su funcionamiento. Sin embargo, esto no siempre se consigue y, cuando se logra, es a costa de un peor servicio o mayor coste para sufragar los beneficios, porque las empresas privadas no pueden funcionar con pérdidas. Es por eso que es necesario un sector público fuerte que pueda funcionar con pérdidas, de modo que garantice la prestación de ciertos servicios (educación, sanidad, acceso a suministros), pueda subvencionar sectores productivos dependientes, y mantener el empleo para reactivar el consumo durante las recesiones -en vez de limitarse a reducir plantilla para mantener la rentabilidad, o cerrar si no lo consigue.

Como ya se demostró en el caso de los bomberos privados (63′), hay ámbitos de la vida en que la gestión privada es contraproducente para todos. Hay cosas demasiado esenciales para el bien púbico como para que se consideren oportunidades de negocio, por eso es necesario tomar la decisión política de sacar este tipo de productos y servicios del mercado. Como se comenta en el documental, la esclavitud desapareció no porque dejara de ser rentable, sino porque se tomo la decisión política de que el ser humano no podía ser una mercancía ni una propiedad.

Además de abrir nuevos mercados -apropiándose de los bienes comunes- las empresas también invaden el espacio público para lograr sus objetivos. A la tradicional publicidad, se van añadiendo nuevas formas de relaciones públicas dirigidas a lograr que los consumidores compren sus productos. El grado de manipulación puede llegar a ser enorme, desde la publicidad que enseña a los niños como dar mejor la lata para a sus padres para que les compren lo que han visto en la tele, a la creación de manifestaciones tridimensionales de las marcas y los valores que personifican (“como disneyworld“), la publicidad encubierta (mensajes que no parecen publicidad ni que vayan dirigidos a nosotros), o la creación de grupos -presentados como expertos independientes- para la defensa de sus intereses.

El objetivo final es convertir a la población en consumidores mecánicos de productos que no necesitan, que se encuentren disociados unos de otros y llenen sus vidas satisfaciendo necesidades creadas por las empresas, desempeñando la función social que nos han asignado y viviendo según los valores que nos han inculcado (como que el transporte público es para quien no tenga más remedio). Si lo que hacen es ético o no, no les interesa: los publicistas (como todos) se limitan a hacer su trabajo.

Indiferencia hacia la democracia y los derechos humanos

La tercera parte de “The Corporation” repasa el largo historial de indiferencia hacia la democracia y vulneración de los derechos humanos de estas compañías, propiciado por el hecho de que las empresas no están integradas en el procesos democráticos, ni sometidas a ellos. Aunque, en teoría, las empresas deben cumplir las leyes, esto no garantiza que lo hagan, ni que -aun respetando los límites de la ley- las actividades que desarrollan no produzcan daños en otras personas y/o el medio ambiente.

Es de sobra conocida la estrecha cooperación entre la industria y los gobiernos, así como la capacidad que tienen las empresas para presionar a estos últimos de muy diferentes maneras. Independientemente de la forma de gobierno que adopte un Estado, en todos ellos la línea que separa a los responsables del sector público y del sector privado es muchas veces difusa, o directamente no existe; lo que ha llevado, en no pocas ocasiones, a que los gobiernos sean instrumentos en manos de los grandes empresarios locales y/o extranjeros.

Cuando las grandes transnacionales no han podido persuadir a los gobiernos para imponer políticas económicas “impopulares”, pero muy beneficiosas para ellas, no han dudado en financiar a otras opciones políticas más afines a sus intereses. Un ejemplo claro de este fenómeno es la ascensión del fascismo en Europa, que se produjo (en parte) gracias a la financiación y el apoyo mediático que estos grupos extremistas obtuvieron de las grandes empresas. Una vez alcanzado el poder, los gobiernos totalitarios “recompensaron” a quienes les apoyaron con una regulación que acallará las reivindicaciones sindicales, fortaleciera su control de los mercados y protegiera sus beneficios empresariales; todas ellas políticas gubernamentales muy positivas para la economía, como se ha demostrado con el milagro económico chino.

El recurso al golpe de estado es un caso clásico en el continente americano: Guatemala (1954), Chile (1973), Bolivia, Argentina y Brasil durante los años 1970, e incluso Honduras recientemente (2008). Sin embargo, el rechazo internacional hacia los gobiernos golpistas de sudamérica hizo que, a partir de la década de 1980, el control de los gobiernos democráticos empezara a ejercerse a través de organismos internacionales “neutrales” -como el Fondo Monetario internacional o el Banco Mundial- que imponían estrictos planes de ajuste y restructuración económica como requisito para acceder a los fondos necesarios para evitar la quiebra. Así ocurrió en Polonia (1989), Rusia después del colapso de la URSS, o Sudáfrica una vez finalizado el apartheid. Quedó claro que no era necesario un golpe de estado para obligar a un gobierno a reestructurar la gestión pública en beneficio de las empresas, basta con crear las condiciones necesarias (“crisis” o “emergencias”) para que no tenga otra opción, y la opinión pública acepte con resignación los cambios. Esta estrategia ha sido bautizada como “la doctrina del shock”.

Hacia la economía democrática

Como ya se ha visto, la empresa crea mucha riqueza para sus propietarios, pero lo hace apropiándose de los recursos naturales del planeta y explotando a los más débiles como mano de obra barata para transformar dichos recursos naturales de una forma derrochadora. Cuando encuentra trabas a sus planes de expansión económica no duda en subvertir el sistema legal y el principio democrático para que sirvan a sus intereses, hasta el extremo de que la ONU se empieza a plantear la necesidad de crear un tribunal para juzgar a multinacionales. Los daños que generan este tipo de organizaciones superan con creces los beneficios que obtienen unos pocos de ellas.

Para poner freno y reconducir los efectos perniciosos del dominio de las grandes conglomerados empresariales, el documental plantea como solución la democratización de la economía, es decir, someter a las empresas y a la economía al control democrático de los ciudadanos, de modo que estos puedan opinar sobre lo que pasa en los mercados, y tengan la capacidad de modular las actividades empresariales y financieras que les afectan directa o indirectamente.

Entre las medidas propuestas destacan -a mi entender- “despojar” a las empresas de su “derechos” como “personas” (jurídicas), la disolución de aquellas que incumplan reiteradamente la ley (ofreciendo a los trabajadores la posibilidad de reconvertirlas en cooperativas), o permitir que trabajadores y consumidores puedan participar en igualdad de condiciones en los consejos de administración donde se toman las decisiones que les afectan. Como dice Milton Friedman en el vídeo, “es necesario crear estructuras en el mercado que incentiven a las corporaciones a hacer lo correcto”.

En definitiva, se trata de poner a la empresa al servicio a la comunidad para satisfacer las necesidades de todos, en vez de permitir que sean las empresas las que utilicen a la sociedad para alcanzar el máximo lucro posible; algo que sólo será posible con gobiernos verdaderamente democráticos, al servicio de los ciudadanos y sometidos a su control, que sean capaces de impulsar cambios legislativos ambiciosos que permitan alcanzar estos objetivos. Es por esto que resulta fundamental recuperar el control sobre los gobiernos para hacer prevalecer, desde ellos, la lógica de la democracia sobre la lógica del mercado. Todo llegará… si nos esforzamos por que ocurra.

El camino a la verdad empieza por preguntar el por qué de las cosas

Todo lo que ocurre tiene una causa, la conozcamos o no. Todas las decisiones que toma la gente tienen un motivo, lo compartamos o no. Detrás de cada comportamiento, por muy reprochable que nos pueda parecer, hay una razón, que es la que impulsa la acción. Conocer los motivos que se esconden detrás de cada cosa nos permite valorarlas adecuadamente, y tomar una decisión acertada en cada momento. Por desgracia, no estamos acostumbrados a indagar, ni se nos ayuda a pensar por nosotros mismos.

Dos son los agentes responsables, a mi entender, de la falta de interés generalizada en buscar respuestas por uno mismo: el sistema educativo y los medios de comunicación. Ninguno de los dos ayudan a las personas a desarrollar el pensamiento crítico y autónomo. En vez de eso, la función de estas instituciones se centra en facilitar de forma consistente las respuestas “correctas” (denominadas “conocimientos” o “información”) a todas las preguntas… de forma tan unánime que es difícil cuestionarse su veracidad.

El caso de los medios de comunicación es, quizá, más claro. Nos bombardean con una serie de hechos que supuestamente son representativos de la realidad, pero que ha sido seleccionados editorialmente por su interés (¿interés para quién?), sin indagar en las causas que los provocaron. De este modo, se anula la capacidad de raciocinio y se altera la percepción que tienen las masas de la realidad. Como dijo Michael Crichton, “El reto más grande al que se enfrenta la humanidad es la distinción de la realidad sobre la fantasía, la verdad sobre la propaganda”.

Esta manipulación es posible, en gran medida, gracias a que los sistemas educativos nos han preparado previamente. Dichos sistemas, basados en la transmisión y memorización de información más que en el descubrimiento y el aprendizaje, están diseñados como sistemas de instrucción para prepararnos para el mercado laboral, que ayudan a los alumnos a acostumbrarse a cumplir un horario, a repetir tareas y rutinas de comportamiento, y a aceptar el conocimiento tal y como nos es inculcado por la autoridad.

Desgraciadamente, la educación de nuestro tiempo no es una herramienta para promover la libertad, sino todo lo contrario. En vez de ayudarnos a desarrollar el pensamiento crítico y otros hábitos basados en el auto-descubrimiento y el auto-aprendizaje, mata la curiosidad y atrapa a las personas en una falsa realidad en la que es imposible hacer que las cosas sean como creemos que deberían.

Sin embargo, las cosas que creemos saber no son más que un conjunto de pre-juicios transmitidos culturalmente. Las certezas de “sentido común” se basan, como todas, en unas premisas que pudieron ser correctas en su momento, pero pueden no ser aplicables a nosotros ahora. De ahí la necesidad urgente de aprender a cuestionarse las cosas por sistema.

Por eso, no hay nada más importante para el ser humano que aprender a cuestionar sistemáticamente la validez de toda idea preconcebida, actitud que Sócrates resumió en aquello de “sólo sé que no se nada”. Una vez libres del peso de las verdades de los demás, nuestra razón puede buscar por si misma su propia verdad, la que es válida para nosotros.

La importancia de la ignorancia en la búsqueda de la verdad

El reconocimiento de nuestra propia ignorancia nos permite hacer preguntas de ignorante, que son precisamente las más importantes para comprender la realidad. Curiosamente, este tipo de preguntas son las que los niños suelen hacer a sus padres cuando aprenden a hablar… ¿por qué? y ¿cómo lo sabes?.

Preguntar es una forma de rebeldía contra la realidad, que nace del inconformismo con la situación actual y nos impulsa a conocer los motivos y las causas que hacen que la realidad en la que vivimos sea esta, y no otra. Es un intento de desvelar el mecanismo de funcionamiento de las cosas que experimentamos, ya sea para predecir su comportamiento o para alterarlo.

Sin embargo, lograr este objetivo requiere que profundicemos hasta alcanzar el motivo original que origina cada fenómeno. Como en todo, hay que tirar del hilo hasta llegar al final, sin conformarnos con falsas respuestas que ocultan las verdaderas causas. Para ello, disponemos de una amplia gama de pronombres interrogativos que nos permiten avanzar hasta nuestro objetivo.

Un forma de hacerlo es mediante un diálogo basado en la pregunta, similar al Método socrático aplicado a conceptos concretos. En él, se cuestiona cada afirmación para destapar las premisas que la sustentan, recabar toda la información complementaria que se omite y/o para obligar al interlocutor a concretar su tesis, a fin de poder evaluar su validez, bondad y veracidad, y conocer las implicaciones que lleva asociada. En ningún momento se debe tomar partido por otras alternativas posibles, ni aceptar el sentido común ni razonamientos circulares como base de legitimación.

Por ejemplo, si alguien afirma que la gestión privada de la sanidad es más beneficiosa que la pública cabría preguntarse, al menos, ¿para quién es más beneficiosa?, ¿por qué se cree que la gestión pública es menos beneficiosa? y ¿cómo siendo privada será más beneficiosa?

Cada respuesta plantea inmediatamente otra pregunta, que nos ayuda a reflexionar sobre cosas que sabemos, pero que probablemente nunca nos hemos planteado o parado a pensar. Aunque es poco probable que alcancemos alguna verdad concluyente mediante este método, el proceso suele abrir la mente de los interlocutores a planteamientos que ponen en duda que las cosas tengan que ser de la manera en las que son.

Este hilo de razonamiento, hablando de temas hipotecarios, podría conducir hasta joyas del pensamiento como “¿Me conviene aceptar un préstamo a tipo de interés variable al 2% cuando la escala va de 0 a infinito?” o, “¿porqué las hipotecas son variables (referenciadas al EURIBOR) si el préstamo se materializa en un momento concreto del tiempo?”… “¿No sería más lógico que la hipoteca fuera de tipo fijo equivalente al EURIBOR del momento en que se prestó el dinero?” o, ya rizando el rizo, “¿porqué la felicidad (e incluso la salud) de mucha gente está referenciada al EURIOBOR?”.

Una vez re-aprendido el hábito de preguntar el por qué de las cosas, es difícil dejarlo, ya que es una gran ayuda en la vida cotidiana. Tarde o temprano se empiezan a hacer preguntas cada vez más inquietantes:

Cree a aquellos que buscan la verdad; duda de los que la han encontrado

Alquilar es tirar el dinero, dijo el banquero. “La vivienda nunca baja”, dijo el constructor. La gestión privada es más eficiente, dijo el empresario. España es una democracia, dijo el político. Informaremos verazmente de lo más importante, dijo el periodista. A la luz de esta artículo, los axiomas de la sociedad contemporánea toman un nuevo significado.

Mantener la libertad para decidir por uno mismo requiere un esfuerzo consciente para entender las razones que apoyan unas u otras opciones. Frente a quienes repiten como papagayos bien amaestrados las consignas de otros sin entender sus implicaciones, debemos preguntarnos qué intereses se esconden detrás de cada afirmación.

Desafiar desde la ignorancia lo evidente, la verdad aceptada, es una necesidad muy real en las sociedades modernas. Cuando la gente empieza a preguntarse el por qué de las cosas que les afectan, la realidad empieza a transformarse. ¿Por qué será?…