Lo prometido NUNCA es deuda

Todo parecido entre las promesas electorales de cualquier político y su acción en el gobierno o en la oposición es mera coincidencia. La constitución Española en su artículo 67.2 lo pone bien claro: “Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo“. Esto significa que nadie puede decirles lo que tienen que hacer o lo que tienen que votar. Se supone que actúan en conciencia, de forma “personal e indelegable“, como añade el art. 79 CE.

Así que, aunque puedes votar a la lista de un partido para que haya más integrantes de esa lista sentados en la cámaras legislativas del Estado o de las comunidades autónomas, que también tienen artículos similares en sus estatutos de autonomía, en ningún caso eso supuestos “representantes” tienen que cumplir con lo que hayan prometido, ni tienen que tener en cuenta tus intereses o demandas concretas, o la de los habitantes de la circunscripción a la que se supone que representan.

Si solicitas una reunión con ellos y acceden, es porque quieren; si te escuchan mientras les planteas lo que les quieras trasmitir es por que les apetece; y si te prometen que lo mirarán o que harán algo al respecto es por ser educados o por quedar bien, pero sin ningún compromiso ni ninguna fecha concreta porque no existe mandato imperativo. Así que si lo que propones les parece interesante harán lo que les parezca cuando les venga bien, y si no, pues te fastidias… porque no tienen obligación alguna.

La única motivación que tienen los cargos de designación electoral para atender a las demandas de los votantes y cumplir sus compromisos electorales es el impacto negativo que NO hacerlo pudiera tener en las siguientes elecciones, pero como la mayoría de la gente vota por miedo a lo que puedan hacer los otros y cegada por la ideología y el odio que les ha inoculado sus políticos favoritos, pues no hay mucho riesgo de que alguien se cambie de bando, vote a otro partido parecido que tampoco tiene que cumplir sus promesas, o se abstengan para que ganen los otros.

El ejemplo más palmario lo tuvimos cuando el PSOE se abstuvo para que Rajoy fuera Presidente. ¿Podían haber formado gobierno? Sí, con los mismos apoyos con los que se aprobó la moción de censura. ¿El programa electoral mencionaba algo de dejar gobernar al PP antes que pactar con PODEMOS? NO. ¿Algún votante socialista quería que Rajoy fuera presidente o voto al PSOE pensando que su voto posibilitaría un gobierno del PP? NO. ¿Tenían obligación legal de haber intentado formar gobierno con PODEMOS o haber votado en contra en vez de abstenerse para evitarlo? NO. En las siguientes elecciones ¿les pasó factura permitir que Rajoy gobernara 2 años más?. NO… en las siguientes elecciones consiguieron dos millones de votos más y 48 diputados más.

Así que, si votáis a alguien que os promete construir un puente y, al llegar al poder, os construye un muro en su lugar… pues no os sorprendáis. El sistema político está diseñado así adrede. Y ningún político lo quiere cambiar, porque eso implicaría tener que dejar de hacer lo que quieran y empezar a trabajar para los españoles. Eso nunca lo van a permitir, y como las leyes que hay que cambiar sólo las pueden cambiar ellos, por ahí no hay salida.

Entonces, ¿qué hacemos? ¿Demandamos judicialmente por incumplimiento del programa electoral?. Eso ya se ha intentado, y ¿qué ha dicho el Tribunal Supremo? Pues que las “promesas electorales” y su cumplimiento escapan al control jurisdiccional, de manera que, del acierto o desacierto en la llevanza y ejecución de las mismas, no cabe derivar responsabilidad … en términos jurídicos. Corresponde al Gobierno “la posibilidad de posponer unos compromisos por otros o sustituirlos en la forma más conveniente” y a los ciudadanos “expresar su […] disconformidad con estas actuaciones y omisiones” […] mediante “su libertad de no votarlo si defrauda sus expectativas, entre otras por no cumplir sus promesas electorales“.

Al no estar “sujetos ni al Derecho civil, ni al Derecho administrativo“, ni al derecho penal -añado yo-, los actos consistentes en “promesas electorales” sólo son susceptibles de la sanción derivada del ejercicio del derecho a voto. “La posibilidad de control jurisdiccional de estos márgenes de libertad que exige la acción política, supondría una grave politización de la justicia y, especialmente, una invasión de un poder por otro que vulneraría el principio de separación de poderes“.

Pues más claro agua. En el régimen del 78 las promesas electorales NO hay que cumplirlas, y si la única forma de castigar al que incumple sus promesas es votar a otros que tampoco tienen que cumplirlas pues acabamos teniendo lo que tenemos. Ni colectivismo, ni libertad, sino partitocracia para todos.

Votar sin mandato imperativo de los electores y sin posibilidad de revocarlo en cualquier momento es extender cheques en blanco y tener fe en que no nos estafen. Justo todo lo contrario a la democracia, que se basa precisamente en la limitación del poder, en la total desconfianza de quienes lo ejercen, y en el sometimiento de los representantes a la voluntad de los representados.

Al parecer, ahora los partidos del Gobierno quieren poner peajes en todas las autopistas y autovias del país. ¿Eso iba en el programa electoral, o se les ha ocurrido sobre la marcha? No sé vosotros, pero como yo no soy de ir extendiendo cheques en blanco para que me mangoneen, como estoy harto de campañas electorales superfluas que no vinculan a nadie, y como no quiero ser cómplice de mi propia ruina ni de la de mi país, en vez de ir a votar cada cuatro años a ver si suena la flauta y pasarme la vida esperando a que aparezca alguien interesado en hacer las reformas necesarias, consiga los votos y cumpla sus promesas electorales pese a no estar legalmente obligado a ello; prefiero promover activamente los cambios necesarios para que los políticos tengan que trabajar para la ciudadanía, y cumplir sus promesas, o marcharse por donde han venido.

Estos políticos nefastos que tenemos no han caído del cielo, los vota la gente que se empeña en seguir extendiéndoles un cheque en blanco cada 4 años para que sigan arruinándonos la vida y el país de la forma que prefieran. Sólo tu puedes acabar con esta locura. En las próximas elecciones, no les extiendas otro cheque en blanco y súmate a la desobediencia civil pacífica. Abstente, y movilízate con la sociedad civil para poner al Estado al servicio de la sociedad, no de los partidos políticos. Rompe la rueda de mentiras en la que llevamos más de 40 años dando vueltas. No les sustentes con tu voto. Que callen las urnas hasta que la voluntad de la ciudadanía sea ley, y lo prometido por cualquier político que resulte elegido sea deuda.

No lo llames democracia

Identificar al Régimen del 78 con la democracia no es solo un error conceptual, sino que también desprestigia el mismo concepto de democracia por asociación con la inoperancia de la política actual, y liga el futuro de la democracia en España con el destino del Régimen del 78, que no es prometedor. Aunque sea imperfecta, parcial o deficiente, si nos referimos a España como una democracia cada vez más gente se planteará buscar una solución a sus problemas políticos en sistemas no democráticos, porque la democracia no funciona.

La Alemania nazi no era una Democracia. Y a nadie se le ocurriría describirla como una democracia imperfecta, o una democracia parcial, o una democracia deficiente, o llamarla cuasi-democracia, o decir que era una democracia con graves carencias, una democracia con problemillas para aceptar a las minorías étnicas y convivir pacíficamente con sus vecinos. La Alemania nazi era una dictadura totalitaria: porque la reconocemos como tal la llamamos así, y porque la llamamos así la reconocemos como tal.

Desgraciadamente esta distinción no siempre está tan clara. Existen sistemas políticos que sin ser democracias no llegan a ser dictaduras. Un ejemplo de este tipo de sistemas políticos fue la República de Wiemar. El régimen político que posibilitó el ascenso del Nazismo era una partitocracia u oligarquía de partidos, como la que tenemos hoy en España, pero, qué curioso, a ninguna de las dos se la denomina así.

A ambas se las identifica como democracias parlamentarias a pesar de que no tienen separación de poderes, ni representación de los electores, ni mandato imperativo, ni el parlamento tiene un papel preponderante… que son algunas de las características que debería reunir una democracia que se define como parlamentaria.

Lo que sí había en la República de Wiemar, y hay en España, es un sistema electoral proporcional en el que se votaban listas de candidatos confeccionadas por los líderes de los partidos. Candidatos que le debían su puesto al partido y, en consecuencia, hacían lo que les dijeran desde partido… que básicamente es una organización jerárquica en la que manda el jefe, y a los revoltosos se les echa.

En un sistema como éste, en el que la ciudadanía carece tanto de mecanismos para ejercer el poder político de forma directa como de representantes sujetos a su mandato imperativo, los partidos políticos acaban convirtiéndose en los protagonistas de la vida política, y su principal preocupación pasa a ser consolidar y aumentar su cuota de poder para usarla en beneficio propio.

Como esta forma de ejercer el poder no es muy democrática, es normal que estos políticos dediquen muchos esfuerzos a enfrentar a la población entre sí, dividiéndola ideológicamente en facciones rivales para distraerlos de la naturaleza anti-democrática del Estado en el que viven; y otros muchos más en repetir hasta la saciedad lo buena que es la Democracia “que nos hemos dado” y que “tanto esfuerzo ha costado lograr”, por muchos problemas, deficiencias o imperfecciones que presente.

Por los paralelismos con España, el final de la República de Weimar debería alertarnos de los peligros de seguir esta inercia de llamar democracia a algo que no lo es. Cuando la República de Wiemar, al igual que pasa hoy en España y en otros muchos sitios, se enfrentó a una grave crisis que los políticos ni vieron venir, ni supieron o pudieron resolver, la población vio como esos políticos a los que se les llena la boca de democracia no hacían nada para intentar aliviar su sufrimiento, en buena medida porque no podían… el sistema político no estaba preparado para eso.

La coalición de gobierno intentó aprobar medidas legislativas impopulares para atajar los efectos de crack del 29 sobre la economía alemana, principalmente una devaluación de salarios y restricción del crédito. Pero no había una mayoría suficiente en la cámara legislativa y los partidos de la oposición estaban más preocupados en ganar las siguientes elecciones que en apoyar una medidas impopulares que reforzarían al gobierno si funcionaban, y que si no funcionaban les hundirían con él.

Así que como el parlamento no aprobaba estas medidas tan urgentes y necesarias, el gobierno las impuso mediante un decreto de emergencia, que sería el equivalente a nuestros reales decretos-ley. Al tratarse de una medida legislativa adoptada unilateralmente por el ejecutivo tenía que ser convalidada por el parlamento en un plazo de tiempo. Y no lo fue, porque el gobierno no tenía mayoría parlamentaria. Así que se adelantaron las elecciones dos años.

¿Y a qué no sabéis lo que pasó? Pues que las elecciones no resolvieron nada. Seguía sin haber una mayoría suficiente para gobernar, aunque se formó gobierno. Los únicos partidos que mejoraron sus resultados fueron los más extremos ideológicamente: los nazis y los comunistas. Este gobierno duró dos años. En 1932 decidieron volver a adelantar las elecciones, a ver si alguien conseguía una mayoría suficiente para poder gobernar. Como no fue el caso, se volvieron a repetir las elecciones ese mismo año, y dos veces más en 1933, hasta que al final el partido nazi consiguió una mayoría suficiente para ilegalizaron el resto de partidos y se acabó la “democracia”. ¿Os suena todo esto de algo?

Y estaréis pensando, ¿qué tiene que ver toda esta película con llamarlo democracia? Pues veréis, puedo imaginarme a un alemán de 1930 -o a un español de 2023- que está sufriendo los efectos de una grave crisis económica que ha dejado en paro a un 30% de la población mirando hacia sus políticos en busca de soluciones a sus problemas graves y acuciantes, y ver como éstos no hacen más que insultarse entre ellos, hacer propaganda a golpe de eslogan fácil, proponer medidas ornamentales, presentar mociones de censura sin futuro y convocar elecciones para ver si desatascan la situación.

¿Qué va a pensar esa persona del sistema político que está padeciendo? Pues que no funciona, lógicamente. ¿Y cómo dices que se llama? ¡Ah!, democracia. Bueno, pues si esto que tenemos hoy es una democracia, una democracia plena (como se encargan de recordarnos los políticos constantemente), y resulta que en esta supuesta democracia plena el Estado cumple las leyes cuando le interesa; los derechos fundamentales se suprimen a conveniencia; a los políticos les preocupan más su cuota de poder que resolver nuestros problemas: y a quien se queje le meten en la cárcel o le ponen una multa de hasta 600.000€… Bueno, pues si esto es la democracia, alguien podría llegar a pensar, entonces o ahora, que la democracia no funciona. Y como no funciona, pues habrá que plantearse buscar otras alternativas.

Y esas otras alternativas no van a ser democráticas, obviamente, porque la “democracia” ya se ha probado, y ya ha fracasado. Así ganaron popularidad las propuestas autocráticas en el periodo entre guerras, ofreciendo un sistema alternativo que prometía orden, estabilidad y un gobierno efectivo para resolver los problemas de la gente que las “democracias” en descomposición no eran capaces de lograr. A muy poca gente se le ocurrió plantear “una democracia mejor”. Ya habían tenido suficiente democracia como para saber que no quería más.

Pero ese rechazo de la población no era en realidad a la democracia, que ni existía entonces en Alemania ni existe hoy España, sino a la partitocracia u oligarquía de partidos realmente existente. Al haberse identificado democracia con partitocracia por interés político, por inercia o por décadas de condicionamiento social, el fracaso de la partitocracia destruyó toda posibilidad de implantar un sistema democrático en Alemania, dejando una única opción sobre la mesa.

Por eso, para que la democracia sea a una alternativa a considerar el día en que el Régimen del 78 termine de fracasar es necesario que dejemos de llamar democracia a lo que no lo es: ni imperfecta, ni parcial, ni deficiente. Identificar al Régimen del 78 con la democracia no es sólo un error conceptual, sino que también desprestigia el mismo concepto de democracia por asociación con la inoperancia de la política actual, y además liga el futuro de la democracia en España con el destino del Régimen del 78, que no es prometedor.

Si la gente piensa que la democracia no funciona, buscarán alternativas no democráticas. Así que si crees en la democracia, si te gusta la democracia, si quieres vivir en una democracia, no lo llames democracia hasta que no lo sea, porque si lo haces, el fracaso del sistema político actual cerrará las puertas a la democracia y nos mandará irremediablemente en la dirección contraria. Sé que es difícil, pero no contribuyas al desprestigio de la democracia refiriéndote a España como si fuera un país democrático.

Al final, tendrás que luchar

La historia de la humanidad es la historia de unos pocos tratando de vivir de lujo a costa de los demás: chamanes, faraones, sacerdotes, patricios, clérigos, señores feudales, nobles, reyes, terratenientes, dictadores, tecnócratas, políticos, rentistas, empresarios, oligarcas… Sus historias son las que se cuentan, sus figuras las que se idolatran y sus conflictos los que padecemos el común de los mortales.

Los demás sólo somos el rebaño que esquilar, ordeñar y, eventualmente, sacrificar para mantener su modo de vida privilegiado. Nuestro papel en la sociedad se limita a producir los excedentes que consumen y acumulan, a renunciar a cualquier acción que perturbe el funcionamiento de los medios de apropiación de dichos excedentes, y a perpetuar el sistema engendrando a la siguiente generación de pringados.

Desde muy pequeños nos adoctrinan en las máximas de que la ley es justa y el mercado eficiente; en que nuestra organización social recompensa a cada uno en función de su esfuerzo, mérito y contribución al bienestar colectivo; en que vivimos en una democracia donde nuestro voto cuenta y nuestra voz se escucha y, sobre todo, en que la violencia siempre es mala, y que hay que renunciar a ella hasta cuando estamos siendo atacados.

Los beneficiarios de este sistema utilizan las escuelas y los medios de comunicación para enseñarnos a legitimar “el orden establecido”, que les sitúa a ellos en la cúspide de las estructuras de poder y dominación, y también a mantener la “paz social”, que hace posible su modo de vida privilegiado. Alcanzado este punto, sólo resta por superar un pequeño obstáculo para alcanzar la utopía: que quienes controlan el poder sean capaces de reprimir su propia codicia a niveles socialmente aceptables. Esto difícilmente puede lograrse por un periodo prolongado de tiempo.

¿Por qué? Pues porque como señala Montesquieu en “Del espíritu de las leyes“, el poder tiende de forma natural a expandirse si otro poder no le detiene. La idea que subyace a su pensamiento político se resume en la máxima de que para que no se pueda abusar del poder, es preciso que otro poder frene a ese primer poder. Y ese otro poder tienes que ser tú, nosotros, el rebaño. Pero como nuestro sistema social se ha construido sobre la base de incapacitar a la inmensa mayoría de la población para utilizar el poco poder del que se pueda dotar para frenar estos abusos, en la práctica no existe freno.

¿Que la vivienda está muy cara? No seas finolis y alquílate un trastero o un balcón. ¿Qué no hay trabajo? Hazte “emprendedor” como los Riders, o mejor, emigra y deja de dar por saco. ¿Qué te cobran el doble que hace 12 años por la electricidad? Es el mercado, amigo. ¿Cuantos productos que consumes han mejorado su relación calidad-precio “porque sí”? ¿a cuánta gente conoces que le hayan subido el sueldo “porque sí”?. ¿Te acuerdas cuando ser mileurista era una mierda y no una aspiración vital?… pues si te parece que estamos mal ahora, espérate a la siguiente vuelta de tuerca que está por llegar.

Porque siempre se puede estar peor y siempre se puede caer más bajo, sobre todo cuando alguien se va a beneficiar de ello y la filosofía vital de la mayoría de quienes van a sufrir las consecuencias es el “paso de follones”, “eso es muy difícil”, “no sirve para nada”, o el “mejor no te metas en política”. Cuando se deja campar a sus anchas a los poderes políticos, económicos y culturales la factura siempre nos acaba llegando en forma de recortes de derechos y libertades, deterioro de nuestra calidad de vida, peores servicios públicos y subidas de impuestos.

Hace poco salía una noticia de que las impresoras multifunción de una conocida marca no te permiten usar el escáner si te quedas sin tinta en alguno de los cartuchos. ¿No era suficiente vender la tinta a precio de sangre de unicornio e impedirte recargar los cartuchos por tu cuenta? Pues se ve que no. ¿Cómo es que se atreven a hacer semejante cosa, impensable hace unos años? Pues porque la gente sigue tragando con todo lo que les echan.

Igual que tragan con que les encierren ilegalmente porque hay una pandemia, con que les hayan cobrado durante décadas intereses e impuestos inconstitucionales y no les devuelvan el dinero, con que les impongan más y más impuestos porque no hay pan para tanto chorizo, con que los políticos incumplan sistemáticamente sus promesas electorales, con que ni siquiera se investiguen las responsabilidades de quienes abandonaron a su suerte a los ancianos que murieron en las residencias durante la primera ola.

Cuanto más tragues, más te darán a tragar… sobre todo si lo peor que les puede pasar es que te quejes mucho en redes sociales. E insisto, que aunque estemos mal, siempre podemos estar peor. Y lo estaremos si la sociedad no se planta y dice basta.

Mientras que quienes tenemos que actuar no actuemos, los beneficiarios de esta forma de organización social seguirán utilizando su poder para consolidar y expandir su privilegios. Aunque se oculte presentándolo como un conflicto ideológico y buscando chivos expiatorios, la realidad es que se trata de un problema sistémico, de desequilibrio de poder entre la sociedad y las élites políticas, culturales y económicas.

Una picadora de carne pica carne y nada más. Da igual que la picadora esté pintada con los colores de tu causa favorita, que quien la maneje prefiera picar otro tipo de carne o que le dedique la mejor de su sonrisas y le diga cosas bonitas a la carne mientras le da a la manivela. Al final, el resultado es el mismo.

Y aunque esta vez quizás no haya tocado a ti, mientras estés en el mostrador y la picadora funcionando corres el peligro de que al siguiente carnicero le parezcas una buena pieza. Sobre todo cuando la demanda de carne picada es infinita, porque igual que siempre se puede estar un poco peor, también siempre se puede vivir un poco mejor a costa de los demás, siempre se puede colocar a alguien más en tu red clientelar si lo van a pagar otros, y siempre se puede tener un poco más de poder si nadie trata de impedirlo.

Mientras no haya frenos y contrapesos al poder, cada vez se producirán más y más abusos en todas las esferas de la vida. Es tan inevitable, que casi podría decirse que es una ley universal del poder. Por eso es fundamental que existan no sólo mecanismos internos de auto-control, como los que propone la teoría clásica de la separación de los poderes del Estado, sino también externos, principalmente una ciudadanía crítica y beligerante con el Estado y las instituciones sociales en defensa de sus intereses.

Pero en España y en otros muchos países no tenemos ni lo uno ni lo otro, así que los agravios se siguen produciendo y la tensión acumulando hasta que la situación explote. Porque tan cierto como que el poder tiende a expandirse mientras no encuentre freno es que tus tragaderas tienen un limite, y lo acabarás alcanzado tarde o temprano si se sigue permitiendo que los poderes políticos, económicos y culturales campen a sus anchas. Es decir, si sigues dejándoles actuar sin hacer nada para contrarrestarlos.

Y cuando llegue ese día te vas a dar cuenta de dos cosas. La primera, que es mucho más difícil revertir las situaciones que se han tolerado durante años que prevenirlas antes de que se produzcan. Y la segunda, que ese día te encontrarás mucho más sólo y en una posición mucho más desesperada de la que estás ahora.

Cuando una relación de poder se altera, a la parte fortalecida le resulta más fácil emplear ese nuevo poder en su beneficio, y a la parte debilitada más difícil resistirse a futuros intentos de debilitarla aún más. Si esta dinámica se repite en una única dirección, el resultado es una espiral de crecientes abusos que nos conducen de forma irremediable a estallidos revolucionarios que reequilibren la situación e inicien un nuevo ciclo, o hacia una forma de gobierno totalitaria capaz de mantener a raya a la cada vez mayor masa de gente sin nada que perder.

Para no llegar a esa situación resulta fundamental que vivamos en pie de guerra permanente. No basta con manifestarse una vez al año o apuntarse a una asociación civil para figurar. Hay que coordinarse para hacer a diario acciones que socaven el sistema que nos perjudica, pequeñas o grandes; crear las circunstancias que cortocircuiten los medios de apropiación y dominación, plantear e implementar alternativas mejores a lo que hay y, sobre todo, responder siempre y en todo lugar a quienes atacan con su discurso la libertad de todos.

Van a por ti y a por cualquier cosa de valor que puedas tener. Llevan haciéndolo milenios. Por eso, es necesario que encontremos el tiempo, las fuerzas y los aliados para contrarrestar a estos poderes que quieren vivir a nuestra costa. Porque mientras haya quienes pretendan vivir a tu costa, quieras o no, te guste o no, al final tendrás que luchar por tu supervivencia y por tu libertad; por controlar al Estado y contra quines tienen intereses opuestos a ti. Lo único que puedes elegir es cuándo y en qué condiciones lo harás. Cuanto más tardes, más difícil va a ser. Así que la cuestión es ¿cuánto estás dispuesto a tragar antes de hacer algo al respecto?. No delegues en otros la salvaguarda de tu libertad o la acabarás perdiendo.

El “régimen del 78” NO es la democracia

El “régimen de 78” NO es la democracia. Aunque mucha gente se resiste a admitirlo refugiándose en eufemismos como que tenemos una democracia de baja calidad, con muchos defectos o imperfecta, en la primera hoja de su edición original se aprecia claramente que la denominada Constitución de 1978 no es fruto de la libre voluntad de la nación española sino la última de las leyes fundamentales del reino, que recibe su legitimidad política del golpe de Estado del 18 de julio de 1936.

Fue elaborada por unas Cortes Españolas creadas ese mismo año por la Ley 1/1977 para la Reforma política. En sus escasas dos hojas no sólo configura el Congreso y el Senado en su forma actual, sino que establece las bases del que fuera el sistema electoral en España hasta la fecha y faculta al Gobierno presidido por el ex-secretario General del Movimiento Nacional, D. Adolfo Suarez, para regular las primeras elecciones (Disposición transitoria primera).

Parte muy importante de esa regulación fue la de decidir qué partidos se legalizaban para concurrir a las elecciones del 15 de junio de 1977. Por supuesto, ninguno antifranquista ni republicano; el primer partido que incluía una alusión a la república en su denominación fue Esquerra Republicana de Catalunya, legalizado un mes y medio después de las elecciones (2/Ago/1977). Cierto es que se pudieron presentar los partidos de la “izquierda” pactista, repletos de socialistas monárquicos y comunistas juan-carlistas, que habían pasado por la ventanilla de Arias Navarro traicionando a quienes sufrieron y murieron por los ideales que supuestamente representaban.

En cualquier caso, tampoco es que importase, puesto que en 1966 ya se había decidido que España fuera una monarquía cuando el Caudillo muriera, como así lo votaron el 95% de los Españoles… casi tantos como ratificaron el referéndum de la Ley para la Reforma Política (94,45%). Era una época de “extraordinaria placidez” en la que la gente votaba con conocimiento de causa, y en la que decidimos en las urnas que queríamos para España una monarquía absoluta, como la de Fernando VII, puesto que el monarca ejercería el mismo poder que Franco, pero sin su carisma. 😏

Un dato reseñable es que ni la Ley para de Reforma Política ni el decreto de convocatoria de las primeras elecciones se menciona nada de una nueva Constitución o de la apertura de un proceso constituyente. Se trataba de unas elecciones a Cortes franquistas, como las que se venían celebrando cada cuatro años para elegir a los Procuradores electivos en Cortes (el “tercio familiar“), sólo que ahora, se repartían en dos cámaras y eran mayoritariamente electivos (¡ojo!, 41 senadores “constituyentes” lo fueron por designación real [art. 2.3 Ley 1/1977]). La Ley Constitutiva de las Cortes de 17 de julio de 1942 seguía en vigor.

De hecho, tan poco importante era el asunto constitucional que ni se trató en la campaña electoral, porque no era lo que se votaba. No obstante, 10 meses después de las elecciones se constituyó la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas (15 de mayo de 1978), en donde se elaboró un anteproyecto de consenso en el increíble tiempo de 47 días, que pasó el trámite parlamentario en el extraordinario plazo de 133 días, se sometió a referéndum en un tiempo récord de 36 días y entró en vigor el 29 de diciembre de 1978, es decir, tan sólo 23 días después de su ratificación. Por supuesto, el debate fue exhaustivo y con gran participación de la sociedad civil, donde se escucharon todas las propuestas y alternativas. 😒

La Constitución española tiene 17.816 palabras, se elaboró en 180 días, entró en vigor 59 días después. Una rapidez inaudita si pensamos que los estadounidenses tardaron 16 meses en acordar un texto de 3.492 palabras que sería su primera Constitución, y 3 años y medio en ratificarlo. A los pocos años, viendo que presentaba serias deficiencias, hicieron una revisión del texto, que tardaron 116 días en aprobar y más de dos años en ratificar, situando el total en 4.379 palabras, que siguen en vigor 227 años después. Claro que en el caso de EE.UU, sí que se estaba transformando realmente el sistema político; de una monarquía absoluta a un gobierno representativo.

¿Cómo fue posible tal celeridad? Lo fue por dos motivos: primero, porque la Constitución española se empezó a elaborar en secreto el 22 de agosto de 1977 por un grupo de siete parlamentarios (los denominados “padres” de la Constitución). Repito, EN SECRETO. No hay nada menos democrático que una Constitución hecha en secreto, sin debate público, por unos políticos que no han recibido el mandato constituyente. El 22 de noviembre de 1977, periodistas de la revista ‘Cuadernos para el diálogo’ filtraban a la opinión pública los 39 primeros artículos del borrador, para sorpresa de todos.

Y, segundo, porque estos padres de la Constitución contaban con una base bien trabajada. El antiguo ministro de Franco, Fraga, había elaborado un proyecto de Constitución para Arias Navarro en enero de 1975, que preveía unas Cortes bicamerales elegidas por sufragio universal directo, autonomía administrativa y cultural para las regiones, y la aplicación práctica de los derechos del hombre definidos por la ONU. ¿Nos suena de algo? También se reciclaron algunos preceptos de las Leyes Fundamentales del Reino (art. 37 LO del Estado » Art. 8.1 de la CE78), por lo que sólo había que ultimar algunos pequeños detalles.

Al igual que otras leyes fundamentales anteriores, el texto final fue aprobado en referéndum… pero el porcentaje a favor bajó al 87,78 % de votantes aun cuando la elección era entre seguir con la monarquía absoluta franquista o el remozado régimen del 78. Las nuevas generaciones de españoles empezaban a perder la claridad de ideas con la que antaño votaron sus padres. O quizás se empezaban a frustrar muchas expectativas y a entender que todo aquello había sido una farsa. ¡Libertad, libertad, sin ira libertad! […] pero aquí no se cambia na”.

Así fue como, tras unas elecciones regidas por las leyes electorales franquistas en las que ni se trató el tema, unas Cortes -también franquistas- con representantes de los partidos políticos aprobados por el Gobierno y 41 senadores designados por el Rey crearon, en tiempo récord y con la mínima publicidad posible, la “democracia que nos hemos dado”. Una nueva democracia sospechosamente parecida a lo que ya había antes, puesto que conservaba los principales órganos del Estado preexistentes; sancionada por un Rey absoluto, que seguiría siendo tan inviolable como hasta entonces; y ratificada por los Españoles que no tuvieron que exiliarse, tras 42 años de adoctrinamiento nacional católico; gracias a la que disfrutamos de unos “derechos que nos costó mucho conseguir”™.

De la legalidad franquista a la legalidad post-franquista

De acuerdo, quizás las circunstancias históricas hicieron que el procedimiento no fuera impecable, pero no juzguemos la comida por la presentación. Los platos más deliciosos pueden salir de la cocina más humilde. ¿Qué contiene la Constitución del Régimen del 78 (en adelante CE78) que sólo gusta a los paladares más envejecidos?

No existe separación de poderes

Ya lo resumió a la perfección Alfonso Guerra en dos sencillas frases: “Montesquieu ha muerto” y “Quien se mueva no sale en la foto“. ¿Qué pretendía decir? Con la segunda, pues que quien moleste a la ejecutiva de su partido político o saque los pies del tiesto se queda sin poltrona a cargo del erario público.

Esto es así porque las listas electorales las hacen los jefes de cada partido, colocando en ellas a los más leales, los que dicen que sí a todo y son obedientes. Una vez elegidos, harán lo que se les mandé si quieren repetir. Puesto que no hay limitación de mandatos, basta con no equivocarse al apretar un botón o al aplaudir para asegurarse el sueldo y una sustanciosa jubilación.

Lo mismo ocurre con la mayoría de los altos cargos del Estado, ya que son elegidos por o a propuesta del Gobierno (los jefes del partido) o de sus acólitos (el Parlamento): los integrantes del Tribunal Constitucional (TC), del Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Consejo General del Poder Judicial (los “jefes” de los jueces), el Presidente del Tribunal Supremo (TS), el Fiscal General del Estado, el Tribunal de cuentas (vigilan las cuentas y la gestión económica de Estado), los puestos directivos en la Administración y de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, asesores, etc. Hay muchos sitios donde colocar estómagos agradecidos si el partido alcanza el poder.

Lo cual nos remite a la primera frase. Puesto que no es muy inteligente morder la mano que te da de comer, quienes ocupan altos cargos en los Órganos del Estado sufren un grave conflicto de intereses: si trataran de ejercer su labor de contrapeso al Poder su carrera profesional puede finalizar prematuramente. Por tanto, los controles institucionales al poder del Gobierno no operan. Al igual que el franquismo, no hay separación de poderes sino separación de funciones de un mismo poder. El partido que gane las elecciones ocupará todas las instituciones del Estado y podrá gobernar sin injerencias hasta las siguientes elecciones. Montesquieu yace en su tumba.

No existe la representación política

Además de obediencia ciega, otra consecuencia de la elección mediante listas de partido es que no existe representación de los gobernados. El voto sólo se pide para legitimar un régimen como democrático, como si con Franco no hubiera habido elecciones, pero los deseos de los ciudadanos no se incorporan al proceso político porque el mandato imperativo está prohibido (art. 67.2 CE78) y, en consecuencia, cualquier promesa electoral es constitucionalmente no vinculante.

No obstante, existe algo bastante parecido denominado disciplina de voto“, gracias a la cual el diputado votará lo que diga su partido si quiere evitar ser multado o expulsado, y optar a ser reelegido. Tal es la potencia de este mandato imperativo del partido que es capaz hasta de hacer que sus diputados se abstengan para que el supuesto archienemigo forme gobierno. También explica la ausencia generalizada de disidencia interna y hace que todas las leyes aprobadas desde 1979 sean inconstitucionales.

Así las cosas se puede afirmar que no existe representación política… de los ciudadanos. La soberanía nacional no reside en el pueblo, como dice el art. 1.2 CE78, ni en la ciudad… sino en las cúpulas de los partidos políticos, que la ejercen a través del sometimiento de sus diputados a una estructura y unos procedimientos internos que tienen poco de democráticos (contraviniendo también el art. 6 CE78). Por eso España no es una democracia, sino una partitocracia.

Aunque supuestamente son el “instrumento fundamental para la participación política”, ni sus militantes de base, ni sus simpatizantes, ni sus votantes tienen acceso o influencia sobre las cúpulas de estos partidos, que son las que pueden tomar las decisiones políticas, elegir a casi todos los candidatos y deponer a secretarios generales díscolos si la situación lo requiere.

Mediante su control del Estado se aseguran una buena financiación y que no les salga demasiada competencia, de modo que puedan monopolizar el proceso electoral y los ciudadanos no tenga alternativas frente a las políticas de Estado como la monarquía, la Globalización, la Unión Europea y el Euro, las privatizaciones, la desmantelación del Estado del Bienestar, los rescates a empresas privadas con fondos públicos, más precariedad, menos salario y más impuestos.

Si no te gusta el Gobierno dentro de 4 años podrás votar a otros para que sigan haciendo lo mismo, porque no tenemos ninguna influencia sobre lo que pasa. Igual por eso la gente vota con las entrañas, porque si el voto sólo sirve para cambiar caras sólo queda evitar que los otros gobiernen, porque son mucho peores. No importa que estés votando a ladrones, rompe-patrias o corruPPtos. No importa el programa electoral; algunas ya se presentan sin tenerlo y así no tener que incumplirlo. Lo único importante es que votes a quien sea para que la rueda siga girando, por eso todos los candidatos piden de forma unánime que la gente participe (aunque sea para votar a sus enemigos).

No existe imperio de la ley

También se incumplen la Constitución y las leyes, porque no están para ser cumplidas. A la muerte del Dictador los europeos nos miraban raro y había que darle al tinglado un barniz democrático para que nos aceptaran en el mercado común, pero nada mas. Como no hay separación de poderes y rige el principio de jerarquía, no queda nadie para controlar que se respeten los procedimientos legales y el ejercicio del poder se rige por la costumbre anterior. Si lo ordena el superior o se ha publicado en el BOE se obedece automáticamente: a los empleados del Estado no les pagan para que tengan criterio propio sobre la legalidad o la constitucionalidad de lo que hacen.

Así encontramos gobiernos que declaran estados de alarma ilegales para encubrir sus errores de gestión del espacio aéreo; que no se someten al control parlamentario estando “en funciones” porque se ve que los arts. 108 y siguientes CE están de adorno; Comunidades Autónomas que establecen precios públicos por encima del máximo legal y prescindiendo de la memoria económica obligatoria, partidos políticos que se financian con dinero negro, terrorismo de Estado… y pocos jueces dispuestos a mover un dedo si no es para acelerar el trámite cuando estos asuntos llegan a juicio. Por contra, cuando se trata de las 166 órdenes de desahucio que se ejecutan cada día, ni a los jueces que las ordenan ni a los policías que las realizan parece importarles que haya ya 8 sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenando a España porque la normativa hipotecaria vulnera el derecho comunitario y la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE78).

Como antes de que se aprobara la Constitución, la discrecionalidad a la hora de aplicar el derecho resulta alarmantemente alta. Al mero mortal se le aplica la legislación vigente con saña si es para castigarle, y con moderada mesura cuando hay que resarcirle. Pero si eres “alguien” las leyes se te aplican de manera distinta. Por eso en vez de mandar a los inspectores, la Agencia Tributaria “invitó” a los integrantes del clan Botín a regularizar voluntariamente su situación fiscal para no incurrir en penas de cárcel. Por eso el juez aplicó todos los atenuantes posibles a un famoso futbolista para dejar las 3 condenas por delitos castigados con entre 2 y 6 años de prisión cada uno en 7 meses, porque si fueran 8 tendría que entrar en prisión (sentencia). Estos casos son la guinda del pastel, ya que “sólo” se está produciendo un trato de favor prohibido por el art. 14 de la Constitución Española, cuyo cumplimiento parecer ser opcional.

No existe seguridad jurídica

Para que todo este despropósito sea posible es necesario que las leyes están escritas en un lenguaje ambiguo que no entienda nadie, pero pueda significar lo que sea necesario según la ocasión. Como cualquier estudiante o practicante del derecho puede corroborar, abundan los debates en los que los juristas no se ponen de acuerdo sobre el significado de un precepto legal, dividiéndose la opinión entre la doctrina mayoritaria (hagamos que esto funcione si chirriar demasiado) y la minoritaria (apliquemos la lógica y el texto literal de la ley hasta su últimas consecuencias, y que espabilen los legisladores). Sí el desconocimiento no exime de su cumplimiento, cabría esperar que las leyes fueran -además de públicas- comprensibles, para que podamos saber cómo acatarlas.

Un ejemplo de esto lo tenemos al intentar determinar cuándo nace la obligación de cotizar en el régimen de trabajadores autónomos, ya que la propia ley -que no se ha cambiado desde 1970- establece unos criterios tan vagos y genéricos que nadie sabe lo que significan (art. 2 Decreto 2530/1970). El Tribunal Supremo ha emitido múltiples sentencias estableciendo un criterio objetivo para determinar cuándo se debe empezar a cotizar por la Seguridad Social, como es el facturar por importe superior al Salario Mínimo Interprofesional, que la Seguridad Social reconoce oficialmente pese a que sus funcionarios siguen sancionando sin más prueba que estar de alta en Hacienda para facturar. Si no estás de acuerdo con la sanción, pues dedica tu tiempo y dinero a reclamar, que los funcionarios cobramos igual y no nos va a pasar nada si es que nos hemos “equivocado”.

En el siguiente escalón encontramos los casos en los que la ley esta clara, pero significa otra cosa para los tribunales. Por ejemplo, cuando el Tribunal Supremo sentencia que la responsabilidad civil no es mancomunada cuando interesa, por mucho que el art. 1.137 de Código Civil diga exactamente lo contrario. O que la declaración de nulidad de las clausulas suelo en hipotecas no obliga a devolver lo cobrado de más por mucho que diga el Código Civil (art. 1.303 y siguientes) o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En ambos casos se realiza una interpretación correctora, que no es sino un eufemismo para denominar a la usurpación de funciones legislativas para ignorar el texto de la ley… siempre por una buena causa.

Estas “interpretaciones creativas” se aplican hasta a la Constitución. Desde la desestimación de una demanda de paternidad decisiva para determinar quien debe ser el actual Jefe de Estado según una lectura interesada y expansiva de su art. 56.3 (referido sólo a los actos refrendados por miembros del Gobierno), hasta la vulneración del derecho de sufragio pasivo para la consecución de valores o bienes constitucionalmente protegido más importantes (de los que la Constitución ni habla); pasando por curiosidades como que se considere en vigor la ley 46/1977 de Amnistía (STS 101/2012, FD 3.3) pese a que las amnistías relativas a las violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, ratificado por España en 1976, incorporado a la Constitución a través del art. 10.2 y con efecto derogatorio por el apartado 3 de su disposición derogatoria.

Resumiendo, que en España las leyes son incomprensibles, indeterminadas, o directamente significan todo lo contrario de lo que ponen; por lo tanto, conocer de antemano las consecuencias jurídicas de tus actos resulta casi imposible; máxime cuando los funcionarios del estado tienden a interpretarlas como mejor les conviene según el caso.

No hubo desfascificación ni condena al franquismo

El dictador murió en la cama dejando todo atado y bien atado. A la mañana siguiente, los altos cargos franquistas se despertaron demócratas de toda la vida y comenzaron a edificar la España moderna y “democrática” en la que vivimos hoy. Se aprobó una ley de amnistía que dejaba impunes delitos de lesa humanidad: Los crímenes de guerra y dictadura más antiguos sin esclarecer desde que se aprobara la declaración Universal de Derechos Humanos, que sitúan a España como el país con más desaparecidos después de Camboya. El saldo provisional es de 114.000 desaparecidos. Ni los peores dictadores sudamericanos se han atrevido a tanto.

Lejos de hacer un escarmiento público de los crímenes del fascismo, como se hizo con la Alemania nazi, ni los responsables políticos ni el aparato de represión (ejercito, policía, jueces y fiscales) fueron purgados. Miles de criminales quedaron sueltos por las calles entre sus víctimas, sin muestras de arrepentimiento. El régimen se vistió de democracia, pero nunca abandonó su esencia fascista. Por eso, cuatro décadas después, todavía encontramos calles y plazas rindiendo homenaje a estos crímenes y criminales; personas que se niegan a cumplir la ley, si es de memoria histórica; y gobiernos que siguen ignorando las críticas de la ONU y obstruyendo la acción de la justicia.

Por eso, cuarenta años después de ser rebautizado como Audiencia Nacional, el Tribunal de Orden Público sigue combatiendo a quienes pretenden subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional; persiguiendo a abucheadores, twitteros (y II), raperos (y II). titiriteros y maleantes. En ocasiones, de forma tan desaforada que hasta la Unión Europea ha advertido de que intervendrá si no se respeta el principio de proporcionalidad en las penas. Mientras, los españoles como Dios manda pueden tuitear lo que quieran.

Por eso la policía ni va identificada ni se identifica cuando es requerida, saltándose la ley; y te amenazan si les grabas “trabajando”, aunque sea completamente legal. No se de qué se preocupan, si los jueces son benévolos a la hora de castigar sus “errores” y los gobiernos no dudan en indultar a los pocos que han sido condenados por delitos de torturas, permitiendo que continúen trabajando en las fuerzas de seguridad. Eso si no les condecoran.

Por eso, cuando los jueces penales se muestran escrupulosos en la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos, el Gobierno reforma la ley para que sean órganos administrativos los que impongan sanciones económicas peores que la cárcel prescindiendo de un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE78). Por eso carecemos de un recurso de apelación contra las sentencias por delitos superiores a cinco años o contra las dictadas por la Audiencia Nacional, lo cual ha provocado reiteradas condenas a España del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Todo escrupulosamente legal y democrático, porque a una sociedad que se amoldó al fascismo, que permitió la Transición, que confunde legalidad con legitimidad, moralidad o justicia estas cosas le importan poco. Por eso a muchos nos cuesta sentir orgullo de ser español, español, español. El régimen del 78 tiene un pasado y un presente demasiado oscuro como para sacar pecho, menos aún para hablar de democracia. A la España que quiere respeto, justicia y reconciliación nos repugna que se ensucie la bandera cada vez que quienes abogan por la impunidad y el sometimiento por la fuerza de los que no piensan como ellos se envuelven con ella para jalear a tipos armados que van a agredir a otros compatriotas, en vez detener a los cabecillas de la sedición y cerrar sus medios de comunicación.

Así que acabo el artículo como la empecé: quienes piensen que España es una democracia, por favor, les ruego que la definan y luego me expliquen cómo es posible que todas las cosas que he comentado a lo largo del artículo (y muchas más que he omitido) ocurra en una Democracia. ¿Por qué en España exista una fundación “Francisco Franco”, pero no una “Adolf Hitler” en Alemania. Y no me vengan con que nuestra democracia no es perfecta porque, efectivamente, ni es perfecta, ni es democracia.

Representatividad con Gobernabilidad

Al hacer depender la elección de dos de los poderes del estado de una única expresión de la voluntad popular, el diseño del parlamentarismo obliga a los ciudadanos a optar entre dos características igualmente necesarias de todo sistema político: la representatividad de su cámara de representantes, y la gobernabilidad de su gobierno. La elección, que se plantea como ineludible, es sobre la que versan innumerables discusiones sobre las fórmulas electorales que deben permitir la conversión de votos en escaños. Aunque son muchas las soluciones propuestas, algunas capaces incluso de conciliar ambos aspectos, lo cierto es que el error es de planteamiento.

La naturaleza del ejecutivo y del legislativo es muy distinta, por lo que no parece práctico elegirlos en una misma votación, ni se justifica desde la doctrina de separación de poderes. Al primero se le exige dirigir la política de la nación, mientras que al segundo se le encomienda la elaboración de las normas centrales del ordenamiento jurídico, el control político del Gobierno y la aprobación del régimen de ingresos y gastos del Estado.

Mientras que para el primero es necesaria una figura digna de la confianza de la ciudadanía, que cuente con un programa político que desarrollar y ejerza un liderazgo fuerte, capaz de dar soluciones satisfactorias a los imprevistos que se presenten; para el segundo, lo que se necesitan son portavoces de la pluralidad de puntos de vistas existentes en la sociedad, capaces de mantener en jaque al Gobierno y de auditar -y mejorar- el funcionamiento del Estado.

A este segundo conjunto también le corresponde el introducir en la agenda política los asuntos más relevantes para los grupos a los que representan, y plantear alternativas respecto a las iniciativas de otros. Son los encargados de ofrecer a la ciudadanía otras propuestas y otros modelos de gestión con los que comparar los que tenemos, e introducir -con ello- la competición en la política. De ahí la necesidad de cambiar las mayorías artificiales en el parlamento por la representatividad plural.

La competencia produce calidad, también en política

La competencia resulta fundamental para la democracia, porque es la que aumenta el nivel de autoexigencia de los políticos y la calidad de las ofertas que se formulan. Sin competencia ni alternativas no hay incentivos para mejorar ni para participar, solo mediocridad y desapego. Por eso, sacrificar la representatividad en aras de la Gobernabilidad es suicida, sobre todo habiéndose “superado” la Transición, momento en el que esta medida sí estuvo justificada.

Una vez consolidado el parlamentarismo en España, ya no es necesario mantener un sistema que altera la formación y manifestación de la voluntad popular al imponer altos costes y barreras de entrada a potenciales alternativas. Desgraciadamente, tanto el PSOE como el PP coinciden en la necesidad de perpetuar un sistema tan disfuncional para mantener el status quo, y proteger su duopolio del poder excluyendo a la competencia, y petrificando el sistema de partidos políticos.

Parece claro que el sistema de representación cada vez satisface menos las demandas de quienes lo sustentan, por lo que -de continuar ampliándose la brecha entre representantes y representados- acabará quebrando: siendo desmantelado por la fuerza, o desplegando la suya para reprimir y castigar a quienes lo amenazan, que cada día somos más. Que este pasado diciembre “la clase política y los partidos políticos” fueran percibidos como el tercer problema de los Españoles (p. 5), por encima de la inmigración o el terrorismo por enésimo mes consecutivo; o que 2/3 de los encuestados en noviembre estuvieran poco o nada satisfechos con el funcionamiento del Parlamento (p. 18) y el 60% opine que “en las Cortes se presta demasiada atención a problemas de poca importancia, en vez de discutir los problemas fundamentales del país” (p. 17) da una idea del desacoplamiento que se está produciendo entre las aspiraciones de los españoles y las prioridades de los políticos.

Como ciudadano, mi máxima prioridad política es obtener los mejores resultados posibles de mi voto y mis impuestos; algo que el sistema electoral español no me permite por su clara disfuncionalidad en términos de representatitividad, que -a su vez- genera también disfunciones en términos de competitividad. Por tanto, congratularse por “la estabilidad y la gobernabilidad” que proporciona nuestro sistema electoral es no comprender el precio que se paga para conseguirla, ni saber que puede obtenerse por otros medios.

Así es: representatividad y gobernabilidad son compatibles. Bastaría combinar la elección directa del Presidente del Gobierno con un sistema electoral plenamente proporcional para garantizar la estabilidad del sistema político, habida cuenta de que el Presidente sería investido por el voto de los ciudadanos y, en un Parlamento fragmentado, difícilmente podría prosperar una moción de censura constructiva. Sería necesario, no obstante, realizar algunos cambios para facilitar al Gobierno el proceso legislativo[¹], habida cuenta de que el aumento de la representatividad dificultaría la construcción de mayorías.

En un sistema como el propuesto, las mayorías artificiales basadas en el sistema electoral y la disciplina de partido darían paso a mayorías basadas en el consenso, sin producir por ello inestabilidad gubernamental. No obstante, el cambi probablemente generaría cierta parálisis legislativa hasta que los supervivientes del proceso de reconversión interiorizaran las nuevas condiciones en las que deberán realizar su trabajo: menos leyes, más consensuadas, más duraderas, y sólo las necesarias.

En efecto, la fragmentación permitirá -creo yo- contener la proliferación legislativa, y obligaría a realizar una política más constructiva y orientada a la ciudadanía. Nos ahorraríamos confusiones como las de Arsenio Fernández de Mesa al afirmar que “el PP representa a la mitad de los españoles“, cuando sólo le votaron un tercio de los que tenían derecho a voto (que son sólo casi dos millones más de los que se abstuvieron).

A estas medidas podrían sumarse otras como sustituir la propaganda electoral por el envío de un folleto en el que cada candidatura disponga del mismo espacio para comunicar su programa electoral, la posibilidad de presentar listas incompletas (a riesgo de que otras formaciones ocupen los escaños si faltaran candidatos), eliminación del umbral de porcentaje mínimo de votos para ser incluido en el recuento (especialmente en aquellas circunscripciones en las que un escaño representa, sobre el total, un porcentaje por debajo de la barrera electoral), el aumento del número de escaños del Congreso a 400, o la selección de los candidatos de cada lista (y su orden) directamente por los afiliados al partido en cada circunscripción.

Con estas, y otras propuestas, es posible construir un sistema político altamente competitivo y flexible, en beneficio del ciudadano. Sólo hace falta que, quienes pueden hacerlo, voten para alejar del poder a las viejas elites dirigentes y sustituirlas por personas sin intereses creados, dispuestas a llevarlas a cabo. Líderes más adecuados a los tiempos que corren, y conscientes tanto de que no deben morder la mano que les da de comer, ni criminalizar a la población por no compartir su anquilosada visión de la realidad, como de que la sociedad española no es ni roja ni azul: hay una amplia gama de colores, y su proporción varía según el tema.

_________________________________________
[¹] Por ejemplo, aumentando la vigencia temporal de los decretos leyes antes de su convalidación.

Justicia para España

Leo, alegrado, que las cuatro principales asociaciones de jueces se disponen a convocar un acto de protesta el próximo 18 de febrero y una huelga para el 26 de junio si el Gobierno no atiende a sus reivindicaciones:

  • Incorporación a los juzgados de las nuevas tecnologías;
  • Profesionalización de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia;
  • Revisión de la organización del poder judicial y adecuación de las plantillas de cada órgano a la carga de trabajo real;
  • Un sistema de sustituciones mediante jueces titulares para que la ausencia del juez no paralice la administración de justicia;
  • Cumplimiento de los acuerdos alcanzados en materia retributiva;
  • Regulación de una carga máxima de trabajo y otras medidas para una efectiva conciliación entre la vida laboral y familiar

En definitiva, una serie de medidas imprescindibles para tratar de acabar con la parálisis del poder judicial, uno de los más graves problemas de España desde tiempos pretéritos.

El año pasado se destapó, a raíz del caso Mariluz, que existían 270.000 sentencias penales sin ejecutar (y II), y más de un millón de otros tipos. El problema ya existía con Aznar, con González y en los tiempo de Franco; y que parece que no tiene visos de solucionarse, ya que hace unos días se anunció que los asuntos judiciales en trámite habían aumentado hasta los 2,7 millones.

Afortunadamente los jueces han acabado por darse cuenta de que, aunque no sean los responsables del mal funcionamiento de la administración de justicia, sí que son los más perjudicados por el mismo. No sólo por tener que trabajar a diario en condiciones inaceptables en cuanto a medios y carga de trabajo, sino también por tener que soportar el descontento ciudadano y el desprestigio asociado a la ineficacia de su trabajo, del que ellos son las primeras víctimas.

Especialmente significativa me parece la estrategia de reivindicación elegida para tratar de afrontar este gravísimo (y endémico) problema de estado. ¿Alguien imagina al parlamento convocando una huelga porque carece de los medios materiales y procedimentales para desarrollar sus sesiones? ¿o que el los funcionarios del BOE hicieran huelga para reclamar los medios necesarios para publicar y distribuir su publicación? ¡Claro que no!, cualquier problema en un poder del estado se resuelve sin necesidad de acciones reivindicativas porque para eso disponen del dinero de los contribuyentes y de libertad en la gestión… se promulgan leyes, reglamentos y se asignan dotaciones presupuestarias sin perder un segundo.

Entonces, ¿por qué los jueces optan por convocan una huelga en vez de por reunirse con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para poner en marcha una modernización a fondo de la justicia en España? Imagino que ya lo habrán intentado durante los últimos años, sin mucho éxito, y, tras darse cuenta de que carecen de la capacidad necesaria para mejorar la eficiencia de la administración de justicia, han optado por la huelga para pedir la ayuda a la sociedad civil, porque ellos están con las manos atadas.

Tanto la dotación presupuestaria que recibe el poder judicial, como la composición del órgano de dirección de los jueces (CGPJ) y la elaboración de las leyes y reglamentos que establecen los trámites para la administración de justicia son decisiones adoptadas por el parlamento (poder legislativo) y el gobierno (poder ejecutivo). Por tanto, el mal funcionamiento de la justicia es una decisión política y, además, responde a una política institucionalizada de la que han sido partícipes todos los gobiernos desde la Transición, todavía inacabada. La convocatoria de esta huelga certifica el fracaso del modelo de Poder Judicial establecido en la Constitución.

La reacción ante esta medida desesperada de protesta no se ha echo esperar: desde el mismo momento su anuncio, el oligopolio informativo han empezado a difundir por los principales medios acusaciones de corporativismo, de atacar al gobierno e, incluso, de planear un golpe de estado, con el doble objetivo de crear una mala imagen de los rebeldes y pasar de puntillas sobre el verdadero problema:

  • Si la condena al juez Tirado ha sido la gota que colma el vaso, bien podría haberse producido mucho antes
  • Como ya se explicado antes, las reivindicaciones no incluyen aumentos salariales que vayan más allá de lo ya pactado
  • Que este Gobierno sea el que más medios ha dado a Justicia no quita que estos sigan siendo insuficientes
  • Sobre el derecho o no de los jueces a la huelga, me parece un debate irrelevante mientras se garantice el funcionamiento de la administración de justicia a través de servicios mínimos. Por lo demás, para un ciudadano corriente, un día más de retraso no supone una gran diferencia.

Como es habitual, hay más interés en crear opinión que en abordar el problema desde todos los puntos de vista. Mucho se habla de los jueces sin abordar la verdadera cuestión de fondo: ¿A quién beneficia que la justicia en España funcione tarde, mal y a rastras? y ¿Por qué no se hace nada por resolverlo? Desde luego que los ciudadanos y los jueces nos alegraríamos mucho de que funcionara tan bien como la Agencia Tributaria, totalmente integrada en la era digital y que nos ofrece todo tipo de facilidades para pagar nuestros impuestos rápidamente.

Parece como si no interesara hablar de las consecuencias sociales que tiene el el mal funcionamiento de la justicia, que pone en peligro no sólo la separación de poderes sobre la que se sustenta la democracia, sino también el estado de derecho y la paz social por la percepción generalizada de impunidad, que fomenta conductas socialmente irresponsables y/o criminales. La justicia NO PUEDE SER UNA ASIGNATURA PENDIENTE para cualquier estado que aspire a ser democrático… no puede haber retrasos de años y cientos de sentencias sin ejecutar.

Pero en vez de hablar de esto las lineas editoriales prefieren hablar de la “traición de los jueces huelguistas”, sin pararse a pensar si son más traidores los jueces que organizan una huelga para mejorar la justicia o los gobiernos que, interesadamente en mi opinión, ha abandonado a su suerte a uno de los poderes del Estado para poder actuar con mayor libertad. Al fin y al cabo, si los jueces están atados de pies y manos, y los ciudadanos no podemos pedir explicaciones ni echar a los políticos que supuestamente elegimos ¿quien controla al poder ejecutivo y legislativo?

Me parece que el problema merece un plan de choque a la altura de las medidas anticrisis aplicadas a los bancos, incluyendo, además del presupuesto para mejorar los medios disponibles, reformas en la constitución que garanticen la total independencia del poder Judicial del resto de los poderes del Estado, de modo que responda, únicamente, ante sí mismo y ante los ciudadanos. Sólo de este modo se puede garantizar el Estado de Derecho y una verdadera democracia.

Hasta que esto pase, seguiremos siendo el país en el que se entrona a quien se salta las leyes y se ridiculiza a las víctimas; el país donde los partidos políticos se reparten a los jueces, el Gobierno promueve leyes a medida para que no se pueda juzgar a sus aliados, la corrupción campa por a anchas y donde la gente sigue votando a aquellos que crean y perpetúan los problemas que sufrimos.

Me pregunto como sería este país si la gente tuviera el valor de usar su voto para cambiar las cosas y resucitar, a golpe de urna, al poder judicial. Si lográsemos que en el plazo de 3 meses se tuviera sentencia judicial firme sobre cualquier asunto nos cambiaría el caracter, y dejaríamos de admirar a otros países para empezar a ser admirados.

Treinta años de Transición

En unos días celebraremos los treinta años desde la ratificación mediante referéndum de la Constitución Española de 1978. Grandes titulares anunciarán, y por todo el país se festejará, algo que nunca ocurrió: la llegada de la Democracia a España. Nos atiborraremos a ver especiales sobre aquellos tiempos convulsos, en los que la máxima prioridad de los españoles era dejar atrás la dictadura franquista… tiempos en los que los españoles tuvieron que sacrificar la democracia para recuperar sus libertades.

Efectivamente, los ciudadanos tenían demasiada prisa en recuperar derechos fundamentales que no tenían reconocidos y afianzar los avances producidos desde la muerte del dictador; así que poco importó que la Constitución presentase serias deficiencias democráticas: simplemente no sabíamos qué características debería tener un Estado democrático y las prioridades eran otras, así que los españoles aceptaron aquel conjunto de propuestas a las que hoy llamamos Constitución.

Sin embargo, en el mismo paquete en el que se nos devolvían derechos y libertades, también iban incluidas otras muchas cosas. Entre ellas, una separación quirúrgica entre los poderes del estado y los depositarios de la soberanía nacional, así como una insuficiente separación entre ejecutivo, legislativo y judicial. Características que convierten a España en una partitocracia, en donde las cúpulas de los partidos asumen la soberanía efectiva de la nación. Había que elegir, todo o nada, sin tiempo para pensar una solución mejor.

La Constitución española no es democrática

Según la Constitución Española, y el ordenamiento jurídico que la desarrolla:

  • No elegimos al jefe de Estado: es un cargo no electo, vitalicio y hereditario; y no sometido a las leyes, a diferencia del resto de los ciudadanos.
  • No elegimos al jefe de Gobierno: es un cargo elegido por los diputados en la sesión de investidura, y sometido a su control parlamentario (al menos, al de los grupos de la oposición, que son minoría).
  • No elegimos a los diputados que nos representan, ya que las listas electorales son cerradas, y las elaboran las cúpulas de los partidos según criterios que desconocemos.
  • Nuestros representantes están sometidos a la disciplina de voto, es decir, que deben lealtad a (los dirigentes de) sus partidos, no a sus electores, so pena de ser sancionados.
  • No elegimos a los responsables de la administración de justicia, ni de otros órganos con labores ejecutivas, como el banco de España o la policía. Además, todos estos organismos dependen económicamente de la partida presupuestaria que les asigne el gobierno en los presupuestos del Estado, lo cual limita los recursos de los que disponen para desempeñar sus funciones.
  • No disponemos de mecanismos efectivos para el ejercicio directo de nuestras soberanía sin la intermediación de los poderes del Estado. No podemos ejercer ningún control efectivo sobre la labor de los poderes del Estado, someter propuestas a referéndum ni modificar leyes sin el visto bueno del Parlamento.
  • No se nos consultan decisiones relevantes, como la adopción del Euro o el nuevo modelo de Unión Europea dibujado en el Tratado de Lisboa, Constitución de una Europa sin democracia.
  • No podemos modificar estas reglas: sólo los partidos políticos que sumen una mayoría parlamentaria suficiente puede modificar la Constitución y las leyes orgánicas.

¿Es esto lo que entendemos por Democracia? Sinceramente, espero que no, porque en este modelo los ciudadanos ("demos" ) no tenemos poder alguno ("cratos" ). Sin embargo, aunque nuestra Constitución diste de ser perfecta, es innegable que ha cumplido con su objetivo: darnos tiempo para formarnos como ciudadanos y aprender la Democracia… que nadie confunda crítica con desprecio.

Gracias a ella, nos encontramos más cualificados que en 1978 para evaluarla con criterio, disponemos del tiempo suficiente para plantear mejoras y, sobre todo, lo hacemos sin miedo a que esto produzca un golpe de estado y una nueva guerra civil… ¡motivos más que suficientes para festejar sus 30 años de vigencia!.

No obstante, después de treinta años de experiencia con la Constitución, creo que no conviene seguir posponiendo el debate sobre la calidad de esta "democracia", así como sobre las alternativas para mejorarla y ampliarla. Ya hemos alabado suficiente las virtudes de nuestra Constitución, y ocultado demasiado sus defectos, que son muchos y graves.

Lo que en su día supuso un avance, hoy vemos que también ha sido origen de muchos de los problemas que sufrimos los ciudadanos: la falta de representatividad del sistema electoral, la corrupción, el transfugismo, la parálisis del poder judicial, la desprotección de nuestros supuestos derechos de acceso a la vivienda o a trabajar, la falta de transparencia de las administraciones… nuestros problemas serían distintos, u otros quizás, si se hubiera escrito la Constitución de otra manera.

Segunda Transición hacia una verdadera Democracia

Quizás hace 30 años no fuera el momento de innovar políticamente. Dimos un único paso en la dirección correcta… y nos detuvimos. Sin duda la Constitución supuso un cambio radical para quienes pudieron votarla (mayores de 48), pero responde cada vez menos a las necesidades de los nuevos españoles crecidos en libertad (menores de 35). Hasta el propio Zapatero admite que "sería conveniente reformarla" y que "algún día se reformará, y eso lo verá nuestra generación", aunque él no se atreva a hacerlo.

En cualquier caso, resulta ingenuo pensar que acertamos a la primera, o que esta Constitución se hizo para durar más que sus antecesoras (el récord lo tiene la de 1876 con 55 años); especialmente si consideramos que su redacción estuvo condicionada por el miedo a una regresión totalitaria y que la transición fue controlada por el franquismo. Ambos aspectos acotaron hasta dónde se podía avanzar.

Hoy somos conscientes de que la soberanía es un bien muy preciado para regalarla en unas elecciones; y que hay que controlar activamente la labor de quienes la gestionan si queremos que la utilicen en beneficio de nuestros intereses comunes. Ya nos vamos aburriendo de indignarnos con jueces y políticos; de protestar públicamente contra sus decisiones; de organizar manifestaciones contra las injusticias que sufrimos; de recoger firmas que no sirven para nada… en definitiva, de mendigar aquello que nos pertenece por derecho: la soberanía de este país.

Empezamos a comprender que la política no nos es indiferente; y de que, guste o no, tendremos que incluir entre nuestras responsabilidades hacernos cargo de lo que compartimos con el resto de la sociedad, si es que queremos que seguir teniendo algo compartido. Tarde o temprano dejaremos de identificarnos irracionalmente con partidos que en realidad no defienden nuestros intereses, y de empezar a exigir resultados a quienes confiamos el voto. Sustituiremos las consignas partidistas, los estereotipos y los tópicos por un estudio de las propuestas políticas que impulsan nuestros representantes, que a veces no nos lo que nos tratan de vender.

Va siendo hora de empezar a llamar las cosas por su nombre. De asumir que la Constitución ya está amortizada y de buscar formas de seguir avanzando. Evidentemente, esto pasa por convencer a los partidos mayoritarios (únicos que pueden modificarla), para que la modifiquen, renunciando con ello al control del país; o por empezar a votar a otros partidos que se propongan desarrollar una Constitución verdaderamente democrática, al menos hasta que consigan la mayoría necesaria para ello. No podemos seguir posponiendo nuestra cita con la historia, por la cuenta que nos trae.

Querida Constitución, gracias por todo lo que has hecho por nosotros. Siempre tendrás un hueco en nuestros corazones, pero no podemos detenernos aquí para no herir tus sentimientos. La Democracia todavía está más allá del horizonte, y no podemos quedarnos contigo más tiempo. Gracias, una vez más, por resguardarnos mientras recuperábamos las fuerzas para seguir luchando por alcanzar nuestros sueños.

Tratado de la Unión Europea: Constitución de una Europa sin democracia

Una vez más, y van tres, los ciudadanos de un país de la Unión Europea han rechazado en las urnas el proyecto político de sus gobernantes. Un proyecto político realizado de espaldas a la ciudadanía, por el cual se pretende crear un supra-Estado Europeo con “personalidad jurídica propia” (Art. 47 del Tratado de la Unión Europea, en adelante, TUE), e independiente de los estados miembros, que “sustituirá y sucederá a la Comunidad Europea” y al que “los Estados miembros atribuyen competencias para alcanzar sus objetivos comunes” (Art. 1 TUE).

Escarmentados por los referéndum de la Constitución Europea en Francia y Holanda, que se iban a celebrar en 10 de los 27 miembros de la Unión, los gobiernos optaron, para este segundo intento, por ratificar el proyecto por vía parlamentaria. La elección resulta la más lógica teniendo en cuenta que el Tratado de la Unión Europea es esencialmente lo mismo que la rechazada “Constitución Europea, como reconocen los partidarios del texto. Además, dado que el texto debe ser aceptado por la totalidad de los países, la vía parlamentaria es la única que ofrece suficientes garantías para que el texto entre en vigor antes de las elecciones europeas de 2009, ya que estaría por ver que los partidos no ratificaran en el parlamento las propuestas de sus propios gobiernos.

Desgraciadamente para los gobiernos, que son quienes impulsan y están detrás de la Unión Europea, en el caso Irlandés no había una forma elegante de pasar por alto a los ciudadanos, ya que una sentencia del Tribunal Supremo irlandés exige incorporar los tratados europeos como enmiendas a su Constitución, que deben ser ratificadas por referéndum. A pesar de que el Tratado recibió el apoyo casi unánime de partidos políticos, patronales y sindicatos, los votantes Irlandeses decidieron NO ratificar el texto modificado de la Constitución Europea.

Con las papeletas todavía calientes, el gobierno irlandés declaraba estar “decepcionado” por la decisión tomada por la mayoría de los votantes (supongo que el sentimiento debe ser mutuo), mientras que los líderes de media Europa ya han avisado de que da igual lo que hayan decidido los irlandeses, el texto propuesto seguirá adelante y entrará en vigor cuanto antesasí funcionan las cosas en la Europa que se está construyendo.

Golpe de estado de los gobiernos europeos

Tal y como se ha planteado, el proceso de construcción europea supone una usurpación descarada de la soberanía de los pueblos de Europa en favor de una unidad política, la Unión Europea, que no responde a los requisitos mínimos que definen una Democracia, ni representa a sus ciudadanos. Por su contenido, supone un atentado contra la soberanía de los ciudadanos, y contra el mismo concepto de Democracia.

En primer lugar porque, enterrada en las “Declaraciones anejas al Acta Final de la Conferencia intergubernamental que ha adoptado el Tratado de Lisboa”, se incluye una Declaración (núm .17) que dice textualmente

“La Conferencia recuerda que, con arreglo a una jurisprudencia reiterada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los Tratados y el Derecho adoptado por la Unión sobre la base de los mismos priman sobre el Derecho de los Estados miembros, en las condiciones establecidas por la citada jurisprudencia”.

Libertad para Europa

Dicho de otra manera, la legislación Europea predomina sobre las Constituciones de los Estados miembros, de modo que el Tribunal Europeo de Justicia queda establecido como Tribunal Supremo de la Unión Europea, por encima de los tribunales nacionales, cuando se traten de asuntos cuyas competencias se hayan transferido a la Unión; que, por cierto, son bastantes. Se calcula que el 80% de las leyes que se adoptan en los parlamentos nacionales son adaptaciones de directivas europeas.

Así que quienes se consuelen pensando que medidas como las 65 horas semanales no les afectarán, que sepan que el Estatuto de los trabajadores y la propia Constitución tienen inferior rango que cualquier normativa europea, como se demostrará con el tiempo si no hacemos algo para evitarlo.

La importancia de este matiz es doble si tenemos en cuenta que si de algo carece la Unión Europea diseñada en el Tratado de Lisboa es de una adecuada separación de poderes, así como de mecanismos de participación y control democrático de la ciudadanía.

De las 7 instituciones que componen la Unión Europea (Art. 13, TUE), sólo una es elegida democráticamente por los ciudadanos… ¡precisamente la que menos competencias y poder tiene!. El Parlamento Europeo probablemente sea la cámara con menos capacidad legislativa de todas las que utilizan ese nombre. Según el Artículo 14 del TUE:

  1. El Parlamento Europeo ejercerá conjuntamente con el Consejo la función legislativa y la función presupuestaria. Ejercerá funciones de control político y consultivas, en las condiciones establecidas en los Tratados. Elegirá al Presidente de la Comisión.

Sin embargo, según el punto 2 del Artículo 17 del TUE dice:

2. Los actos legislativos de la Unión sólo podrán adoptarse a propuesta de la Comisión, excepto cuando los Tratados dispongan otra cosa. Los demás actos se adoptarán a propuesta de la Comisión cuando así lo establezcan los Tratados.

¿Y quién elige a los miembros de la Comisión Europea? Pues el Consejo Europeo (Art. 17. Puntos 4, 5 y 7), es decir, los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros (Art. 15.1)

Es decir, que a pesar de que no ha sido elegida por la ciudadanía, ni existir una conexión directa entre los ciudadanos y la Comisión, este es el único órgano de la Unión Europea con capacidad para proponer leyes. Las propuestas que hace son enviadas al Parlamento Europeo y al Consejo para su enmienda o ratificación, y una vez aprobadas obligan a los a todos los países miembros, por encima de sus propias leyes.

De este modo, los Gobiernos de los países miembros pueden implantar políticas impopulares, e incluso contrarias a sus programas electorales, amparándose en las escusa de que se ven obligados a adaptar las directivas que les llegan desde Europa, cuando son ellos mismos quienes eligen al presidente de la Comisión Europea a través del Consejo Europeo, a los miembros del Tribunal de Justicia (Art.19 TUE), y a los miembros del Consejo, compuesto por representantes de los países miembros con rango ministerial (Art. 17 TUE) y que, a su vez, eligen a los miembros del Tribunal de Cuentas (art. 286 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en adelante TFUE) y a los miembros del comité ejecutivo del Banco Central Europeo, que junto a los Gobernadores de los Bancos Centrales (adivina quien elige a los gobernadores) forman el Consejo de Gobierno del BCE (art. 10 y 11 del Protocolo nº4 TUE). Tampoco son elegidos directamente por los ciudadanos de Europa las figuras de Presidente y Ministro de exteriores de la UE.

Como se puede observar, toda la legitimidad de las instituciones europeas (menos el Parlamento Europeo, elegido mediante elecciones con listas cerradas, al menos en España) proviene de los gobiernos de los países miembros, no de los ciudadanos de Europa. Hay demasiados intermediarios entre los titulares de la soberanía europea y quienes la gestionan: los poderes legislativo, ejecutivo y judicial dependen de los gobiernos, no de los ciudadanos, y faltan mecanismos democrático de control del poder, ya que salvo los europarlamentarios, nadie tiene que rendir cuentas a los electores por lo que pasa en Europa.

Por si la falta de legitimidad y la deficiente separación de poderes no fuera suficiente, el Artículo 48 del TUE establece que, una vez aprobados, los tratados de constitución de la Unión Europea podrán ser revisados a iniciativa del Consejo Europeo, y las modificaciones propuestas ser adoptadas si no hay oposición en los parlamentos nacionales. Es decir, que la Unión Europea puede rediseñarse cuando y cómo lo deseen los jefes de Estado y Gobierno sin consultar a nadie. ¿Es esta la Europa que queremos?

Sin referendum no hay legitimidad, ni democracia


Los miembros del Grupo independiente/democrático opinan

Las disposiciones que contiene el Tratado de la Unión Europea alteran sustancialmente la organización política de Europa, y supedita en gran medida a los Estados miembros a la nueva Unión Europea. Entonces, ¿por qué no podemos ratificar su creación mediante referéndum, para que todo sea legal?.

Si tan bueno es para el futuro de las gentes de Europa, como afirman desde las instituciones (casi) al unísono, ¿qué puede costar poner una segunda urna en las elecciones europeas de 2009 para que los ciudadanos podamos ejercer nuestra soberanía y juzgar las gestiones que han realizado nuestros gobiernos con respecto a esta Unión de naciones?.

Probablemente la mayoría de la clase política europea crea, no sin motivo, que no estamos preparados para valorar este nuevo tratado. No en vano, el texto “básico” consta de más de 400 artículos, y ocupa más de 300 hojas. Además, su redacción es deliberadamente ambigüa, y bastantes artículos incluyen en su redacción referencias a otro, con lo cual no queda claro a simple vista a qué se refieren o qué implicaciones prácticas tienen. Como afirma el semanario The Economist, “la opacidad del nuevo tratado no es un accidente: es su razón de ser“.

Según el propio Tratado de la Unión Europea (Art. 11):

[…]
3. Las instituciones darán a los ciudadanos y a las asociaciones representativas, por los cauces apropiados, la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión.
4. Las instituciones mantendrán un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones
representativas y la sociedad civil.

A la vista de los acontecimientos, diría que ni el diseño ni el proceso de constitución de la Unión Europea cumple con los principios recogidos en su propio Tratado

Motivos para oponerse a ESTA Unión Europea

Hay muchos y variados motivos para rechazar al Tratado de Lisboa. Tantos, que es cuestión de ir revisando los artículos para encontrar cosas con lo que no estaremos de acuerdo. A mi lo que más me preocupa es la usurpación de la soberanía de los ciudadanos por un supra-Estado europeo que no es democrático, pero hay otras muchas razones que los partidarios del NO se han encargado de divulgar, pese a la oposición de los medios de comunicación convencionales.

No es sólo que estos medios esté ocultando al público la existencia de una oposición a los Tratados dentro del propio Parlamento Europeo, sino que también censuran el debate publico sobre esta propuesta al descalificar a quienes piensan distinto de la corriente institucional europea, aunque sean mayoría. Aparentemente, los únicos autorizados para determinar que es lo que nos conviene es la clase política.

Así, en vez de comentar el completísimo informe de 79 páginas donde se detallan uno por uno los motivos para votar NO, los medios convencionales de comunicación han centrado su “sesgada” cobertura informativa del NO en el hecho de que el único partido opuesto al Tratado en Irlanda es el Sin Fein, que como son muy malos no tienen derecho a tener razón en nada de lo que digan, y en que los detractores del Tratado UE estaban infundiendo miedo a los votantes con cuestiones que “no están en el Tratado”, nada más lejos de la realidad.

Entre las “preocupaciones” de los partidarios del NO están que el Tratado de la Unión Europea fomenta la militarización de Europa, ya que obliga a los Estados miembros a comprometerse “a mejorar progresivamente sus capacidades militares. La Agencia […] Europea de Defensa […] contribuirá a definir y, en su caso, a aplicar cualquier medida oportuna para reforzar la base industrial y tecnológica del sector de la defensa […]”. También define la política común de seguridad y defensa como “parte integrante de la política exterior y de seguridad común”, y capacita a la Unión a realizar “misiones fuera de la Unión que tengan por objetivo garantizar el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos” (guerra preventiva) “y el fortalecimiento de la seguridad internacional” (como en Iraq) “, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas (Art 42 TUE), incluyendo “las misiones de restablecimiento de la paz y las operaciones de estabilización al término de los conflictos”, que “[…] podrán contribuir a la lucha contra el terrorismo, […] mediante el apoyo prestado a terceros países para combatirlo en su territorio” (Art. 43 TUE).

Otra de las características clave de este Tratado es que institucionaliza el modelo neoliberal de libre mercado como única opción para el ordenamiento económico de la Unión, y establece que las políticas económicas se dictarán desde Europa, ya que:

  1. “Los Estados miembros llevarán a cabo sus políticas económicas […] respetando el principio de una economía de mercado abierta y de libre competencia, favoreciendo una eficiente asignación de recursos y de conformidad con los principios enunciados en el artículo 119” (Art. 120. TFUE), que son “precios estables, finanzas públicas y condiciones monetarias sólidas y balanza de pagos estable”.
  2. “El Consejo, sobre la base de una recomendación de la Comisión, elaborará un proyecto de orientaciones generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión y presentará un informe al respecto al Consejo Europeo.” (p.2), “el Consejo, […] supervisará la evolución económica de cada uno de los Estados miembros” (p.3). “Cuando […] se compruebe que la política económica de un Estado miembro contradice las orientaciones generales […] El Consejo […] podrá dirigir las recomendaciones necesarias al Estado miembro de que se trate” (p.4) (Art.121 TFUE)
  3. “Los Estados miembros evitarán déficits públicos excesivos” (p.1). “Si un Estado miembro persistiere en no llevar a efecto las recomendaciones del Consejo, éste podrá decidir que se formule una advertencia a dicho Estado miembro para que adopte, en un plazo determinado, las medidas dirigidas a la reducción del déficit que el Consejo considere necesaria para poner remedio a la situación.” (p.9) e imponer multas en caso de no hacerlo (p.11) (Art. 126 TFUE).

Además, se prohíbe que los organismos públicos de gobierno y empresas públicas de los Estados miembros puedan tener descubiertos en sus cuentas, o recibir cualquier tipo de créditos del Banco Central Europeo y por los bancos centrales (Art. 123 TFUE). Es decir, se obliga al superávit y a recurrir a la financiación privada (pagando intereses) en caso de necesitar más dinero, cuando antes podían tener déficit, recibir préstamo a tipo preferente e incluso emitir dinero sin interés (aunque aumentando la inflación).

En el Tratado también “quedan prohibidas todas las restricciones a los movimientos de capitales entre Estados miembros y entre Estados miembros y terceros países” (Art. 60), exponiendo las economías locales a movimientos especulativos y fomentando la competición fiscal y la evasión de impuestos. Los servicios públicos, base del estado del bienestar, son rebautizados como servicios de interés económico general, y quedan sujetos a las reglas del mercado (y a su privatización), ya que las empresas que gestionen estos servicios “o que tengan el carácter de monopolio fiscal quedarán sometidas a las normas de los Tratados, en especial a las normas sobre competencia” (Art. 106 TFUE), “y serán incompatibles con el mercado interior, […], las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones”, estableciéndose algunas excepciones (Art. 107 TFUE).

Respecto a la política comercial común, el tratado establece que “la Unión
contribuirá […] a la supresión progresiva de las restricciones a los intercambios internacionales y a las inversiones extranjeras directas, así como a la reducción de las barreras arancelarias y de otro tipo.” (Art 206 TFUE), y define una política comercial común basada que, entre sus principios, incluye “la uniformización de las medidas de liberalización” (Art. 207 TFUE).

Por último, en la parte de los derechos de las ciudadanos, el Tratado de la Unión Europea reconoce como vinculante la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE), donde se recogen los derechos comunes de los Europeos, bastante descafeinados respecto a los que reconoce nuestra Constitución.

Así, el derecho a la vivienda se convierte en derecho a “una ayuda de vivienda” (Art. 34, CDFUE); el derecho a la salud pasa a ser “derecho a la prevención sanitaria y a beneficiarse de la atención sanitaria en las condiciones establecidas por las legislaciones y prácticas nacionales” (¿pagando?). En vez de obligar a los poderes públicos a proporcionar empleo, se reconoce el “derecho a trabajar” (Art. 15 CDFUE) en el marco de una Unión Europea que, “En la definición y ejecución de sus políticas y acciones, tendrá en cuenta las exigencias relacionadas con la promoción de un nivel de empleo elevado” (Art. 9 TFUE), de modo que nadie pueda impedir que trabajemos, aunque nadie está obligado a garantizar que podamos.

Hasta la iniciativa popular, recogida en el artículo 11 del TUE, se ha descafeinado:

4. Un grupo de al menos un millón de ciudadanos de la Unión, que sean nacionales de un número significativo de Estados miembros, podrá tomar la iniciativa de invitar a la Comisión Europea, en el marco de sus atribuciones, a que presente una propuesta adecuada sobre cuestiones que estos ciudadanos estimen que requieren un acto jurídico de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados.

Que alguien me explique qué es “numero significativo de Estados”, o si “invitar a presentar una propuesta adecuada” significa que la propuesta la redactará la Comisión o los ciudadanos pueden acompañar la invitación con un borrador de la misma (quizás no sea adecuada).

Seguro que si hubiera ganado el SÍ se hablaría del compromiso de los irlandeses con Europa y su buen juicio al saber que aquello que es bueno para la élite económica y política tiene que ser bueno para todos.

La Europa de los pueblos contra la Europa de los gobiernos

Aquellos que creemos en la Democracia creemos también que debemos aspirar a algo mejor que el modelo de Europa plasmado en estos Tratados Europeos. No queremos vivir en una Europa en la que la voluntad de la clase política está por encima de la voluntad de los ciudadanos, y donde no esté reconocido el derecho a opinar diferente de quienes gobiernan.

También creemos que los resultados de una elecciones libres y limpias no pueden crear una crisis en instituciones verdaderamente democráticas. Por tanto, la decisión soberana de Irlanda no paraliza ni pone en crisis la construcción de una Europa unida por principios democráticos, aunque sí que despoja al Tratado de Lisboa de la poca legitimidad que pudiera quedarle, y pone en entredicho el proyecto político de los gobiernos de la Unión Europea, la Europa de los Gobiernos, que tiene bastantes paralelismos con cierto documental sobre conspiraciones.

Así que en vez de empeñarse en hacernos tragar esta Constitución con filigranas legales y repeticiones de referéndum (hasta que los resultados sean apropiados, como se hizo con el tratado de Niza en Irlanda y Dinamarca), los europeos preferiríamos que se resolviera definitivamente esta crisis de las instituciones europeas mediante la convocatoria de votaciones en todos los países de la Unión para que los ciudadanos decidan sobre si se debe participar en el proceso constituyente de una Unión Europea.

Entonces, en aquellos países en que ganase el sí, se podrían convocar elecciones en circunscripción única para crear cortes constituyentes con plenos poderes para elaborar una Constitución para Europa. Sin jefes de Estado ni de gobierno; sin tratados intergubernamentales. Sólo los representantes de las gentes de Europa y una hoja en blanco, redactada a la vista de todos.

El secuestro político de la Soberanía Popular

Aunque “la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.” (Artículo 1, apartado 2 de la Constitución española), y los ciudadanos tengamos derecho a “participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes,” (artículo 23), el único acto vinculante de soberanía que podemos ejercer los españoles es elegir qué partido político nos representará durante los próximos 4 años. El resto de decisiones de Gobierno quedan delegadas en nuestros representantes, y lo llaman democracia.

Parece que a nadie le importe que la participación directa de los ciudadanos en los asuntos de Gobierno quedara reducida a su mínima expresión en el texto constitucional. Quizá fuera una medida necesaria para proteger la estabilidad de la nueva “democracia” que se estaba desarrollando en España. Sin embargo, hoy en día, dicha medida supone una excesiva dependencia de la ciudadanía respecto a nuestros “representantes” políticos, y convierte a nuestro actual sistema en una democracia de segunda fila.

Los partidos políticos que han gobernado desde la ratificación de la Constitución nada han hecho por desarrollar nuevas formas de participación directa. A sabiendas de que el sistema electoral les favorece y que nada pueden hacer los ciudadanos para controlarlos hasta las siguientes elecciones, la clase política se ha dedicado a gobernar para el pueblo, pero sin el pueblo, limitando el desarrollo del país a los periodos (pre)electorales: verdaderos “sprits” dónde los políticos nos bombardean con proyectos que no han considerado oportuno proponer/realizar durante los 4 años anteriores. ¡Que bien nos iría si hubiera elecciones todos los años!.

Los ciudadanos: fuente de la soberanía y de los poderes del estado

Además de elegir a nuestros representantes, los ciudadanos tenemos el deber de controlar que sus decisiones sirven a nuestros intereses colectivos, una labor que no estamos realizando por diversos motivos. El más importante, a mi juicio, es la falta de instrumentos en nuestro ordenamiento jurídico para desempeñar dicho control, aunque no menos importante es la falta de información y de formación necesaria para realizarlo de forma efectiva. Estrategias todas ellas con un único objetivo, neutralizar el control ciudadano, ya que no hay mayor pesadilla para un “político” que una ciudadanía informada y capaz de pensamiento crítico.

No ha sido hasta hace bien poco que el Gobierno ha decidido implementar la recomendación del Consejo de Europa de introducir en el currículo de la enseñanza obligatoria una formación específica que aborde los principios teóricos y prácticos de la Democracia. Una asignatura dirigida a fomentar el pensamiento crítico, a desarrollar las habilidades para defender el punto de vista propio en un debate, a enseñar a valorar las aportaciones de quienes discrepan, y a conocer tanto la organización política del Estado como los derechos que tenemos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Constitución española, primer paso para defenderlos.

Educación para la Ciudadanía es una asignatura cuyo objetivo es proporcionar a los futuros ciudadanos conocimientos y capacidades suficientes para poder gobernarse por sí mismos, y constituye un importante pilar para una sociedad libre. Por eso, resulta sorprendente que políticos en activo se opongan abiertamente a la implantación generalizada de una formación que tan bien les hubiera venido (a algunos) para desempeñar sus cargos de administradores de la soberanía popular. Sin embargo, esta formación por sí sola no es suficiente si no se disponen de mecanismos adecuados para canalizar la voluntad popular.

La Iniciativa Popular limitada a proposiciones de ley

El más importante mecanismo de participación directa de la ciudadanía en los asuntos públicos y de gobierno es la Iniciativa Popular, mediante la cual un número suficiente de electores pueden exigir la consideración política de un determinado asunto público. En España, la única modalidad contemplada de Iniciatica Popular es aquella que permite realizar proposiciones de ley sobre asuntos no relacionados con leyes orgánicas (como, por ejemplo, las leyes que regulan el régimen electoral, la propia iniciativa popular (:O), el referéndum, el Poder Judicial, el Defensor del Pueblo, el código penal, la educación o la libertadad sindical, por citar algunas de las muchas que hay). Tampoco se puede utilizar para decidir sobre asuntos tributarios o de carácter internacional (Art. 87).

Es triste que no se permita el uso de tan importante mecanismo de participación ciudadana para modificar el ordenamiento político del Estado, ni para exigir la convocatoria de un referéndum sobre decisiones que la ciudadanía considere importantes y que no pueden esperar a los siguientes resultados electorales (como, por ejemplo, una intervención armada).

Además, dado que sólo se insta la tramitación parlamentaria de proposiciones de ley, no existe ninguna obligación por parte de las Cortes de debatir seriamente la propuesta o realizar una contrapropuesta. Así se explica que ninguna de las 55 propuestas de Iniciativa Legislativa Popular presentadas hasta la fecha hayan superado su tramitación parlamentaria (en el buscador del Congreso, seleccionar todas las legislaturas e “Iniciativa Legislativa Popular” en tipo de iniciativa).

La figura del Referéndum no vinculante

El otro gran mecanismo de participación directa de que disponen los ciudadanos es el referéndum, expresión máxima de la voluntad popular. Dicho mecanismo está regulado por el artículo 92 de la Constitución, que en su apartado primero sintetiza muy bien el espíritu paternalista de Carta Magna: “Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos”. Por un lado, no se establece la obligatoriedad de someter a referéndum las decisiones de especial importancia política. Por otro, se determina que, de hacerse, el referéndum será consultivo o, lo que es lo mismo, no vinculante.

En el caso de que la palabra referéndum necesitase un adjetivo, el adecuado sería VINCULANTE, adjetivo que no aparece ni en la Constitución ni el la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre Regulación de las Distintas Modalidades de Referéndum. Me pregunto qué sentido tiene solicitar a los ciudadanos que se pronuncien sobre un asunto de Estado si no es para acatar la decisión que adopten.

Semejante medida solo se puede justificar desde el convencimiento de que los ciudadanos españoles no sabemos lo que nos conviene, a pesar de que hemos votado afirmativamente a todas las propuestas realizadas en referendo hasta la fecha, haciendo caso a lo que nos dicen los políticos.

Como colofón, el apartado tercero de dicho artículo establece que los referéndum sólo pueden ser convocados por el Presidente de Gobierno, y en ningún caso mediante Iniciativa Popular, por lo que en la práctica es un instrumento que carece de contenido. ¿Quién mejor que los propios ciudadanos, de quienes emanan los poderes del Estado, para convocar un Referendum?.

En inexistente derecho a la revocación de cargos públicos

Aunque parezca una obviedad decirlo, los cargos públicos trabajan para el conjunto de los ciudadanos, no para ellos mismos, ni para empresas privadas ni para particulares influyentes. Afirmo esto porque, a veces, parece que se olvidan de para quién deberían trabajar (Canon, Ley del Libro, Ley del Cine). Desgraciadamente, no existe ningún mecanismo para vetar su labor, al menos en España.

En este sentido, algunos Estados de EE.UU, Canadá y Venezuela han incorporado a los procesos de participación ciudadana la revocación de cargos, que permite a los ciudadanos desposeer de su cargo a cualquier funcionario o representante público. Este derecho, no contemplado en nuestra Constitución, sirve para apartar de la función pública a cualquier persona presuntamente corrupta y/o incompetente, y evita el fraude a la voluntad de los ciudadanos que supone el transfuguismo, actualmente amparado en el artículo 67.2 de la Constitución.

De existir este derecho, nuestros representantes y los integrantes de la maquinaria del Estado tendrían mucho cuidado con lo que dicen y hacen, estarían más sensibilizados con las inquietudes de sus conciudadanos y nos ahorrarían bochornosos espectáculos como este. A diferencia de la vía penal, no es necesario esperar a juicio ni sentencia firme, y se podrían castigar actuaciones cuestionables que no constituyen un delito, pero que los ciudadanos consideren inaceptables. Es un procedimiento rápido y democrático que mejoraría drásticamente la calidad de nuestros políticos.

Hasta el día en que esto sea posible, deberemos conformarnos con cambiar el sentido del voto en las siguientes elecciones, pero eso no garantiza que la persona en cuestión sea desposeída de su escaño, porque son los partidos políticos los que establecen el orden de sus listas, y dicha medida no afecta a los cargos que son nombrados por nuestros representantes o se obtienen por oposición. No hay manera de deshacerse de un mal Defensor del Pueblo, Gobernador del Banco de España, o Presidente del Gobierno sin desacreditar al partido que lo nombró (con el que se puede seguir estando de acuerdo a pesar de su equivocada decisión).

Segunda Transición hacia la Democracia

En mi opinión, los padres de la Constitución dejaron en el tintero buena parte del concepto de Democracia. Por tanto, queda pendiente una reforma que desarrolle plenamente los mecanismos de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos, hasta equipararlos con los mecanismos de representación de que disponemos en España, y con los derechos existentes en los países de nuestro entorno.

Existe en marcha una campaña de recogida de firmas para una “Propuesta de Reforma Constitucional para profundizar en la participación democrática“. La aprobación de las medidas que recoge la propuesta, que como hemos visto no puede plantearse como Iniciativa Legislativa Popular, abriría las puertas a la Democracia (con mayúsculas) en España y cambiaría nuestra realidad actual casi tanto como lo hizo la Constitución en su día.

Aunque recomiendo encarecidamente la lectura del (breve y claro) texto original, las ideas que plantea se pueden resumir en otorgar más importancia a la iniciativa popular, en cuanto expresión directa de la voluntad popular, permitiendo su uso para:

  • Crear o modificar leyes de cualquier rango, incluidas leyes orgánicas y la reforma constitucional (expresamente prohibido por el Art. 166). También derogar leyes ya aprobadas por el Parlamento.
  • Ratificar o derogar tratados internacionales, aunque el Gobierno se oponga a hacerlo.
  • Elegir y Revocar cargos públicos.

La reforma también recoge la obligatoriedad de someter a referéndum las propuestas elevadas al Congreso por Iniciativa Popular, pudiendo optar los ciudadanos entre apoyar la formulación original del proyecto, la modificada tras la tramitación parlamentaria (de haberla), o ninguna de las dos. De esta forma se evitaría que, como hasta ahora, se ignorasen las propuestas legítimas del pueblo soberano.

Por último, redefine la figura del referéndum como una consulta vinculante en cuanto expresión directa de la voluntad popular, y se permite su convocatoria en el ámbito local y autonómico a instancia de sus Gobiernos y/o ciudadanos, siempre que el tema consultado entre dentro de las competencias que son propias a dichas instituciones.

Estas propuestas no son sino la concreción práctica de los principios de la Democracia Directa, una forma de organización política más democrática que la actual y que, de implantarse, probablemente enriquecería el debate político, aumentaría la cohesión social, produciría consensos más sólidos y duraderos sobre las normas por las que nos regimos. También mejoraría la gestión del Estado y sus recursos, ya que obliga a los poderes del Estado a justificar más y mejor sus actuaciones, y deja siempre la última palabra en manos de los ciudadanos.

La oportunidad de una vida: Reforma constitucional de 2008

Para poder disfrutar de una Democracia mejor es imprescindible reflejar medidas como estas en la Constitución. José Luis Rodríguez Zapatero se comprometió a realizar una reforma parcial de la Constitución a principios de 2008, coincidiendo con el final de la legislatura. En principio dicha reforma se limitará a la equiparación entre hombre y mujer a la hora de heredar la jefatura del Estado y a la reforma del Senado, dejando de lado iniciativas para dotarnos de una Constitución que impulse el desarrollo social y económico del país, como las aquí expuestas.

Algunos partidos políticos minoritarios se proponen aprovechar la ocasión para incluir en la reforma medidas como las mencionadas, la reforma del sistema electoral o una mayor separación de poderes, entre otras. Si quieres disfrutar de un país más Democrático tendrás que confiar en ellos, porque ni PP ni PSOE abanderarán jamás cambios de este tipo.

Esta reforma Constitucional es todavía más urgente dado que 1) Se elaboró bajo la supervisión de una dictadura militar y 2) No la han votado más del 67% de los españoles (todos los menores de 47 años, y aumentando cada año). La decisión está en tus manos: Segunda Transición o más de lo mismo. Nos vemos en las urnas.