Lo prometido NUNCA es deuda

Todo parecido entre las promesas electorales de cualquier político y su acción en el gobierno o en la oposición es mera coincidencia. La constitución Española en su artículo 67.2 lo pone bien claro: “Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo“. Esto significa que nadie puede decirles lo que tienen que hacer o lo que tienen que votar. Se supone que actúan en conciencia, de forma “personal e indelegable“, como añade el art. 79 CE.

Así que, aunque puedes votar a la lista de un partido para que haya más integrantes de esa lista sentados en la cámaras legislativas del Estado o de las comunidades autónomas, que también tienen artículos similares en sus estatutos de autonomía, en ningún caso eso supuestos “representantes” tienen que cumplir con lo que hayan prometido, ni tienen que tener en cuenta tus intereses o demandas concretas, o la de los habitantes de la circunscripción a la que se supone que representan.

Si solicitas una reunión con ellos y acceden, es porque quieren; si te escuchan mientras les planteas lo que les quieras trasmitir es por que les apetece; y si te prometen que lo mirarán o que harán algo al respecto es por ser educados o por quedar bien, pero sin ningún compromiso ni ninguna fecha concreta porque no existe mandato imperativo. Así que si lo que propones les parece interesante harán lo que les parezca cuando les venga bien, y si no, pues te fastidias… porque no tienen obligación alguna.

La única motivación que tienen los cargos de designación electoral para atender a las demandas de los votantes y cumplir sus compromisos electorales es el impacto negativo que NO hacerlo pudiera tener en las siguientes elecciones, pero como la mayoría de la gente vota por miedo a lo que puedan hacer los otros y cegada por la ideología y el odio que les ha inoculado sus políticos favoritos, pues no hay mucho riesgo de que alguien se cambie de bando, vote a otro partido parecido que tampoco tiene que cumplir sus promesas, o se abstengan para que ganen los otros.

El ejemplo más palmario lo tuvimos cuando el PSOE se abstuvo para que Rajoy fuera Presidente. ¿Podían haber formado gobierno? Sí, con los mismos apoyos con los que se aprobó la moción de censura. ¿El programa electoral mencionaba algo de dejar gobernar al PP antes que pactar con PODEMOS? NO. ¿Algún votante socialista quería que Rajoy fuera presidente o voto al PSOE pensando que su voto posibilitaría un gobierno del PP? NO. ¿Tenían obligación legal de haber intentado formar gobierno con PODEMOS o haber votado en contra en vez de abstenerse para evitarlo? NO. En las siguientes elecciones ¿les pasó factura permitir que Rajoy gobernara 2 años más?. NO… en las siguientes elecciones consiguieron dos millones de votos más y 48 diputados más.

Así que, si votáis a alguien que os promete construir un puente y, al llegar al poder, os construye un muro en su lugar… pues no os sorprendáis. El sistema político está diseñado así adrede. Y ningún político lo quiere cambiar, porque eso implicaría tener que dejar de hacer lo que quieran y empezar a trabajar para los españoles. Eso nunca lo van a permitir, y como las leyes que hay que cambiar sólo las pueden cambiar ellos, por ahí no hay salida.

Entonces, ¿qué hacemos? ¿Demandamos judicialmente por incumplimiento del programa electoral?. Eso ya se ha intentado, y ¿qué ha dicho el Tribunal Supremo? Pues que las “promesas electorales” y su cumplimiento escapan al control jurisdiccional, de manera que, del acierto o desacierto en la llevanza y ejecución de las mismas, no cabe derivar responsabilidad … en términos jurídicos. Corresponde al Gobierno “la posibilidad de posponer unos compromisos por otros o sustituirlos en la forma más conveniente” y a los ciudadanos “expresar su […] disconformidad con estas actuaciones y omisiones” […] mediante “su libertad de no votarlo si defrauda sus expectativas, entre otras por no cumplir sus promesas electorales“.

Al no estar “sujetos ni al Derecho civil, ni al Derecho administrativo“, ni al derecho penal -añado yo-, los actos consistentes en “promesas electorales” sólo son susceptibles de la sanción derivada del ejercicio del derecho a voto. “La posibilidad de control jurisdiccional de estos márgenes de libertad que exige la acción política, supondría una grave politización de la justicia y, especialmente, una invasión de un poder por otro que vulneraría el principio de separación de poderes“.

Pues más claro agua. En el régimen del 78 las promesas electorales NO hay que cumplirlas, y si la única forma de castigar al que incumple sus promesas es votar a otros que tampoco tienen que cumplirlas pues acabamos teniendo lo que tenemos. Ni colectivismo, ni libertad, sino partitocracia para todos.

Votar sin mandato imperativo de los electores y sin posibilidad de revocarlo en cualquier momento es extender cheques en blanco y tener fe en que no nos estafen. Justo todo lo contrario a la democracia, que se basa precisamente en la limitación del poder, en la total desconfianza de quienes lo ejercen, y en el sometimiento de los representantes a la voluntad de los representados.

Al parecer, ahora los partidos del Gobierno quieren poner peajes en todas las autopistas y autovias del país. ¿Eso iba en el programa electoral, o se les ha ocurrido sobre la marcha? No sé vosotros, pero como yo no soy de ir extendiendo cheques en blanco para que me mangoneen, como estoy harto de campañas electorales superfluas que no vinculan a nadie, y como no quiero ser cómplice de mi propia ruina ni de la de mi país, en vez de ir a votar cada cuatro años a ver si suena la flauta y pasarme la vida esperando a que aparezca alguien interesado en hacer las reformas necesarias, consiga los votos y cumpla sus promesas electorales pese a no estar legalmente obligado a ello; prefiero promover activamente los cambios necesarios para que los políticos tengan que trabajar para la ciudadanía, y cumplir sus promesas, o marcharse por donde han venido.

Estos políticos nefastos que tenemos no han caído del cielo, los vota la gente que se empeña en seguir extendiéndoles un cheque en blanco cada 4 años para que sigan arruinándonos la vida y el país de la forma que prefieran. Sólo tu puedes acabar con esta locura. En las próximas elecciones, no les extiendas otro cheque en blanco y súmate a la desobediencia civil pacífica. Abstente, y movilízate con la sociedad civil para poner al Estado al servicio de la sociedad, no de los partidos políticos. Rompe la rueda de mentiras en la que llevamos más de 40 años dando vueltas. No les sustentes con tu voto. Que callen las urnas hasta que la voluntad de la ciudadanía sea ley, y lo prometido por cualquier político que resulte elegido sea deuda.

El Rey no es inviolable, y lo saben

Políticos, jueces, y medios de comunicación llevan más de cuarenta años mintiéndonos a la cara descaradamente con que el Rey es total y absolutamente inviolable cuando, conforme a los criterios de interpretación del Tribunal Constitucional y los principios generales del derecho, no puede serlo

Como en toda obra del ser humano, en la Constitución del 78 a veces encontramos cosas que no encajan: imperfecciones, contradicciones. ¿Cómo resolver estas tensiones dentro de un texto que es el fundamento de nuestro ordenamiento jurídico, y, en consecuencia, cuyo contenido íntegro es total y absolutamente correcto para dicho ordenamiento?

Pues si atendemos a lo que dice el Tribunal Constitucional reiteradamente en sus sentencias, cuando “se genera cierto grado de tensión interpretativa en el interior de la Constitución… [e]ste elemento de tensión no puede ser resuelto desde uno de sus extremos, sino, por el contrario, y como venimos haciendo a partir de una interpretación sistemática y global de los preceptos constitucionales implicados; dicho de otro modo, sólo puede ser resuelto desde el principio de unidad de la Constitución” (STC 179/1994 FJ5 In fine).

¿Qué significa esto del principio de unidad de la Constitución?, pues que la Constitución “es un todo en el que cada precepto encuentra su sentido pleno valorándolo en relación con los demás, es decir, de acuerdo con una interpretación sistemática” (STC 154/2006, de 22 de mayo FJ4 in fine). Por tanto, “la interpretación de los preceptos constitucionales ha de hacerse de modo sistemático, esto es, teniendo siempre en cuenta el contenido íntegro de la Norma fundamental” (STC 252/1988, de 20 de diciembre FJ2).

Explica el Tribunal Constitucional en otra sentencia que, “en la medida en que no puede afirmarse de ninguno de ellos su carácter absoluto, el intérprete constitucional se ve obligado a ponderar los bienes y derechos en función del supuesto planteado, tratando de armonizarlos si ello es posible o, en caso contrario, precisando las condiciones y requisitos en que podría admitirse la prevalencia de uno de ellos” (STC 53/1985, de 11 de abril FJ9).

En otra sentencia añade que “la solución consistirá en otorgar la preferencia de su respeto a uno de ellos, justamente aquel que lo merezca, tanto por su propia naturaleza, como por las circunstancias concurrentes en su ejercicio. No se trata, sin embargo, de establecer jerarquías de derechos ni prevalencias a priori, sino de conjugar, desde la situación jurídica creada, ambos derechos o libertades, ponderando, pesando cada uno de ellos, en su eficacia recíproca, para terminar decidiendo y dar preeminencia al que se ajuste más al sentido y finalidad que la Constitución señala, explícita o implícitamente” (STC 320/1994, 28 de noviembre, FJ 2).

Después de toda esta reiterada doctrina del Tribunal Constitucional, que no sólo parece bastante razonable sino que vincula a Jueces y Tribunales (art 5.1 LO 6/1985 del Poder Judicial) ¿Cómo se explica que siempre que se intenta plantear un litigio contra el Rey de España los tribunales archiven la causa alegando que es “inviolable”?. Y no son temas menores. Por ejemplo, tenemos la demanda por paternidad de Alberto Solá. De confirmarse la paternidad de Juan Carlos I, Alberto sería legítimo heredero a la corona de España porque es mayor que Felipe VI, que sería un usurpador. Por no hablar de los presuntos delitos fiscales, la malversación de fondos públicos para tapar la boca a sus amantes, etc… del emérito.

Es cierto que el art. 56.3 CE dice que “La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”. Pero ¿cómo encaja este precepto con otros como que “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho” (art. 1.1 CE), que “todos los poderes públicos -incluida la Corona, que es un órgano constitucional- están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” (art. 9.1 CE), que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (art. 14 CE) o que “todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión (art. 24.1 CE).

Como veis, la lista de preceptos constitucionales en aparente conflicto con una inviolabilidad absoluta del Rey son unos cuantos. Y ya nos ha dicho el tribunal constitucional que no se puede resolver este conflicto afirmando el carácter absoluto de alguno de los preceptos en conflicto. Hay que hacer una interpretación sistemática. Si tan solo hubiera alguna forma de armonizar estos preceptos… sigamos leyendo el art. 56.3 CE.

Articulo 56.

  1. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.

¿Por qué habla la Constitución de que sus actos sean siempre refrendados y que si no lo son carecerán de validez en el mismo apartado del artículo? ¿Es acaso del Rey un incapaz absoluto, que no puede obrar por sí mismo y necesita el refrendo hasta para ir al baño? Vamos a ver qué dicen los otros artículos…

Articulo 64.

  1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes.
  2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

Articulo 65.

  1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
  2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

Entonces, ¿el Rey sólo puede decidir por si mismo quienes forman parte de la Casa Real y como distribuir su presupuesto, necesitando refrendo para el resto de actos de su vida? ¿y por eso es inviolable? Si fuera este el caso, ¿quién refrendó que Juan Carlos I se fuera a cazar elefantes a Botsuana? ¿O los actos que le han permitido amasar una fortuna infinitamente superior a los ingresos que ha percibido del Estado? ¿quién refrendaba a las amantes del rey?. Si el Rey tomara por su propia cuenta una decisión distinta de las recogidas en el art. 65 CE como -por ejemplo- pedir una pizza u organizar un golpe de estado, ¿estaría actuando de forma inconstitucional? Bueno, daría igual porque sería absolutamente inviolable.

¿No sería más lógico pensar que los actos que necesitan refrendo son los que se indican justo antes, en los artículos 62 y 63 CE, en los que el Rey actúa como Jefe de Estado aparentando tomar unas decisiones que sólo serán válidas si son refrendadas por un miembro del gobierno, que -como asume la responsabilidad de las mismas- exime de ella al Rey haciéndole inviolable en relación a estos actos concretos, pero no a los que realice en su vida privada y/o sin refrendo?.

Si fuera así, el Rey podría conservar su libertad en sus actos privados y su inviolabilidad respecto a los actos como Jefe de Estado sin que se vulnerar ningún otro precepto constitucional… como pasa con los diputados por ejemplo, que son inviolables solo por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones (art. 71.1 CE), pero no en su vida privada. De interpretarse así, todo cobraría sentido mágicamente y se preservará la armonía de la Constitución sin cambiar una sola letra, solo hay que querer entender un poquito. No es difícil.

Lo que no puede ser es atenernos a la literalidad del texto en lo tocante a la inviolabilidad, ignorando todo lo que dice el Tribunal Constitucional -y el sentido común- sobre la interpretación sistemática de la Constitución, pero hacer una interpretación sistemática del resto del apartado para que solo se refrenden sus actos como jefe de Estado. En derecho hay que aplicar un criterio homogéneo, el que sea, pero homogéneo, no el que más nos interese según cada caso. Y hay que aplicarlo hasta sus últimas consecuencias, independientemente de cuales sean… así es como funciona un estado en el que impera la ley.

Y está es la verdad, lo saben ellos y ahora, lo sabes tu también. Políticos, jueces, y medios de comunicación llevan más de 40 años mintiéndonos a la cara descaradamente con que el Rey es total y absolutamente inviolable cuando, conforme a los criterios de interpretación del Tribunal Constitucional y los principios generales del derecho, no puede serlo. Cuando alguien te salga con la gilipollez de que el rey es inviolable, pues le mandas un enlace a este artículo y nos haces un favor a los dos.

Es tan obvio, que no hace falta ni saber derecho para darse cuenta de que cualquier otra conclusión no tiene sentido. En un estado social y democrático de derecho no puede haber ninguna persona por encima de la Constitución y las leyes. El engaño es tan burdo, que los que defienden la inviolabilidad absoluta se limita a repetir hasta la extenuación “que lo pone en la Constitución”, sin entrar a discutir la segunda parte del art 56.3 CE, que citan fuera de contexto; sin explicar cómo es que la inviolabilidad -que excluye sólo la responsabilidad penal- se extiende también a la esfera civil y administrativa; o por qué los actos privados del Rey no son refrendados, como deberían según una interpretación literal del precepto; o qué impide a un tribunal determinar los hechos y calificarlos jurídicamente aunque no pueda hacer efectiva la sentencia si resultase condenatoria; o porqué consideran que a un Rey que ha abdicado se le sigue aplicando esta inviolabilidad cuando ésta sólo se refiere al titular de la Corona, que es un cargo unipersonal. Cuestiones en las que no entran porque no hay por donde cogerlas ni argumentación posible más allá del “porque sí”, “porque es una figura simbólica” o cualquier variante de “por conveniencia política”.

En el siglo XVI los herederos de Cristóbal Colón pudieron llevar ante los tribunales a la Corona de Castilla por considerar que se habían incumplido las Capitulaciones de Santa Fé, pero en la muy “democrática” España del siglo XXI es imposible abrir ningún procedimiento que implique al monarca porque a los poderes del Estado no les da la gana, simple y llanamente. Porque aunque el Rey no sea absolutamente inviolable según los criterios de interpretación de la Constitución del Tribunal Constitucional, no hay juez ni tribunal que vaya a admitir a trámite un procedimiento en el que tuviera que personarse… aunque hacerlo constituya -en mi opinión- un presunto delito de prevaricación como la copa de un pino. ¿Por qué no celebrar el juicio? aunque no se pudiera hacer ejecutar lo juzgado, una sentencia condenatoria tendría valor simbólico.

¿Y que creéis que diría el Tribunal Constitucional si se planteara un recurso de amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por este motivo? Pues se limitarían a buscar la mejor forma de inadmitirlo sin entrar en el fondo del asunto, porque sería difícil sostener la inviolabilidad total sin caer en el más absoluto descrédito después de toda su jurisprudencia. Luego ya se buscaría la forma de persuadir al recurrente para que no acuda a instancias internacionales y, así, evitar tratar más este tema.

En una democracia de verdad, semejante despropósito sería impensable porque todos los poderes del estado estarían alineados sin fisuras con una interpretación sistemática, coherente y homogénea de la Constitución. Por desgracia no vivimos en una, como se encargan de recordarnos cada vez que sale el tema de la inviolabilidad real. Mientras que en nuestro país se siga idolatrando una Constitución deliberadamente ambigua, que los poderes del Estado no dudan en retorcer a conciencia y a conveniencia, nunca conoceremos lo que es la seguridad jurídica ni el imperio de la ley.

Créditos: Miniatura basada en la fotografía de Pool Moncloa

El “régimen del 78” NO es la democracia

El “régimen de 78” NO es la democracia. Aunque mucha gente se resiste a admitirlo refugiándose en eufemismos como que tenemos una democracia de baja calidad, con muchos defectos o imperfecta, en la primera hoja de su edición original se aprecia claramente que la denominada Constitución de 1978 no es fruto de la libre voluntad de la nación española sino la última de las leyes fundamentales del reino, que recibe su legitimidad política del golpe de Estado del 18 de julio de 1936.

Fue elaborada por unas Cortes Españolas creadas ese mismo año por la Ley 1/1977 para la Reforma política. En sus escasas dos hojas no sólo configura el Congreso y el Senado en su forma actual, sino que establece las bases del que fuera el sistema electoral en España hasta la fecha y faculta al Gobierno presidido por el ex-secretario General del Movimiento Nacional, D. Adolfo Suarez, para regular las primeras elecciones (Disposición transitoria primera).

Parte muy importante de esa regulación fue la de decidir qué partidos se legalizaban para concurrir a las elecciones del 15 de junio de 1977. Por supuesto, ninguno antifranquista ni republicano; el primer partido que incluía una alusión a la república en su denominación fue Esquerra Republicana de Catalunya, legalizado un mes y medio después de las elecciones (2/Ago/1977). Cierto es que se pudieron presentar los partidos de la “izquierda” pactista, repletos de socialistas monárquicos y comunistas juan-carlistas, que habían pasado por la ventanilla de Arias Navarro traicionando a quienes sufrieron y murieron por los ideales que supuestamente representaban.

En cualquier caso, tampoco es que importase, puesto que en 1966 ya se había decidido que España fuera una monarquía cuando el Caudillo muriera, como así lo votaron el 95% de los Españoles… casi tantos como ratificaron el referéndum de la Ley para la Reforma Política (94,45%). Era una época de “extraordinaria placidez” en la que la gente votaba con conocimiento de causa, y en la que decidimos en las urnas que queríamos para España una monarquía absoluta, como la de Fernando VII, puesto que el monarca ejercería el mismo poder que Franco, pero sin su carisma. 😏

Un dato reseñable es que ni la Ley para de Reforma Política ni el decreto de convocatoria de las primeras elecciones se menciona nada de una nueva Constitución o de la apertura de un proceso constituyente. Se trataba de unas elecciones a Cortes franquistas, como las que se venían celebrando cada cuatro años para elegir a los Procuradores electivos en Cortes (el “tercio familiar“), sólo que ahora, se repartían en dos cámaras y eran mayoritariamente electivos (¡ojo!, 41 senadores “constituyentes” lo fueron por designación real [art. 2.3 Ley 1/1977]). La Ley Constitutiva de las Cortes de 17 de julio de 1942 seguía en vigor.

De hecho, tan poco importante era el asunto constitucional que ni se trató en la campaña electoral, porque no era lo que se votaba. No obstante, 10 meses después de las elecciones se constituyó la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas (15 de mayo de 1978), en donde se elaboró un anteproyecto de consenso en el increíble tiempo de 47 días, que pasó el trámite parlamentario en el extraordinario plazo de 133 días, se sometió a referéndum en un tiempo récord de 36 días y entró en vigor el 29 de diciembre de 1978, es decir, tan sólo 23 días después de su ratificación. Por supuesto, el debate fue exhaustivo y con gran participación de la sociedad civil, donde se escucharon todas las propuestas y alternativas. 😒

La Constitución española tiene 17.816 palabras, se elaboró en 180 días, entró en vigor 59 días después. Una rapidez inaudita si pensamos que los estadounidenses tardaron 16 meses en acordar un texto de 3.492 palabras que sería su primera Constitución, y 3 años y medio en ratificarlo. A los pocos años, viendo que presentaba serias deficiencias, hicieron una revisión del texto, que tardaron 116 días en aprobar y más de dos años en ratificar, situando el total en 4.379 palabras, que siguen en vigor 227 años después. Claro que en el caso de EE.UU, sí que se estaba transformando realmente el sistema político; de una monarquía absoluta a un gobierno representativo.

¿Cómo fue posible tal celeridad? Lo fue por dos motivos: primero, porque la Constitución española se empezó a elaborar en secreto el 22 de agosto de 1977 por un grupo de siete parlamentarios (los denominados “padres” de la Constitución). Repito, EN SECRETO. No hay nada menos democrático que una Constitución hecha en secreto, sin debate público, por unos políticos que no han recibido el mandato constituyente. El 22 de noviembre de 1977, periodistas de la revista ‘Cuadernos para el diálogo’ filtraban a la opinión pública los 39 primeros artículos del borrador, para sorpresa de todos.

Y, segundo, porque estos padres de la Constitución contaban con una base bien trabajada. El antiguo ministro de Franco, Fraga, había elaborado un proyecto de Constitución para Arias Navarro en enero de 1975, que preveía unas Cortes bicamerales elegidas por sufragio universal directo, autonomía administrativa y cultural para las regiones, y la aplicación práctica de los derechos del hombre definidos por la ONU. ¿Nos suena de algo? También se reciclaron algunos preceptos de las Leyes Fundamentales del Reino (art. 37 LO del Estado » Art. 8.1 de la CE78), por lo que sólo había que ultimar algunos pequeños detalles.

Al igual que otras leyes fundamentales anteriores, el texto final fue aprobado en referéndum… pero el porcentaje a favor bajó al 87,78 % de votantes aun cuando la elección era entre seguir con la monarquía absoluta franquista o el remozado régimen del 78. Las nuevas generaciones de españoles empezaban a perder la claridad de ideas con la que antaño votaron sus padres. O quizás se empezaban a frustrar muchas expectativas y a entender que todo aquello había sido una farsa. ¡Libertad, libertad, sin ira libertad! […] pero aquí no se cambia na”.

Así fue como, tras unas elecciones regidas por las leyes electorales franquistas en las que ni se trató el tema, unas Cortes -también franquistas- con representantes de los partidos políticos aprobados por el Gobierno y 41 senadores designados por el Rey crearon, en tiempo récord y con la mínima publicidad posible, la “democracia que nos hemos dado”. Una nueva democracia sospechosamente parecida a lo que ya había antes, puesto que conservaba los principales órganos del Estado preexistentes; sancionada por un Rey absoluto, que seguiría siendo tan inviolable como hasta entonces; y ratificada por los Españoles que no tuvieron que exiliarse, tras 42 años de adoctrinamiento nacional católico; gracias a la que disfrutamos de unos “derechos que nos costó mucho conseguir”™.

De la legalidad franquista a la legalidad post-franquista

De acuerdo, quizás las circunstancias históricas hicieron que el procedimiento no fuera impecable, pero no juzguemos la comida por la presentación. Los platos más deliciosos pueden salir de la cocina más humilde. ¿Qué contiene la Constitución del Régimen del 78 (en adelante CE78) que sólo gusta a los paladares más envejecidos?

No existe separación de poderes

Ya lo resumió a la perfección Alfonso Guerra en dos sencillas frases: “Montesquieu ha muerto” y “Quien se mueva no sale en la foto“. ¿Qué pretendía decir? Con la segunda, pues que quien moleste a la ejecutiva de su partido político o saque los pies del tiesto se queda sin poltrona a cargo del erario público.

Esto es así porque las listas electorales las hacen los jefes de cada partido, colocando en ellas a los más leales, los que dicen que sí a todo y son obedientes. Una vez elegidos, harán lo que se les mandé si quieren repetir. Puesto que no hay limitación de mandatos, basta con no equivocarse al apretar un botón o al aplaudir para asegurarse el sueldo y una sustanciosa jubilación.

Lo mismo ocurre con la mayoría de los altos cargos del Estado, ya que son elegidos por o a propuesta del Gobierno (los jefes del partido) o de sus acólitos (el Parlamento): los integrantes del Tribunal Constitucional (TC), del Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Consejo General del Poder Judicial (los “jefes” de los jueces), el Presidente del Tribunal Supremo (TS), el Fiscal General del Estado, el Tribunal de cuentas (vigilan las cuentas y la gestión económica de Estado), los puestos directivos en la Administración y de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, asesores, etc. Hay muchos sitios donde colocar estómagos agradecidos si el partido alcanza el poder.

Lo cual nos remite a la primera frase. Puesto que no es muy inteligente morder la mano que te da de comer, quienes ocupan altos cargos en los Órganos del Estado sufren un grave conflicto de intereses: si trataran de ejercer su labor de contrapeso al Poder su carrera profesional puede finalizar prematuramente. Por tanto, los controles institucionales al poder del Gobierno no operan. Al igual que el franquismo, no hay separación de poderes sino separación de funciones de un mismo poder. El partido que gane las elecciones ocupará todas las instituciones del Estado y podrá gobernar sin injerencias hasta las siguientes elecciones. Montesquieu yace en su tumba.

No existe la representación política

Además de obediencia ciega, otra consecuencia de la elección mediante listas de partido es que no existe representación de los gobernados. El voto sólo se pide para legitimar un régimen como democrático, como si con Franco no hubiera habido elecciones, pero los deseos de los ciudadanos no se incorporan al proceso político porque el mandato imperativo está prohibido (art. 67.2 CE78) y, en consecuencia, cualquier promesa electoral es constitucionalmente no vinculante.

No obstante, existe algo bastante parecido denominado disciplina de voto“, gracias a la cual el diputado votará lo que diga su partido si quiere evitar ser multado o expulsado, y optar a ser reelegido. Tal es la potencia de este mandato imperativo del partido que es capaz hasta de hacer que sus diputados se abstengan para que el supuesto archienemigo forme gobierno. También explica la ausencia generalizada de disidencia interna y hace que todas las leyes aprobadas desde 1979 sean inconstitucionales.

Así las cosas se puede afirmar que no existe representación política… de los ciudadanos. La soberanía nacional no reside en el pueblo, como dice el art. 1.2 CE78, ni en la ciudad… sino en las cúpulas de los partidos políticos, que la ejercen a través del sometimiento de sus diputados a una estructura y unos procedimientos internos que tienen poco de democráticos (contraviniendo también el art. 6 CE78). Por eso España no es una democracia, sino una partitocracia.

Aunque supuestamente son el “instrumento fundamental para la participación política”, ni sus militantes de base, ni sus simpatizantes, ni sus votantes tienen acceso o influencia sobre las cúpulas de estos partidos, que son las que pueden tomar las decisiones políticas, elegir a casi todos los candidatos y deponer a secretarios generales díscolos si la situación lo requiere.

Mediante su control del Estado se aseguran una buena financiación y que no les salga demasiada competencia, de modo que puedan monopolizar el proceso electoral y los ciudadanos no tenga alternativas frente a las políticas de Estado como la monarquía, la Globalización, la Unión Europea y el Euro, las privatizaciones, la desmantelación del Estado del Bienestar, los rescates a empresas privadas con fondos públicos, más precariedad, menos salario y más impuestos.

Si no te gusta el Gobierno dentro de 4 años podrás votar a otros para que sigan haciendo lo mismo, porque no tenemos ninguna influencia sobre lo que pasa. Igual por eso la gente vota con las entrañas, porque si el voto sólo sirve para cambiar caras sólo queda evitar que los otros gobiernen, porque son mucho peores. No importa que estés votando a ladrones, rompe-patrias o corruPPtos. No importa el programa electoral; algunas ya se presentan sin tenerlo y así no tener que incumplirlo. Lo único importante es que votes a quien sea para que la rueda siga girando, por eso todos los candidatos piden de forma unánime que la gente participe (aunque sea para votar a sus enemigos).

No existe imperio de la ley

También se incumplen la Constitución y las leyes, porque no están para ser cumplidas. A la muerte del Dictador los europeos nos miraban raro y había que darle al tinglado un barniz democrático para que nos aceptaran en el mercado común, pero nada mas. Como no hay separación de poderes y rige el principio de jerarquía, no queda nadie para controlar que se respeten los procedimientos legales y el ejercicio del poder se rige por la costumbre anterior. Si lo ordena el superior o se ha publicado en el BOE se obedece automáticamente: a los empleados del Estado no les pagan para que tengan criterio propio sobre la legalidad o la constitucionalidad de lo que hacen.

Así encontramos gobiernos que declaran estados de alarma ilegales para encubrir sus errores de gestión del espacio aéreo; que no se someten al control parlamentario estando “en funciones” porque se ve que los arts. 108 y siguientes CE están de adorno; Comunidades Autónomas que establecen precios públicos por encima del máximo legal y prescindiendo de la memoria económica obligatoria, partidos políticos que se financian con dinero negro, terrorismo de Estado… y pocos jueces dispuestos a mover un dedo si no es para acelerar el trámite cuando estos asuntos llegan a juicio. Por contra, cuando se trata de las 166 órdenes de desahucio que se ejecutan cada día, ni a los jueces que las ordenan ni a los policías que las realizan parece importarles que haya ya 8 sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenando a España porque la normativa hipotecaria vulnera el derecho comunitario y la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE78).

Como antes de que se aprobara la Constitución, la discrecionalidad a la hora de aplicar el derecho resulta alarmantemente alta. Al mero mortal se le aplica la legislación vigente con saña si es para castigarle, y con moderada mesura cuando hay que resarcirle. Pero si eres “alguien” las leyes se te aplican de manera distinta. Por eso en vez de mandar a los inspectores, la Agencia Tributaria “invitó” a los integrantes del clan Botín a regularizar voluntariamente su situación fiscal para no incurrir en penas de cárcel. Por eso el juez aplicó todos los atenuantes posibles a un famoso futbolista para dejar las 3 condenas por delitos castigados con entre 2 y 6 años de prisión cada uno en 7 meses, porque si fueran 8 tendría que entrar en prisión (sentencia). Estos casos son la guinda del pastel, ya que “sólo” se está produciendo un trato de favor prohibido por el art. 14 de la Constitución Española, cuyo cumplimiento parecer ser opcional.

No existe seguridad jurídica

Para que todo este despropósito sea posible es necesario que las leyes están escritas en un lenguaje ambiguo que no entienda nadie, pero pueda significar lo que sea necesario según la ocasión. Como cualquier estudiante o practicante del derecho puede corroborar, abundan los debates en los que los juristas no se ponen de acuerdo sobre el significado de un precepto legal, dividiéndose la opinión entre la doctrina mayoritaria (hagamos que esto funcione si chirriar demasiado) y la minoritaria (apliquemos la lógica y el texto literal de la ley hasta su últimas consecuencias, y que espabilen los legisladores). Sí el desconocimiento no exime de su cumplimiento, cabría esperar que las leyes fueran -además de públicas- comprensibles, para que podamos saber cómo acatarlas.

Un ejemplo de esto lo tenemos al intentar determinar cuándo nace la obligación de cotizar en el régimen de trabajadores autónomos, ya que la propia ley -que no se ha cambiado desde 1970- establece unos criterios tan vagos y genéricos que nadie sabe lo que significan (art. 2 Decreto 2530/1970). El Tribunal Supremo ha emitido múltiples sentencias estableciendo un criterio objetivo para determinar cuándo se debe empezar a cotizar por la Seguridad Social, como es el facturar por importe superior al Salario Mínimo Interprofesional, que la Seguridad Social reconoce oficialmente pese a que sus funcionarios siguen sancionando sin más prueba que estar de alta en Hacienda para facturar. Si no estás de acuerdo con la sanción, pues dedica tu tiempo y dinero a reclamar, que los funcionarios cobramos igual y no nos va a pasar nada si es que nos hemos “equivocado”.

En el siguiente escalón encontramos los casos en los que la ley esta clara, pero significa otra cosa para los tribunales. Por ejemplo, cuando el Tribunal Supremo sentencia que la responsabilidad civil no es mancomunada cuando interesa, por mucho que el art. 1.137 de Código Civil diga exactamente lo contrario. O que la declaración de nulidad de las clausulas suelo en hipotecas no obliga a devolver lo cobrado de más por mucho que diga el Código Civil (art. 1.303 y siguientes) o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En ambos casos se realiza una interpretación correctora, que no es sino un eufemismo para denominar a la usurpación de funciones legislativas para ignorar el texto de la ley… siempre por una buena causa.

Estas “interpretaciones creativas” se aplican hasta a la Constitución. Desde la desestimación de una demanda de paternidad decisiva para determinar quien debe ser el actual Jefe de Estado según una lectura interesada y expansiva de su art. 56.3 (referido sólo a los actos refrendados por miembros del Gobierno), hasta la vulneración del derecho de sufragio pasivo para la consecución de valores o bienes constitucionalmente protegido más importantes (de los que la Constitución ni habla); pasando por curiosidades como que se considere en vigor la ley 46/1977 de Amnistía (STS 101/2012, FD 3.3) pese a que las amnistías relativas a las violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, ratificado por España en 1976, incorporado a la Constitución a través del art. 10.2 y con efecto derogatorio por el apartado 3 de su disposición derogatoria.

Resumiendo, que en España las leyes son incomprensibles, indeterminadas, o directamente significan todo lo contrario de lo que ponen; por lo tanto, conocer de antemano las consecuencias jurídicas de tus actos resulta casi imposible; máxime cuando los funcionarios del estado tienden a interpretarlas como mejor les conviene según el caso.

No hubo desfascificación ni condena al franquismo

El dictador murió en la cama dejando todo atado y bien atado. A la mañana siguiente, los altos cargos franquistas se despertaron demócratas de toda la vida y comenzaron a edificar la España moderna y “democrática” en la que vivimos hoy. Se aprobó una ley de amnistía que dejaba impunes delitos de lesa humanidad: Los crímenes de guerra y dictadura más antiguos sin esclarecer desde que se aprobara la declaración Universal de Derechos Humanos, que sitúan a España como el país con más desaparecidos después de Camboya. El saldo provisional es de 114.000 desaparecidos. Ni los peores dictadores sudamericanos se han atrevido a tanto.

Lejos de hacer un escarmiento público de los crímenes del fascismo, como se hizo con la Alemania nazi, ni los responsables políticos ni el aparato de represión (ejercito, policía, jueces y fiscales) fueron purgados. Miles de criminales quedaron sueltos por las calles entre sus víctimas, sin muestras de arrepentimiento. El régimen se vistió de democracia, pero nunca abandonó su esencia fascista. Por eso, cuatro décadas después, todavía encontramos calles y plazas rindiendo homenaje a estos crímenes y criminales; personas que se niegan a cumplir la ley, si es de memoria histórica; y gobiernos que siguen ignorando las críticas de la ONU y obstruyendo la acción de la justicia.

Por eso, cuarenta años después de ser rebautizado como Audiencia Nacional, el Tribunal de Orden Público sigue combatiendo a quienes pretenden subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional; persiguiendo a abucheadores, twitteros (y II), raperos (y II). titiriteros y maleantes. En ocasiones, de forma tan desaforada que hasta la Unión Europea ha advertido de que intervendrá si no se respeta el principio de proporcionalidad en las penas. Mientras, los españoles como Dios manda pueden tuitear lo que quieran.

Por eso la policía ni va identificada ni se identifica cuando es requerida, saltándose la ley; y te amenazan si les grabas “trabajando”, aunque sea completamente legal. No se de qué se preocupan, si los jueces son benévolos a la hora de castigar sus “errores” y los gobiernos no dudan en indultar a los pocos que han sido condenados por delitos de torturas, permitiendo que continúen trabajando en las fuerzas de seguridad. Eso si no les condecoran.

Por eso, cuando los jueces penales se muestran escrupulosos en la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos, el Gobierno reforma la ley para que sean órganos administrativos los que impongan sanciones económicas peores que la cárcel prescindiendo de un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE78). Por eso carecemos de un recurso de apelación contra las sentencias por delitos superiores a cinco años o contra las dictadas por la Audiencia Nacional, lo cual ha provocado reiteradas condenas a España del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Todo escrupulosamente legal y democrático, porque a una sociedad que se amoldó al fascismo, que permitió la Transición, que confunde legalidad con legitimidad, moralidad o justicia estas cosas le importan poco. Por eso a muchos nos cuesta sentir orgullo de ser español, español, español. El régimen del 78 tiene un pasado y un presente demasiado oscuro como para sacar pecho, menos aún para hablar de democracia. A la España que quiere respeto, justicia y reconciliación nos repugna que se ensucie la bandera cada vez que quienes abogan por la impunidad y el sometimiento por la fuerza de los que no piensan como ellos se envuelven con ella para jalear a tipos armados que van a agredir a otros compatriotas, en vez detener a los cabecillas de la sedición y cerrar sus medios de comunicación.

Así que acabo el artículo como la empecé: quienes piensen que España es una democracia, por favor, les ruego que la definan y luego me expliquen cómo es posible que todas las cosas que he comentado a lo largo del artículo (y muchas más que he omitido) ocurra en una Democracia. ¿Por qué en España exista una fundación “Francisco Franco”, pero no una “Adolf Hitler” en Alemania. Y no me vengan con que nuestra democracia no es perfecta porque, efectivamente, ni es perfecta, ni es democracia.

Echar a la Casta requiere que te voten hasta las abuelas

Lo decía muy bien Pablo Iglesias a lo largo de la noche electoral: PODEMOS no se ha puesto un techo electoral, nació ganar elecciones creando espacios de convergencia que permitan que tengamos un Gobierno democrático y que los partidos de la casta pasen a formar parte de la historia (dentro vídeo). A pesar de los excelentes resultados [de esta formación], las elecciones las ha ganado el PP, por lo que seguirá habiendo 6 millones de parados, más de 10 millones en situación de pobreza y desahucios todos los días.

Seguía después, ya en su discurso en la plaza del Reina Sofía (empieza en el minuto 54), diciendo que podemos, pero no podemos sólos; a lo que Monedero añadió que en esta causa no sobra nadie y que a nadie se le pide el carné, con estar en la lucha basta. Y es verdad, me consta que ni sobra nadie ni se piden carnés… ni falta que hace, puesto que es evidente de qué pie cojea este nuevo partido.

No se me escapa que la lucha por la Democracia hoy es una lucha contra las nuevas formas de fascismo, entendido como la imposición por el Estado de un modelo económico que redistribuye la riqueza de la población hacia las grandes empresas; ni que la existencia de dicho modelo económico en España hoy es parte del legado dejado por la Guerra Civil, pero tampoco olvido que para culminar una revolución democrática desde las urnas es necesario el apoyo electoral de esa mayoría silenciosa que se asusta fácilmente cuando se toca el tema del (anti)fascismo o la Guerra Civil.

La revolución electoral en ciernes depende de que el Frente Amplio que propone PODEMOS consiga el voto de los mismos que piensan que meterse en política es peligroso, de los que abiertamente te dicen que quieren que sean otros los que decidan por ellos, de los que han nacido y crecido en el franquismo, se creyeron la Transición y siguen informándose por la prensa… visto como funciona el sistema electoral, te tienen que votar hasta las abuelas. Gente que puede entender la fractura social que separa la casta del resto de la población, brecha que PODEMOS explota con éxito y que puede llevarle a la victoria si no espantan a esa mayoría social, que -según Errejón- está lista para convertirse en mayoría política, agitando fantasmas del pasado.

Por eso no puedo sino preocuparme cuando dice Iglesias que quieren acabar con lo viejo justo antes de dar paso al portavoz del partido… ¡que se arranca cantando una copla Republicana de la Guerra Civil!. En momentos puntuales se repiten en la plaza gritos de “no pasarán” mientras la masa levanta el puño cerrado, casi todos sacando pecho como un pez globo porque le hemos robado una salchicha al amo, y no puedo dejar de acordarme del ridículo que hicieron los del PP cuando pasaron del “Pujol enano aprende castellano” a hablar catalán en la intimidad.

Tener ideología supongo que es inevitable, y en momentos de euforia difícil de ocultar, pero que no nos ciegue un millón y pico de votos. El techo electoral de PODEMOS lo marcará gestos como los que vi el 25M, que sólo sirven para desmovilizar al votante moderado de PODEMOS y movilizar al electorado más rancio que se ha quedado en casa.

Poco importa que vayas a salvar al país de las multinacionales si lo que esa abuela que te tiene que votar ve por televisión es que la cuarta fuerza política del país es la reencarnación de las brigadas internacionales y le inducen a pensar que si ganan se acabará el mundo o algo peor. ¿Cuantos falangistas se levantarán de su tumba para votar resucitados por los cánticos de estos mítines? ¿Cuántos simpatizantes de PODEMOS simpatizan con Izquierda Anticapitalista, partido vertebrador de la candidatura Europea?

Si algo han demostrado estas elecciones es que al Santo hay que vestirlo guapo para la procesión. Desgraciadamente, para la gente que puede decidir el resultado de las elecciones la III República, la jerarquía católica, la revolución proletaria o los cadáveres que quedan en las cunetas no son un prioridad. Les importa que el Gobierno les robe el fruto de su trabajo, les deje sin los amigos que marcharon al exilio laboral para no volver, sin la familia que no pudieron formar, y que les obliga a malvivir hasta su -prematura- muerte porque el dinero de las pensiones y los servicios sociales se dedica a pagar los rescates de la banca.

Ese discurso es el que interesa a la población, y no se articula en el eje izquierda-derecha porque son problemas que nos afectan a todos, también a los conservadores que votarían a PODEMOS si tuvieran la certeza de que al hacerlo no van a provocar que ardan las iglesias. En el eje Democracia-Plutocracia apenas hay oferta política donde se ubica la mayoría y sería un error que el Frente Amplio de PODEMOS fuera “de izquierdas”, como propone izquierda unida (Frente Popular 2.0, se ve que no han entendido nada) porque no basta con fagocitar al PSOE y unir a la izquierda, también hay que ganar el centro.

Recordemos que para recuperar la soberanía e instaurar la Democracia hacen falta mayorías que permitan reformar la Constitución, Mayorías de, como mínimo, 3/5. Hace falta el centro y este sólo se puede ganar con un insulso discurso de centro o desde otro eje de coordenadas que se superponga y en el que no haya competencia. Ese eje es el Democracia-Plutocracia y creo que los promotores de PODEMOS lo saben bien, puesto que su discurso se dirige allí.

La batalla por la Democracia no se ganará en el eje izquierda-derecha, así que démosle a esta cuestión el papel secundario que merece porque la democracia no es patrimonio exclusivo de la izquierda como España no lo es de la derecha. Estamos cansados de cansarnos Monedero, cansémonos también de repetir los mismos errores. Guardemos los discursos, consignas y banderas del pasado en el armario y -sin renunciar a esas ideas- ayudemos a los que faltan a unirse a la causa democrática desde la diversidad. Me parece que cambiar las cosas a mejor es más importante que que nos den razón, y la receta del éxito es bien sencilla: luchemos primero por la Democracia sin espantar a nadie con aspavientos ideológicos, y los que quieran que sean de izquierdas después.

Auto-Inmuno-Deficiencia policial

Aparentemente, los cuerpos y fuerzas de seguridad son los únicos que todavía no se han enterado de que se ha perpetrado el mayor fraude electoral de la historia de España (II, III, IV, V, VI y VII) con la intención de desvalijar las arcas públicas recurriendo al derecho internacional para saltarse la reformada Constitución y las leyes. De consumarse, el rescate del sector bancario convertirá a los españoles en esclavos por las deudas de otros… que el Estado asumió en nombre de todos.

Conforme avanza el saqueo, observamos asombrados como la policía acata y cumple con determinación las órdenes de los que nos despojan de derechos sociales, confiscan nuestro trabajo y patrimonio, endurecen las leyes para prohibirnos protestar, y amparan la impunidad de quienes nos atacan por el mero hecho de no resignarnos a contemplar como roban nuestro presente y futuro.

Esta enfermedad social hace tiempo que se conoce en el campo de la medicina. Gracias a esta disciplina sabemos que cuando el sistema inmune ataca al organismo ninguno de los dos sale bien parado… si no llega el tratamiento, el resultado es la muerte. Con los cuerpos y fuerzas de seguridad pasa lo mismo: cuando atacan la base sobre la que se sustentan las instituciones democráticas, se produce la muerte del Estado. Si no empiezan a desempeñar las funciones que le atribuye la Constitución, la ruptura social pronto degenerará en insurrección.

Si no te comportas como policía, no puedes ser considerado como tal

Quizás cuando lograste la plaza tu profesión era una vocación noble y digna, pero habéis hecho con ella lo mismo que los políticos le han hecho a la política. Que en las manifestaciones se coree “Si fuera policía, vergüenza me daría” es el corolario de una larga trayectoria de abusos policiales que cometes o consientes. Ya sabíamos que la policía miente y falsifica sus atestados, “pierde” grabaciones probatorias, incumple su obligación legal de ir identificada y de identificarsepara evitar denuncias falsas, y las verdaderas-, e infiltra agentes en manifestaciones pacíficas que acaban siendo detenidos por sus propios compañeros por provocar altercados (y II) ¿casualidad?.

Lo que no imaginábamos es que sacarais vuestra vena represora a la primera ocasión y con tanto descaro: acosar a personas que hablan de sus cosas en un espacio público esta mal, pero no tanto como realizar detenciones preventivas o por crímenes como leer la Constitución. Tampoco parece propio de una policía democrática fabricar pruebas incriminatorias, imponer el copago al derecho de reunión y manifestación (y II), torturar a los detenidos, censurar testimonios de agresiones, amenazar a la prensa e impedir que documente vuestras impecables intervenciones (II) o dedicarse a sembrar el pánico en la Estación de Atocha (II, III, IV, V y VI) mientras pasan los trenes, sin discriminar entre viajeros y manifestantes.

Uno esperaría que entre quienes supuestamente se dedican ayudar y proteger al prójimo -incluso a riesgo de su propia vida- fueran mayoría los que dan ejemplo con su comportamiento, y exhiben un valor e integridad moral por encima de la media… lamentablemente no es así. Hoy en día policía es sinónimo de arbitrariedad, de abuso de poder y de violencia del Estado; y lo sabéis.

Lejos de tranquilizar, la presencia de la policía inquieta porque sabemos que lo más que se puede esperar de sus agentes es que te den una paliza y te denuncien después. Que la palabra de un policía tenga presunción de veracidad en el ámbito administrativo es tan risible como terrorífico, habida cuenta de cómo utilizáis vuestra condición para quedar impunes de prácticas abusivas y desproporcionadas.

Pero como todos sabemos que el cumplimiento de las leyes sólo es obligatorio para el otro 99% de la población, os hablaré en términos que podáis entender y que demuestran el valor real de la palabra de un policía: Todos los días deshonráis el uniforme faltando al juramento que hicisteis. ¿Cuando os comprometisteis a “guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado” lo dijisteis en serio? ¿Cuándo empezareis a honrar esa promesa? Porque no podemos esperar mucho más.

¿Acaso no dice la Constitución que es vuestra misión “proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades Y garantizar la seguridad ciudadana” (art. 104 CE)? No dice “o proteger, lo que significa que hay que hacer las dos cosas simultáneamente, no poner en peligro la seguridad ciudadana cuando se ejercen pacíficamente derechos y libertades, ni anteponer una cosa a la otra. Sí, ya se que eso es muy difícil, por eso policía no puede ser cualquiera.

Con ello no digo que no se actúe contra los violentos encapuchados que ensucian las pacifestaciones, que son tan pocos que se les podría detener sin alterar el orden público ni la manifestación, evitando así daños personales y materiales. Creo que es una estrategia que os interesa, porque las protecciones integrales que lleváis se ve que no son muy buenas: 27 policías heridos (un 42,19% del total) para detener a 35 personas y disolver los restos de una pacifestación de 6.000 personas máximo (y II). Aunque si esas lesiones son luxaciones varias por excesivo uso de la porra y a policías infiltrados pacificados por error igual no arreglábamos nada.

Tampoco digo que no se disuelvan las reuniones y manifestaciones ilícitas, que son las que se celebren con el fin de cometer algún delito y aquéllas a las que concurran personas con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligroso (art. 513 de Código Penal), así como aquellas en las que se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes, o en las que se haga uso de uniformes paramilitares (art. 5 Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión)… siempre y cuando tal resolución se comunique previamente a los concurrentes en la forma legalmente prevista (mismo art. 5) y se ejecute conforme a la ley. Es decir, en la forma que menos perjudique (art 16.2 Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (LOPSC), y avisando de tales medidas a las personas afectadas (art. 17 LOPSC) ¿Habéis probado a pedir amablemente que se despeje la plaza antes de cargar? Igual os sorprenderían los resultados.

Pero nada, vosotros empeñados en actuar al margen de la ley acatando ordenes que deberíais desafiar o -al menos- ignorar. ¿Acaso habéis olvidado que “en ningún caso, la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las Leyes? (art. 5.1.d LOFCS). Claro, que cuestionar la orden ilegal de un superior requiere de un valor muy distinto del necesario para agredir a manifestantes pacíficos y desarmados a los que luego se acusa de atentado a la autoridad y obstrucción a la justicia mientras se los llevan al hospital, incluso cuando toda ha sido gravado en vídeo.

Sin embargo, por mucho que os deshumanicéis dando palos a estos pacifestantes, imbéciles no sois: sabéis tan bien como nosotros que el gobierno está cometiendo alta traición, que estáis acatando ordenes e imponiendo el cumplimiento de normas en clara contradicción con la Constitución española y -por tanto- sin ninguna fuerza legal; amen del ridículo realizado con la gestión de los detenidos (II, III) a los que se les imputan crímenes imposibles (y II).

También sabéis que vuestra violencia ya no asusta a nadie, ni quedará impune. Cada golpe que dais crea 10 nuevos pacifestantes (ver “ps serio” al final), y vosotros seguiréis siendo los mismos o menos. ¿Que dónde están los refuerzos? Ni los hay ni se les espera, porque el Estado no tiene dinero para más mercenarios ni hay suficiente gente dispuesta a renunciar a su dignidad para ganarse el pan agrediendo a quienes defienden sus mismos intereses. Mejor, así podréis echar más horas extra que muy probablemente no lleguéis a cobrar.

Pedís un trato diferente… y lo vais a tener, porque habéis elegido convertiros en un ejercito ocupante. Espero que todo el mundo os retire el saludo, os deje de hablar, os rehuya, deje de visitar los sitios que frecuentáis y os trate como el cáncer que sois hasta que el ostracismo os haga recapacitar y empecéis a servir con objetividad los intereses generales y actuar con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

Hasta que llegue ese día, seguiré haciendo lo que considero mi deber como ciudadano: desafiar de manera pública y sin violencia a los poderes del Estado con la intención de frustrar las leyes, políticas y decisiones que nos llevan a la ruina. Para ello, reduciré al máximo cualquier conducta que pueda generar ingresos para el Estado y ejerceré mis derechos constitucionales hasta que este sistema político colapse bajo su propio peso. Llegado el caso, también vulneraré la legalidad si fuera necesario, puesto que se ve que su cumplimiento ha dejado de ser obligatorio en este país.

Mientras desarrollo esta labor, entiendo que cualquier persona uniformada que no vaya debidamente identificada, se niegue a identificarse y/o trate de restringir el ejercicio de mis derechos sin causa justificada, de forma desproporcionada o sin observancia de la ley no es agente de policía y, en consecuencia, me reservo el derecho de emplear una respuesta proporcionada en legítima defensa, propia o de terceros.

Nos habéis declarado la guerra; sufrid ahora las consecuencias. ¡Todos los días son #25S! Volveremos hasta que se restaure la democracia en España.


Vídeo © 2012 La Sexta TV
Foto por https://www.facebook.com/14deabril

Reforma Constitucional: Los acreedores primero

La reforma del art. 135 de la Constitución proclama un nuevo derecho: el de nuestros acreedores a cobrar del Estado antes que nadie, lo que obliga a financiar los servicios públicos con el dinero que sobre después del pago de la deuda y sus intereses.

¿Qué país soberano antepondría a sus acreedores antes que a sus ciudadanos? Pues ninguno. Por desgracia, nos exigen garantías adicionales para seguir prestándonos, y necesitamos más dinero pese al mucho que ya nos han prestado, y que no está claro que vayamos a poder devolver.

El pasado 23 de agosto Zapatero convocaba al Congreso para anunciar, por sorpresa, la presentación de una reforma de la Constitución con la que fijar el límite de déficit del Estado, y garantizar la “estabilidad presupuestaria” por mandato constitucional. La iniciativa, pactada previamente con Rajoy y respaldada por la Unión Europea, se concretó en apenas 48 horas, y se está tramitando de manera urgente para que entre en vigor antes de que se disuelvan las Cortes.

En apenas 10 días, la idea que lanzaba Zapatero se ha concretado en una propuesta aprobada por PP, PSOE y UPN: una celeridad asombrosa para una medida que, aunque se apruebe ahora, no entrará en vigor hasta 2020 y que, de todas formas, es innecesaria, puesto que el déficit de Estado ya se encuentra limitado por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El artículo 126 de dicho Tratado establece que “los Estados miembros evitarán déficits públicos excesivos“, entendidos como el 3% del PIB para el déficit anual, y del 60% del PIB para la Deuda pública acumulada; criterios que se aplican desde que se introdujera esta disposición en el Tratado de Maastricht, en 1992.

Entonces, ¿qué necesidad hay de Constitucionalizar el límite del déficit precisamente ahora? Pues ninguna, como muy bien señaló Josu Erkoreka, ya que “los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno” (art. 96.1 CE) y “corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados” (art 93 CE). De hecho, en virtud de esos mismos tratados, la Comisión Europea revisa todos los años los proyectos de Presupuestos Generales del Estado antes de que se presenten al Parlamento español.

Lo que la reforma esconde

Quizá la razón por la que se opta por una reforma exprés y sin referéndum, que ha salido adelante con los únicos votos del PPSOE mientras más de la mitad de las fuerzas políticas con representación parlamentaria han decidido no participar en la votación, se encuentre en el futuro artículo 135.3 de nuestra Constitución:

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad ABSOLUTA….

Prioridad absoluta, lo han leído bien. Es decir, que si en el futuro el Estado español no tiene suficiente dinero para pagar su deuda y los servicios públicos, deberá priorizar el pago de la primera a costa de los segundos. Lo que proponen PP, PSOE y UPN es que la Constitución proclame un nuevo derecho: el de nuestros acreedores a cobrar del Estado antes que nadie, lo que obliga a financiar los servicios públicos con el dinero que sobre después del pago de la deuda y sus intereses.

¿Qué país soberano antepondría a sus acreedores frente a sus ciudadanos?… pues ninguno. Por muy loables que sean el equilibrio presupuestario y la reducción del déficit como políticas para garantizar la viabilidad económica del Estado del Bienestar, y la capacidad de respuesta pública frente a las crisis económicas, ningún gobierno en su sano juicio optaría por constitucionalizar semejante derecho. Por desgracia, no nos encontramos en posición de elegir, puesto que seguimos necesitando dinero pese al mucho que ya nos han prestado, y que no está claro que vayamos a poder devolver.

Nuestros amigos europeos ha solicitado garantías adicionales antes de seguir comprando deuda pública española y las tendrán, ya que esta disposición entrará en vigor en cuanto se apruebe la modificación en unas semanas, no en 2020. Con ella, se supedita el Estado del Bienestar a la capacidad de quienes nos gobiernen para contener el despilfarro y la descapitalización de lo público, algo que han demostrado ser incapaces de hacer durante las últimas décadas… cuando no quede nada privatizable habrá que empezar a cerrar hospitales y/o subir otra vez los impuestos a quienes los pagan, como ya nos han anunciado.

Lástima que, habiendo alternativas, casi veinte millones de españoles se empeñen en seguir votando a quienes han demostrado ser meros testaferros de los poderes económicos, incapaces por tanto de subir los impuestos a lo ricos y a las empresas, combatir el fraude fiscal y optimizar el gasto de nuestro raquítico sector público… empezando por desinflar los concursos que adjudican a quienes les patrocinan. De lo que la ciudadanía elija el 20N depende que España se convierta en esclava de sus acreedores, como quieren PP y PSOE, o se se desrreforme el artículo 135 de la Constitución para recuperar la soberanía a la que han renunciado por su incapacidad de gobernarnos.

Demócratas antisitema

Las movilizaciones del 15M han congregado en las plazas de toda España a miles de personas reclamando -al unísono- una democracia real a pocas horas de que se celebre otra “fiesta” en su nombre, pero sin su presencia. Mientras, desde la clase política y los medios, se alzan las voces de quienes dicen comprender la indignación generalizada al mismo tiempo que tachan de antisistema a los miles de participantes que exigen -pacíficamente, con un nivel de civismo digno del más idealizado país nórdico y, muchos de ellos, sin saberlo- que se cumpla la Constitución. Yo soy uno de ellos.

Mi delito es haberme leído -y creído- la Constitución Española de 1978 -panfleto reaccionario donde los haya-, y ser capaz no solo de discernir las graves incongruencias entre los planos y lo realmente construido, sino también de decir sin vergüenza ni exaltación lo que se lleva mascullando en la sociedad desde hace años. ¿Acaso mentimos cuando afirmamos que España no es una Democracia? ¿De verdad alguien puede pensar que en este país manda (-cratos) el pueblo (demos-)?

Gente de todo tipo y condición hemos tomado las calles pidiendo cosas que hace ya 32 años que deberíamos tener. Anónimos/as ciudadanos/as exigimos libertad, justicia, igualdad y pluralismo político… supuestamente, los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico (art. 1.1 de la Constitución). Y lo tenemos que hacer con el temor de que la policía decida en cualquier momento cargar contra nosotros para disolverlos… parece que volviéramos a 1975.

¿Cómo se puede considerar peligrosas a personas que demandan que los partidos políticos funcionen y se estructuren internamente conforme a principios democráticos, y cumplan con su papel constitucional sirviendo tanto para expresar el pluralismo político que hay en este país, como para formar y manifestar la voluntad popular? (art. 6 CE). ¿Qué hay de malo en decidir participar en los asuntos públicos directamente, en vez de a través de representantes, tal y como prevé el artículo 23.1 de la Constitución?

¿Por qué es reaccionario desear de que todos contribuyan al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica (art. 31. CE); querer ejercer el derecho al trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer nuestras necesidades y las de nuestras familias (art. 35 CE); aspirar a que los poderes públicos promuevan el progreso social y económico para lograr una distribución de la renta más equitativa y el pleno empleo (art. 40 CE); o pretender que garanticen la suficiencia económica de los ciudadanos durante la tercera edad mediante pensiones adecuadas, y periódicamente actualizadas (art. 50 CE)?.

¿Desde cuando es un problema reivindicar que esos mismos poderes promuevan el acceso a la cultura, a la que todos tenemos derecho (art. 44.1 CE), y garanticen la defensa de nuestros derechos como consumidores y usuarios (51.1 CE)?; ¿o procuren -con nuestra colaboración- que disfrutemos de un medio ambiente adecuado para nuestro desarrollo (art. 45.1 CE) y de una vivienda digna? (art 47 CE). ¿En qué momento se olvidaron de que la comunidad debe participar en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos (art. 47 CE)?.

¿Por qué pretender que las Cortes Generales representen al pueblo español, no porque lo diga la Constitución (art. 66.1 CE), sino porque sea una realidad constatable; que la disciplina de voto no se confunda con mandato imperativo (67.2 CE); que el sistema electoral atienda a criterios de representación proporcional (68.3 CE); que las proposiciones de Ley presentadas mediante iniciativa legislativa popular sean tomadas en serio (art. 87.3 CE); o que las decisiones políticas de especial trascendencia sean sometidas a referéndum, aunque sea consultivo (art. 92.1) te convierte automáticamente en “antisistema”?

¿A quién puede extrañar que se reclame a la Administración Pública que sirva con objetividad los intereses generales (art 103.1 CE); a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, que cumplan con su misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, y garantizar la seguridad ciudadana (art 104.1 CE); a los Jueces y Magistrados, que administren la justicia emanada del pueblo de forma independiente, responsable y sometiéndose únicamente al imperio de la Ley (art 117.1 CE); al Ministerio Fiscal, que promueva la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público… y vele por la independencia de los Tribunales (art. 124.1 CE); y al Tribunal de Cuentas, que fiscalice la gestión económica del Estado y del sector público? (art. 136.1 CE).

Pues muchas de estas reivindicaciones son las que se escuchan por toda España en improvisadas asambleas de gente corriente, expresadas con otras palabras. Personas que pretenden -aunque seguramente no lo sepan- que se cumpla la Constitución siempre y para todos igual-, no sólo cuando interesa. Personas que se sienten atacadas por un sistema que no es el que se pactó en 1978 y que, desde luego, la mayoría no pudo ni votar (concretamente el 67,86% de la población).

Los verdaderos antisistema

No hace falta ser muy listo/a para darse cuenta de lo que puede estar pasando cuando una Junta Electoral se extralimita en sus funciones y ordena disolver grupos de ciudadanos que ejercen legalmente sus derechos de expresión y de reunión pacífica y sin armas, aplicando para ello la normativa correspondiente a los actos de campaña (art. 53 y 54 LOREG) pese a que las manifestaciones ni estaban organizadas por un partido político, ni en ellas se pedía el voto a favor ni en contra de nadie.

O cuando la policía disuelve ilegalmente -es decir, sin que concurra alguno de los motivos legalmente previstos para ello- manifestaciones sin respetar ni su propio reglamento (comentarios), empezando por ir debidamente identificados, mientras el ayuntamiento censura las cámaras de tráfico en un inútil intento de evitar que nos enteremos de cómo la policía agrede a gente pacífica e indefensa (II y III, aunque youtube está repleto de vídeos similares).

Hemos llegado al punto en el que todo el que no va en coche oficial es sospechoso de antisistema; en el que el ejercicio de nuestros derechos constitucionales nos convierte en delincuentes; en el que se ha renunciado a hacer valer el Estado de derecho y se aplica la ley sólo contra aquellos que todavía la respetan, y en el que el Estado instiga los desordenes públicos con su desprecio manifiesto a los más esenciales principios democráticos.

Si uno de las misiones de toda Constitución es limitar el poder del Estado -especialmente contra los ciudadanos- creo que podemos decir abiertamente que la de 1978 ha fracasado, al menos en este punto. La dictadura se fue, pero la Democracia nunca llegó a este país, y las libertades que nos concedieron eran solo para ejercitarlas donde y cuando no molesten a nadie; ahora lo sabemos.

Cuando quienes diseñaron el pacto constitucional no son capaces -ni parecen tener intención- de cumplirlo… y enciman tienen el valor de llamar antisistema / indignado a quien pretenda que sea tengan a las reglas que ellos mismos redactaron, el colapso es inevitable. Si les parece que los mercados financieros no son nada comprensivos, les queda por ver lo mejor. El sistema en nuestro: lo pagamos con nuestros impuestos y lo legitimamos con nuestros votos, así que será como quiera la ciudadanía… o no será.

Quienes pretendan defender este Estado que han construido para uso y disfrute particular, sepan que les plantaremos cara en las plazas y en las urnas, si sus leyes no lo impiden. En este país somos muchos los que tenemos férreas convicciones democráticas, poco que perder, y mucho tiempo libre a nuestro pesar… sobran demócratas antisistema para hacer una revolución pacífica y legal que restaure el orden constitucional.

Hastag: #democrataantisistema

La otra barrera electoral

Me entero por el BOE, gracias al aviso de I’m Dario, de algo de lo que -según parece- no se han informado en los medios de comunicación. Resulta que, a partir de ahora, a las elecciones al Congreso y al Senado:

Los partidos, federaciones o coaliciones que no hubieran obtenido representación en ninguna de las Cámaras en la anterior convocatoria […] necesitarán la firma, al menos, del 0,1 % de los electores inscritos en el censo electoral de la circunscripción por la que pretendan su elección. Ningún elector podrá prestar su firma a más de una candidatura” (art. 169.3 LOREG)

Aunque pueda parecer que no son muchas firmas, la consecuencia de esta ley es que, en el futuro, mientras los precandidatos de los partidos con escaño preparan sus programas electorales, el resto estarán mendigando firmas entre una ciudadanía totalmente desencantada con la política y los políticos, que ha tirado la toalla.

Será más fácil cumplir el trámite en aquellas circunscripciones en las que hay menos escaños (y posibilidades de conseguir uno) que en aquellas otras en las que el valor del mismo está cercano a la barrera electoral del 3%, únicos lugares donde hay una mínima posibilidad de conseguir un escaño en igualdad de condiciones con los partidos más votados. Así, para poder presentarse a las elecciones en Madrid y Barcelona, habrá que reunir -al menos- 4490 y 3980 firmas respectivamente … o presentarse por un partido con representación en las Cortes.

Ya resultaba bastante difícil competir en unas elecciones en las que a los ganadores se les abona el importe íntegro de sus gastos de campaña, mientras que al resto se le da poco o nada; en las que los medios de comunicación sólo cubren las “noticias” de los grupos políticos relevantes para sus intereses; y en las que el sistema electoral castiga tan duramente a las minorías para facilitar la gobernabilidad. Sin embargo, estos obstáculos no impidieron que el número de candidaturas presentadas al Congreso y al Senado en 2008 aumentaran más de un 30% respecto a las elecciones anteriores.

Desgraciadamente, en 2012 el panorama será bien distinto. Si antes de esta reforma ya había candidaturas de primera y segunda, después de su entrada en vigor podemos decir que se acabaron los pobres en la política: quienes no tengan escaño ni puedan movilizar unos cuantos de miles de firmas en el plazo y forma que estipule la administración electoral ni siquiera podrán participar en el proceso. Si antes los medios se encargaban de filtrar las ideas “que no interesan”, ahora ni siquiera se podrán plantear en campaña y someterse a votación.

Por un puñado de firmas

Tomando los datos de las pasadas elecciones, observamos que sólo hay 5 partidos en Madrid (de 37) y 10 en Barcelona (de 32) que hayan obtenido más votos que firmas serán necesarias para poder concurrir a las próximas elecciones. De los cuales, más de la mitad no necesitarán presentarlas, ya que cuentan con -al menos- un/una diputado/a o senador/a que les exima del trámite en todas las circunscripciones.

Partidos políticos que lograrán presentarse al Congreso tras la reforma
PartidoMadridBarcelona
PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL1.401.7851.309.171
PARTIDO POPULAR1.737.688470.677
CONVERGENCIA I UNIO547.993
IZQUIERDA UNIDA / INICIATIVA PER CATALUNYA VERDS-ESQUERRA UNIDA164.595155.674
ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUNYA184.558
UNION PROGRESO Y DEMOCRACIA132.0955.179
CIUTADANS-PARTIDO DE LA CIUDADANIA¹24.220
LOS VERDES-GRUPO VERDE / ELS VERDS – L’ALTERNATIVA ECOLOGISTA¹10.87512.561
LOS VERDES COMUNIDAD DE MADRID¹9.925
PARTIDO ANTITAURINO CONTRA EL MALTRATO ANIMAL¹4.7558.153
PARTIT REPUBLICA CATALA¹4.250
¹ Partido que deberá reunir firmas menos firmas que votos obtuvo en 2008
Fuente: Ready for tomorrow

En el conjunto de la nación, de los 92 partidos que se presentaron al Congreso y al Senado en 2008, 82 tendrán que recoger firmas, y la inmensa mayoría no logrará presentarse porque obtuvieron menos votos anónimos que firmas autenticadas (con los datos personales de los firmantes) deberán recoger. Si analizamos la situación de cada circunscripción, veremos que el número de candidaturas en peligro de extinción supera el 50% en casi todas ellas.

Candidaturas políticas al Congreso en peligro de extinción (2012)
CircunscripciónCandidaturas ’08Candidaturas sin ParlamentariosCircunscripciónCandidaturas ’08Candidaturas sin Parlamentarios
Necesitan firmasVotos < 0,1% elect.Necesitan firmasVotos < 0,1% elect.
A Coruña17 (100%)12 (70,58%)10 (58,82%)La Rioja18 (100%)14 (77,77%)12 (66,66%)
Álava20 (100%)15 (75,00%)8 (40,00%)Las Palmas24 (100%)19 (79,16%)16 (66,66%)
Albacete18 (100%)14 (77,77%)10 (55,55%)León24 (100%)20 (83,33%)17 (70,83%)
Alicante27 (100%)23 (85,18%)16 (59,25%)Lleida28 (100%)22 (78,57%)19 (67,86%)
Almería20 (100%)16 (80,00%)13 (65,00%)Lugo16 (100%)11 (68,75%)9 (56,25%)
Asturias29 (100%)25 (86,20%)22 (75,86%)Madrid37 (100%)33 (89,19%)30 (81,08%)
Ávila25 (100%)21 (84,00%)20 (80,00%)Málaga21 (100%)17 (80,95%)12 (57,14%)
Badajoz17 (100%)13 (76,47%)9 (52,94%)Melilla8 (100%)5 (62,50%)3 (37,50%)
Barcelona32 (100%)26 (81,25%)21 (65,62%)Murcia22 (100%)18 (81,81%)16 (72,72%)
Burgos26 (100%)22 (84,61%)17 (65,38%)Navarra21 (100%)16 (76,19%)11 (52,38%)
Cáceres20 (100%)16 (80,00%)12 (60,00%)Ourense16 (100%)11 (68,75%)9 (56,25%)
Cadiz18 (100%)14 (77,77%)10 (55,55%)Palencia19 (100%)15 (68,75%)11 (56,25%)
Cantabria20 (100%)16 (80,00%)13 (65,00%)Pontevedra17 (100%)12 (70,58%)9 (52,94%)
Castellón28 (100%)23 (82,14%)17 (60,71%)Salamanca22 (100%)18 (81,82%)16 (72,73%)
Ceuta11 (100%)7 (63,63%)3 (27,27%)Sta C. Tenerife24 (100%)19 (81,82%)15 (72,73%)
Ciudad Real20 (100%)16 (80,00%)15 (75,00%)Segovia23 (100%)19 (82,61%)16 (69,57%)
Córdoba18 (100%)14 (77,77%)11 (61,11%)Sevilla19 (100%)15 (78,95%)12 (80,00%)
Cuenca19 (100%)15 (78,95%)14 (73,68%)Soria17 (100%)13 (76,47%)7 (41,18%)
Girona28 (100%)22 (78,57%)16 (57,14%)Tarragona28 (100%)22 (78,57%)18 (64,29%)
Granada22 (100%)18 (81,82%)15 (68,18%)Teruel21 (100%)17 (80,95%)14 (66,67%)
Guadalajara23 (100%)19 (82,61%)15 (65,22%)Toledo22 (100%)18 (81,82%)16 (72,73%)
Guipuzcua19 (100%)14 (73,68%)9 (47,37%)Valencia28 (100%)22 (78,57%)16 (57,14%)
Huelva17 (100%)13 (76,47%)9 (52,94%)Valladolid21 (100%)17 (80,95%)11 (52,38%)
Huesca21 (100%)17 (80,95%)13 (61,90%)Vizcaya21 (100%)16 (76,19%)10 (47,62%)
Islas Baleares20 (100%)16 (80,00%)11 (55,00%)Islas Baleares17 (100%)13 (76,47%)9 (52,94%)
Jaen19 (100%)15 (78,95%)13 (68,42%)Zaragoza23 (100%)19 (82,61%)14 (60,87%)

Puede que nadie vaya a echar de menos a estos partidos tan poco votados, pero no me parece que sea lo que España necesita en un momento en el que el barómetro del CIS sitúa, por enésimo mes consecutivo, a la clase política y a los partidos políticos como tercer problema de España, y dos tercios de los encuestados consideran que la situación política general de España es mala o muy mala.

Conviene recordar que necesitamos a estos partidos sin representación porque, al depender menos del sistema, son los únicos en posición de cambiar los aspectos más disfuncionales del poder, y plantear las reformas más ambiciosas. Sólo quienes se presentan pueden incluir en la agenda política temas nuevos, que otros partidos no quieren abordar; y sólo quienes se presentan pueden gobernar, o empujar a quienes lo hagan en la dirección deseada.

Incluso sin parlamentarios, el papel de estos partidos es igualmente importante como termómetro del sentir de la población respecto de la(s) fractura(s) social(es) que traten de explotar. Partidos como el PACMA han logrado, con unos miles de votos, incorporar a la agenda política el asunto del maltrato animal, e influir en la opinión pública SIN OBTENER REPRESENTANTES. Si lo han conseguido ha sido, precisamente, por dirigirse hacia una de esas fracturas latentes, pero con suficiente potencial electoral, que ningún partido establecido consideraba importante hasta que aparecieron ellos. ¿Que ocurriría si futuros PACMAs no pudieran presentarse por culpa de las firmas?

Para mi está claro que esta nueva medida es un clavo más en el ataúd de la democracia de mínimos que tenemos, cuyo desarrollo está siendo bloqueado por los partidos que se alternan en el poder. Parece que para mantener el status quo ya no es suficiente con desmovilizar sistemáticamente a la población y esconder las alternativas. A pesar de todo, la gente se sigue politizando conforme crece la indignación hacia la defensa numantina que “los herederos de la Transición” hacen de su fuerte. Cualquier concesión que se les arranque se logrará cuando no quede otra opción, y sólo de forma temporal, hasta que se les ocurra como retorcer las leyes para recuperarla.

Los problemas de España con la política y los políticos están enquistados. No van a resolverse sólos ni a desaparecer, y sólo se pueden solucionar por la vía política o la violenta. En el primer escenario, los micro-partidos podrían ser el germen de nuevas alternativas y, con un poco de suerte y unos pocos de votos, impulsores de un cambio cada vez más demandado. Obstruyendo su participación en los procesos electorales se petrifica un sistema que ya es disfuncional hoy, y nos conduce a la segunda vía, porque cada vez será más difícil que aparezcan nuevos partidos, y no se podrá votar a los micropartidos existentes cuando hagan falta o interesen.

A corto plazo, tendrán dificultades para recoger las firmas porque son desconocidos, y serán desconocidos porque no tendrán las firmas para poder presentarse. A largo plazo, su incapacidad para formar candidaturas acabará por provocar su disolución, ya que un partido político que no se puede presentar a las elecciones más importantes no tiene mucho sentido (salvo que sea local).

Menos competencia, peor política

Cuando llegan las elecciones, diferentes propuestas y modelos de gestión compiten por obtener nuestra confianza; entablando -para ello- un debate del que nosotros -como ciudadanos- esperamos obtener lo máximo posible. Para que así sea, resulta fundamental que en ese debate las candidaturas compitan verdaderamente entre sí; porque -cuando no hay competencia- disminuye el nivel de autoexigencia de los políticos, y la calidad de las ofertas que nos hacen.

Si los que no votan siguen sin votar, y los que lo hacen son cautivos de una única opción, quienes resulten elegidos no tendrán muchos motivos para variar su comportamiento de los últimos años. Por eso considero necesario que -a las elecciones- concurran tantas candidaturas como sea posible; ya que, si hay que optar por una opción cerrada, que al menos haya la máxima variedad entre las que elegir.

Menos alternativas supone menos democracia, menos competencia, y peor política. Los ciudadanos tenemos derecho a unas elecciones competitivas y plurales; en las que -quien quiera- pueda participar y proponer su proyecto con libertad. A la vista de los datos expuestos, no parece descabellado suponer que basta requerir las firmas de un 0,1% de los electores para reducir drásticamente el número de alternativas que se presentarán, y para restringir de nuevo nuestra libertad de elegir.

A estos micro-partidos ya se les había excluido de los espacios publicitarios gratuitos en televisión y radio. Bastaría unificar la papeleta de voto (para ahorrar en papel) y el envío de la propaganda elecotral (evitando que el censo caiga en manos de irresponsables) para que la presentación de más candidaturas no suponga ningún coste ni problema logístico. Pero se ve que es más fácil poner trabas a quienes menos posibilidades tienen de superarlas que pensar soluciones que respeten los derechos de todos.

La Constitución y sus defensores

A estas alturas, todos sabemos que la Constitución es un documento de mínimos, cuya única función era cambiar el sistema político español lo justo para que todo siguiera igual… y nos permitieran entrar en Europa. Lo que se afirma en ella no está para cumplirse, salvo que quienes se vean afectados tengan el tiempo y el dinero necesarios para hacerla valer en los tribunales; y son los poderes del Estado (en esta ocasión, el legislativo) quienes más la pisotean.

Considero que no hay cabida para el requisito de las firmas dentro de un Estado (supuestamente social y democrático de Derecho) que propugna el pluralismo político como uno de los valores superiores de su ordenamiento jurídico (art. 1.1 CE), y que atribuye a los partidos -como instrumentos fundamentales para la participación política que son- la misión de expresar dicho pluralismo concurriendo a la formación y manifestación de la voluntad popular en las elecciones (art. 6 CE).

En virtud de la misión atribuida a este tipo de organizaciones, me parece inconstitucional exigir a los partidos políticos -y a los candidatos que integran sus listas- que justifiquen su derecho a concurrir a los procesos electorales mediante la realización de trámites previos, como el propuesto. Aceptar algo así no sólo supone la reducción del contenido del principio de pluralidad política. También constituye una violación del principio de igualdad ante la ley (art 14 CE), y del derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos (art 23.2 CE), porque se discrimina a quienes se integren en las candidaturas de partidos políticos que no tenga representación en las Cortes, ni medios suficientes para satisfacer el requisito de las firmas (del que, casualmente, están exentos los primeros).

En mi opinión, no corresponde a la ley excluir a ninguna opción política de ningún proceso electoral al que quiera concurrir por no contar con “suficientes” apoyos previos entre la población, o suficientes medios económicos. Corresponde a la ciudadanía decidir, con sus votos, la relevancia que merezca cada formación y proyecto político en función de si los temas que plantea son prioritarios, si sus propuestas son interesantes y, en general, en función de la capacidad percibida en cada opción para desarrollar un programa de gobierno que satisfaga a los electores. No se puede correr el riesgo de descartar alternativas mejores sólo por su incapacidad para superar trabas administrativas.

Por todo ello, ruego a quienes lean esto que escriban a la defensora del pueblo solicitándola que interponga, cuanto antes, recurso de incostitucionalidad contra la reforma del artículo 169.3 LOREG en defensa de la pluralidad política, del derecho de sufragio pasivo, de la igualdad ante la ley, de la democracia, la Constitución y del pueblo al que defiende. He preparado el siguiente documento para que, quien quiera, lo use como le parezca.

» Carta a la defensora del Pueblo – Asunto: Recurso Inconstitucionalidad LOREG 169.3
» Respuesta de la Defensora del pueblo: va a ser que no

La democracia es muy frágil: su defensa no puede dejarse para mañana ni delegarse en otros. Ya hemos perdido muchas oportunidades de defender nuestros derechos, y cada vez nos quedan menos. Actúa online ahora

HashTAG: #Sin1xMil – http://bit.ly/eoi1G6

La gestión deficitaria, las malas leyes y los juicios lentos provocan el cierre del Metro de Madrid

Ayer y hoy Madrid -una ciudad de 3,25 millones de habitantes- se ha despertado sin metro, algo que no pasaba desde 1987, y la primera vez en día laborable. Esta es la respuesta de los trabajadores a la reducción de un 5% en sus sueldos que aprobó recientemente la Comunidad de Madrid (CAM), haciendo extensivo a todos los empleados de empresas públicas el decreto ley del gobierno por el que se recortaba el sueldo de los funcionarios, y que -en principio- no les iba a afectar, puesto que los empleados de Metro no son funcionarios.

En vez de eliminar la bonificación del 1% sobre el tramo autonómico del IRPF, del 99% sobre el impuesto de sucesiones, perseguir el fraude fiscal, reducir a la mitad las dietas, los cargos de libre designación y demás despilfarro público; o, incluso, congelar la expansión y renovación de la red de metro para reducir el déficit creado por la gestión del gobierno autonómico, la Asamblea de Madrid ha optado por lo fácil: reducir el sueldo a sus trabajadores, contraviniendo el convenio colectivo y los pactos acordados previamente, hace apenas unos meses.

La estrategia adoptada por los trabajadores para combatir este atropello sin duda molestará a más de uno, que hubiera preferido una huelga de tornos caídos. Por desgracia, esta opción ejerce poca presión sobre Metro, ya que la empresa sólo perdería la recaudación de los billetes sencillos y metrobuses (40,93% según la memoria de 2008; con la estructura de tarifas actual, probablemente mucho menos). Eso sí, los empleados seguirían cobrando y los viajeros felices.

La opción de huelga “domesticada”, es decir, con cumplimiento de los servicios mínimos abusivos (del 50%), no sólo no afecta a la empresa, sino que encima la beneficia: supone una bajada sustancial de los costes operativos (menos trenes y consumo eléctrico, más la penalización a los huelguistas) sin apenas reducción de los ingresos (salvo algún usuario de metrobus/sencillo disuadido por las aglomeraciones… los de abono pagan igual). Seguro que a la empresa le gustaría una huelga permanente con servicios mínimos del 50%, que es el futuro del metro privatizado.

Por último, la huelga total -“salvaje” la llaman- supone una bajada sustancial de los costes operativos de la empresa (~60/90% de los costes variables) y reducción mínima del 35% de los ingresos [1] (usuarios de metrobus y sencillo), y potencial del 100%… suponiendo que el más de 65% de los usuarios de abono transporte ejerciten su derecho a solicitar la devolución de la parte proporcional del importe del abono, generando de paso un ataque distribuido de denegación burocrática -DDoB, que original- cuyos costes corren a cargo de la empresa y los usuarios.

Así que, visto la distribución de ingresos de Metro de Madrid, los huelguistas se enfrentan a una decisión perder-o-perder… y han optado por la que más afecta a la empresa, aun a riesgo de poder ser despedidos por incumplir los servicios mínimos cuando hay un 20% de paro; y enfrentarse a una parte no despreciable de los usuarios, que anteponen su “derecho” a viajar en metro al derecho, constitucionalmente protegido, de ir a la huelga ante al decisión unilateral -y contraria a la ley- de romper el convenio colectivo previamente pactado.

Mientras, la Comunidad de Madrid, en su linea habitual, trata de presentarse como víctima inocente del conflicto entre estos huelguistas “salvajes” y el Gobierno de España, cuando ha sido la propia CAM la que han decidido extender el Decretazo a los empleados de Metro “porque-sí”, y la que ha extendido y renovado la red de metro durante años, muy por encima de lo justificable en función del incremento en la demanda -ahora estancada o en retroceso- y de la viabilidad económicas del propio servicio.

Esto no supondría mayor problema para cualquier gobierno responsable, dispuesto a asumir el coste de un servicio público deficitario, pero que genera otros beneficios. Sin embargo, parece que al Gobierno de Esperanza Aguirre se le ha ido la mano con el gasto y las rebajas de impuestos, pero no está dispuesto a aguantar la carga de su deuda. Así que, ¿para qué queremos tener el mejor metro del mundo, si no podemos mantenerlo?.

A la vista del historial y el estilo de gestión del PP, todo parece indicar que se trata de un típico caso de creación de un déficit suficiente para justificar su privatización, que, no nos engañemos, es a lo que se dedican los gobiernos tanto del PP (expertos en privatizar), como los del PSOE (expertos en déficit)… y respaldan los madrileños elecciones tras elecciones.

Eso sí, mientras lloran, la consejería de transportes y Metro ya han iniciado los procedimientos sancionadores para que caiga todo el peso de la ley sobre los huelguistas silvestres, esa misma que ellos incumplen. Por su parte, Solidaridad Obrera, sindicato con fuerte presencia en Metro (que rechaza las subvenciones y revoca del cargo a los delegados sindicales si no cumplen diligentemente su tarea) avisa de que “a partir del uno de julio huelga indefinida […] ellos verán lo que hacen“.

La centrifugadora de mierda está adquiriendo velocidad y empieza a salpicar a todo el mundo. En los próximos meses veremos huelgas similares en muchos mas sectores, denunciando las soluciones que se aplicarán para intentar resolver los excesos que tenían que haberse frenado y combatido en la época de bonanza.

Malas leyes y juicios lentos

La situación de Metro ejemplifica bastante bien como funciona nuestra presunta democracia, algo especialmente interesante para aquellos ingenuos que creen que tenemos derechos, cuando resulta que la Constitución sólo se aplica cuando interesa al poderoso. Mientras que la Comunidad de Madrid vulnera tranquilamente la Constitución (Art 37.1: “La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios, y la Empresa establece unos servicios mínimos injustificados –como así reconocen diversas sentencias [2]- los trabajadores ven vulnerado su derecho constitucional a la huelga (Art. 28.2 CE)… ¿de qué sirve que, varios años después, una sentencia anule las resoluciones que establecen los servicios mínimos por abuso de ley?

Vista la reincidencia de la empresa y la Comunidad de Madrid, los trabajadores -cansados de que se rían en su cara- han optado en esta ocasión por romper la baraja: si no se va a cumplir a ley, no se cumple ninguna, y que arda Madrid. Esta es la consecuencia de las decisiones políticas que hacen imposible obtener sentencia firme sobre la resolución de servicios mínimos antes de la huelga, y que permiten el fraude de ley a la hora de establecerlos. Si la maquinaria legal es incapaz de defender adecuadamente los derechos y libertades ciudadanas -establecidos en la Constitución- habrá que defenderlas por otros medios, como siempre se ha hecho.

El verdadero problema aquí no es el cierre del Metro, sino, “[…] la excesiva gubernamentalización y unilateralidad, la absoluta exclusión de los representantes sindicales, la ausencia de mecanismos de mediación y arbitraje, la ineficacia del control judicial sobre los Decretos de servicios mínimos [que], junto a prácticas irregulares y frecuentes como las delegaciones de facultades “en cascada” y el establecimiento de servicios mínimos abusivos, han materializado no sólo formas de lesión del derecho de huelga y de otros derechos constitucionales de los usuarios, sino también y fundamentalmente la constancia empírica de la absoluta ineficacia del modelo normativo existente en este ámbito de los servicios esenciales”, como muy bien resume Martin Aguado en Derecho de Huelga: por una regulación garantista y avanzada.

Si alguien quiere buscar responsables de lo que está pasando, habría que empezar por quienes ha votado a los políticos que, en 32 años, no han tenido tiempo para aprobar una Ley Orgánica que sustituya al Real Decreto Ley 17/1977 (preconstitucional), unifique la doctrina judicial y las legislaciones autonómicas, y establezca unos baremos y mecanismos adecuados para que se respeten los artículo 28.2 y 37.2 de la Constitución. Casualmente, serán los mismos que han “elegido” los diferentes gobiernos que han generado la gestión deficitaria cuyas consecuencias ahora empezamos a pagar y que han decidido que la justicia en España no funcione. Probablemente, muchos de ellos también estarán quejándose en estos momentos de lo “insolidarios” y canallas que son los trabajadores del metro.

Motivos para alegrarse

La parte positiva de todo esto es que abre posibilidades para todos. Por lo pronto, Metro de Madrid y la CAM consiguen ahorrar ese dinero que tanto necesitan, ya que el cierre diario supone un ahorro teórico del 0,27% diario (1/365) de los costes totales (luz, sueldos, limpieza, seguridad). En 18 días de huelga total alcanzarán el 5%. Además, la huelga permitirá ocultar la provocada insostenibilidad de la gestión económica del Metro, que servirá de escusa para la eventual privatización del servicio, y/o futuras subidas del precio del billete. Por su parte, los trabajadores probablemente no sufrirán represalias graves y/o lograrán defender sus derechos laborales.

El resto de los mortales, aunque hayamos tenido que madrugar, gastar algunos eurillos extra en transporte, y llegado un poco más tarde a su puesto de trabajo, recibimos a cambio la oportunidad de aprender valiosas lecciones como, por ejemplo:

  1. Que no hay que dar nada por seguro. El futuro es imprevisible, y lo que hoy funciona mañana no puede existir, por lo que hay que tener un plan alternativo para tal eventualidad. Esta vez ha sido el metro, pero ¿y si lo que faltara fuera el agua, la electricidad o los alimentos? ¿Estamos “listos para el mañana”?… Quizás deberíamos preparar algo.
  2. Que la política nos afecta, queramos o no, porque todas las decisiones políticas tienen consecuencias globales a largo plazo (Falta de tutela del Derecho a huelga + Gestión deficitaria » Cierre del metro). No es suficiente con no votar a los políticos negligentes, hay que combatirlos activamente, porque todos los días siembran problemas que acabarán por golpearnos. “El futuro se decide hoy”.
  3. Que la Constitución no está para cumplirse, que la legislación que la desarrolla es manifiestamente mejorable, y los tribunales no garantizan una tutela judicial eficiente. Con un poco de suerte, alguien arreglará esto tarde o temprano. Es responsabilidad de los propios ciudadanos el defender a la Democracia y el Estado de derecho de sus enemigos. No hacerlo nos convertirá, irremediablemente, en víctimas de la tiranía del poder.
  4. Que tenemos el derecho a no pagar las consecuencias de los errores de otros, especialmente cuando el plan consiste en seguir cometiéndolos a nuestra costa. Deberíamos aprender del ejemplo de quienes no aceptan ser pisoteados con motivo de la crisis, o cualquier otra excusa, como el terrorismo. Claro, que para no dejarse pisotear primero hay que estar en condiciones de no permitirlo, lo que me lleva a la pregunta de hasta qué punto somos libres.
  5. Que la palabra del gobierno autonómico no vale nada. Un día firman una cosa y al siguiente hacen todo lo contrario. Aplicable a todos los niveles (por ejemplo, con la retroactividad de las primas a la producción de renovables).

A más de un trabajador leer esto después de tardar 2 horas en volver a casa desde el trabajo, en un autobús donde escaseaba el oxígeno, era lo que le faltaba. Pero creo que sería injusto culpar del cierre a los empleados de Metro, que sólo exigen el cumplimiento del convenio anteriormente pactado con el Gobierno autonómico, y de la Constitución. Ni han creado el déficit que ahora se pretende tapar con sus sueldos (entre otros), ni son los únicos que han votado a un gobierno incapaz de regular eficazmente el derecho a huelga y garantizar la viabilidad económica del metro, de la Comunidad de Madrid, y hasta de la Nación.

¡No matemos al mensajero que trae la respuesta a años votando al PPSOE!.
_________________________________________
[1] Pérdidas de 3,2 millones de euros diarios, según la empresa
[2] Sentencias favorables a los trabajadores de Metro de Madrid sobre servicios mínimos injustificados:

  • Tribunal Constitucional: Sentencia 53/1986, de 5 mayo.
  • Tribunal Supremo: Sentencias de 11 abril 2003, 31 enero 2005; 5 junio 1998 (huelga de 1994); 4 mayo 1998 (huelga de junio 1994); 2 sentencias de 17 abril 1996 (sobre las huelgas de enero y diciembre de 1994).
  • Tribunal Superior de Justicia de Madrid: Sentencia 147/2010 de 21 enero, y 1436/2009 de 8 octubre.

Justicia para España

Leo, alegrado, que las cuatro principales asociaciones de jueces se disponen a convocar un acto de protesta el próximo 18 de febrero y una huelga para el 26 de junio si el Gobierno no atiende a sus reivindicaciones:

  • Incorporación a los juzgados de las nuevas tecnologías;
  • Profesionalización de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia;
  • Revisión de la organización del poder judicial y adecuación de las plantillas de cada órgano a la carga de trabajo real;
  • Un sistema de sustituciones mediante jueces titulares para que la ausencia del juez no paralice la administración de justicia;
  • Cumplimiento de los acuerdos alcanzados en materia retributiva;
  • Regulación de una carga máxima de trabajo y otras medidas para una efectiva conciliación entre la vida laboral y familiar

En definitiva, una serie de medidas imprescindibles para tratar de acabar con la parálisis del poder judicial, uno de los más graves problemas de España desde tiempos pretéritos.

El año pasado se destapó, a raíz del caso Mariluz, que existían 270.000 sentencias penales sin ejecutar (y II), y más de un millón de otros tipos. El problema ya existía con Aznar, con González y en los tiempo de Franco; y que parece que no tiene visos de solucionarse, ya que hace unos días se anunció que los asuntos judiciales en trámite habían aumentado hasta los 2,7 millones.

Afortunadamente los jueces han acabado por darse cuenta de que, aunque no sean los responsables del mal funcionamiento de la administración de justicia, sí que son los más perjudicados por el mismo. No sólo por tener que trabajar a diario en condiciones inaceptables en cuanto a medios y carga de trabajo, sino también por tener que soportar el descontento ciudadano y el desprestigio asociado a la ineficacia de su trabajo, del que ellos son las primeras víctimas.

Especialmente significativa me parece la estrategia de reivindicación elegida para tratar de afrontar este gravísimo (y endémico) problema de estado. ¿Alguien imagina al parlamento convocando una huelga porque carece de los medios materiales y procedimentales para desarrollar sus sesiones? ¿o que el los funcionarios del BOE hicieran huelga para reclamar los medios necesarios para publicar y distribuir su publicación? ¡Claro que no!, cualquier problema en un poder del estado se resuelve sin necesidad de acciones reivindicativas porque para eso disponen del dinero de los contribuyentes y de libertad en la gestión… se promulgan leyes, reglamentos y se asignan dotaciones presupuestarias sin perder un segundo.

Entonces, ¿por qué los jueces optan por convocan una huelga en vez de por reunirse con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para poner en marcha una modernización a fondo de la justicia en España? Imagino que ya lo habrán intentado durante los últimos años, sin mucho éxito, y, tras darse cuenta de que carecen de la capacidad necesaria para mejorar la eficiencia de la administración de justicia, han optado por la huelga para pedir la ayuda a la sociedad civil, porque ellos están con las manos atadas.

Tanto la dotación presupuestaria que recibe el poder judicial, como la composición del órgano de dirección de los jueces (CGPJ) y la elaboración de las leyes y reglamentos que establecen los trámites para la administración de justicia son decisiones adoptadas por el parlamento (poder legislativo) y el gobierno (poder ejecutivo). Por tanto, el mal funcionamiento de la justicia es una decisión política y, además, responde a una política institucionalizada de la que han sido partícipes todos los gobiernos desde la Transición, todavía inacabada. La convocatoria de esta huelga certifica el fracaso del modelo de Poder Judicial establecido en la Constitución.

La reacción ante esta medida desesperada de protesta no se ha echo esperar: desde el mismo momento su anuncio, el oligopolio informativo han empezado a difundir por los principales medios acusaciones de corporativismo, de atacar al gobierno e, incluso, de planear un golpe de estado, con el doble objetivo de crear una mala imagen de los rebeldes y pasar de puntillas sobre el verdadero problema:

  • Si la condena al juez Tirado ha sido la gota que colma el vaso, bien podría haberse producido mucho antes
  • Como ya se explicado antes, las reivindicaciones no incluyen aumentos salariales que vayan más allá de lo ya pactado
  • Que este Gobierno sea el que más medios ha dado a Justicia no quita que estos sigan siendo insuficientes
  • Sobre el derecho o no de los jueces a la huelga, me parece un debate irrelevante mientras se garantice el funcionamiento de la administración de justicia a través de servicios mínimos. Por lo demás, para un ciudadano corriente, un día más de retraso no supone una gran diferencia.

Como es habitual, hay más interés en crear opinión que en abordar el problema desde todos los puntos de vista. Mucho se habla de los jueces sin abordar la verdadera cuestión de fondo: ¿A quién beneficia que la justicia en España funcione tarde, mal y a rastras? y ¿Por qué no se hace nada por resolverlo? Desde luego que los ciudadanos y los jueces nos alegraríamos mucho de que funcionara tan bien como la Agencia Tributaria, totalmente integrada en la era digital y que nos ofrece todo tipo de facilidades para pagar nuestros impuestos rápidamente.

Parece como si no interesara hablar de las consecuencias sociales que tiene el el mal funcionamiento de la justicia, que pone en peligro no sólo la separación de poderes sobre la que se sustenta la democracia, sino también el estado de derecho y la paz social por la percepción generalizada de impunidad, que fomenta conductas socialmente irresponsables y/o criminales. La justicia NO PUEDE SER UNA ASIGNATURA PENDIENTE para cualquier estado que aspire a ser democrático… no puede haber retrasos de años y cientos de sentencias sin ejecutar.

Pero en vez de hablar de esto las lineas editoriales prefieren hablar de la “traición de los jueces huelguistas”, sin pararse a pensar si son más traidores los jueces que organizan una huelga para mejorar la justicia o los gobiernos que, interesadamente en mi opinión, ha abandonado a su suerte a uno de los poderes del Estado para poder actuar con mayor libertad. Al fin y al cabo, si los jueces están atados de pies y manos, y los ciudadanos no podemos pedir explicaciones ni echar a los políticos que supuestamente elegimos ¿quien controla al poder ejecutivo y legislativo?

Me parece que el problema merece un plan de choque a la altura de las medidas anticrisis aplicadas a los bancos, incluyendo, además del presupuesto para mejorar los medios disponibles, reformas en la constitución que garanticen la total independencia del poder Judicial del resto de los poderes del Estado, de modo que responda, únicamente, ante sí mismo y ante los ciudadanos. Sólo de este modo se puede garantizar el Estado de Derecho y una verdadera democracia.

Hasta que esto pase, seguiremos siendo el país en el que se entrona a quien se salta las leyes y se ridiculiza a las víctimas; el país donde los partidos políticos se reparten a los jueces, el Gobierno promueve leyes a medida para que no se pueda juzgar a sus aliados, la corrupción campa por a anchas y donde la gente sigue votando a aquellos que crean y perpetúan los problemas que sufrimos.

Me pregunto como sería este país si la gente tuviera el valor de usar su voto para cambiar las cosas y resucitar, a golpe de urna, al poder judicial. Si lográsemos que en el plazo de 3 meses se tuviera sentencia judicial firme sobre cualquier asunto nos cambiaría el caracter, y dejaríamos de admirar a otros países para empezar a ser admirados.