El verdadero porcentaje de gastos que cubren las matrículas universitarias

Que si el 15, el 20 (¿¡sólo el 20?!), el 25%pese a que los presupuestos de las universidades públicas están disponibles en internet parece que nadie tiene muy claro qué porcentaje de los gastos se cubren con las matrículas universitarias. El propio Gobierno admite con la boca pequeña que todavía no se sabe “exactamente” el porcentaje real del copago realizado por los estudiantes porque -hasta muy recientemente- no se ha empezado a separar los gastos de las universidades por programas.

Sea cual sea la cifra exacta (un detalle, al parecer, sin importancia), tanto el Gobierno central como algunos autonómicos tienen claro que los precios públicos todavía están muy lejos del máximo legal del 25% del coste de los estudios en primera matrícula que establece la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU) en su art. 81.3.b; y continúan encareciendo las matrículas a pesar de que la universidad pública española ya es la cuarta más cara de la UE21 (era la sexta antes de los tasazos: datos OCDE para 2011 – Tabla B5.1), y no por su calidad ni porque podemos permitírnoslo.

De hecho, hace unos días la Comunidad de Madrid ha vuelto a subir drásticamente los precios públicos de las universidades por segundo año consecutivo: esta vez un 26,64% en los estudios de menor experimentalidad (generalmente de letras) y el 15,63% de casi todas las ingenierías (ver Anexo I de los Decretos 60/2013 y 66/2012). Y ello, en plena campaña de matriculación, que se estaba haciendo con los precios públicos vigentes (los del año anterior).

Aunque resulta utópico esperar que alguien incapaz de revisar en plazo los precios públicos con un año de preaviso lo entienda, un somero análisis de los presupuestos de las universidades públicas deja bien claro que la última subida ha rebasado los margenes legales en casi todos los centros. Esto es así porque las matrículas universitarias son precios públicos y, por tanto, su cuantía debe estar vinculada a los costes económicos de la docencia, respetando los máximos que marca la LOU.

Ahora bien, ¿cómo pueden determinar el precio del crédito sin conocer su coste exacto?. Cualquiera que haya pisado una universidad en su vida sabe -o debería- que en ellas se llevan a acabo otras muchas actividades que generan gastos, pero que nada tienen que ver con la docencia y que, en consecuencia, no deben sufragarse con cargo a los precios públicos. Si restamos esas cantidades del presupuesto vemos que los estudiantes no están tan subvencionados como se dice, y que no se puede subir más el precio de las matrículas sin modificar antes la LOU. Veámoslo con un ejemplo.

Como mínimo, un tercio del presupuesto de la Carlos III es gasto no relacionado con la docencia de grado

Para comprender porqué las Administraciones no se ponen de acuerdo en el porcentaje de gastos que cubre la matrícula nada mejor que revisar las cuentas de una universidad pública. Haciéndolo comprobaremos que la separación de costes por actividades sigue siendo insuficiente, que se mantiene el criterio de considerar docente todo gasto que no esté muy claro a qué corresponde (inflando injustificadamente las tasas), y que tanto la información publicada como su presentación no facilitan precisamente la rendición de cuentas.

La elegida para esta análisis ha sido la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), cuyos presupuestos para 2013 consignan un gasto total de 157,5 millones de euros. De esta cantidad los alumnos sufragan 27,8 millones de euros en precios públicos por títulos oficiales de grado y doctorados (partida 310.00 de ingresos de todos los presupuestos universitarios – pag. 61 del PDF), por lo que -a priori- sólo pagan el 17,65% de los gastos totales. Ahora bien, para determinar si se pueden subir las tasas, y cuanto, tendremos que establecer primero cual es el coste real del servicio restando los gastos que nada tienen que ver con la docencia y que, por tanto, no deben ser cubiertos mediante abono de precios públicos. ¡Empecemos!

Gasto no docente: Inversión en investigación

El más indiscutible e importante en cuantía es la inversión en investigación, que está reflejada en los presupuestos de toda universidad en el art. 64 del capítulo VI de gastos (pag. 57). En este caso en particular son 24,26 millones de euros del presupuesto que nada tienen que ver con docencia, así que no pueden cargárselos a los estudiantes porque no les corresponde financiar los programas de investigación. Esta partida sola representa el 15,40% del presupuesto total.

Ahora bien, analizando los gastos incluidos en el programa de investigación resulta que éste no sufraga ni un céntimo de los gastos corrientes de funcionamiento de la universidad (suministros, uso de instalaciones, limpieza, seguridad, infraestructuras). Como supongo que esta investigación se hará en las instalaciones de la universidad, me parece justo que el programa de investigación soporte la parte proporcional de estos gastos que les corresponda. ¿O acaso la jardinería es gasto exclusivamente docente?.

Pero, ¿cuál es esa parte proporcional?. Un criterio para estimarla es utilizar el porcentaje que representa la investigación sobre el presupuesto total (15,40%) y aplicárselo a las partidas de gastos comunes (cap. II de gastos, pag 55). Esto restaría 4,19 millones de euros del presupuesto presuntamente docente, y sitúa el gasto no docente en el 18,06%. Se podrían utilizar otros criterios para la estimación, pero me parece una cifra suficientemente conservadora.

Y ojo, que se podrá entrar a discutir si los 12,59 millones de euros en gastos de personal de investigación (la mitad del presupuesto de investigación, que -a su vez- representa el 13,91% de la partida de personal) son suficientes para cubrir los sueldos y seguridad social de las 195 personas contratadas en proyectos de I+D+i (pag 123) más la parte proporcional de los de los restantes 1.905 catedráticos, titulares, profesores y demás Personal Docente y de Investigación (PDI), que -en conjunto- consiguen publicar más de 1.000 artículos de investigación al año (la producción real debe ser muy superior, ya que sólo se publican los artículos con aportaciones relevantes), leer 129 tesis, solicitar un par de docenas de patentes. Viendo lo mal pagada que está la investigación en España, imaginemos que sí.

Gasto no docente: Inversión en ayudas y becas

Cerrado el apartado de investigación pasamos al Capitulo IV del presupuesto, donde se reflejan todas las ayudas a los estudiantes e investigadores (becas de formación, Erasmus, Séneca, postdoctorales…) ¿Deben pagarse las becas con los ingresos por precios públicos? Diría que no: porque ni son gasto docente generado por el alumno, ni la función de la universidad es la de administrar la solidaridad entre estudiantes… que al fin y al cabo son mayores de edad, generalmente desempleados y sin patrimonio, por más o menos dinero que tengan sus padres.

Dado que estos programas no pueden sufragarse a través de los precios públicos (por su propia definición), deberán mantenerse vía impuestos; y en mucha mayor cuantía aprovecho para decir. Los datos de la OCDE (Tabla B5.3) muestran que España es uno de los países estudiados donde la inversión pública en educación terciaria es más regresiva, con un 90% del presupuesto dedicado a financiar directamente a los centros, y sólo un 10% destinado a ayudas y becas… lo que implica que los estudiantes no becados pagan menos matrícula, y los becados reciben menos beca.

Bien es cierto que un ~6% de estas ayudas van destinadas a becas “de colaboración”: auténticos minijobs con dotaciones por debajo del salario mínimo interprofesional y sin seguridad social con los que se cubre parte del funcionamiento de algunos servicios fundamentales de la universidad (biblioteca, aulas de informática), por lo que sería discutible hasta qué punto son o no gasto docente, y/o en qué medida contribuyen a abaratar los costes totales.

Como quiera que los gastos de personal asociados a la gestión y administración de estas “becas” (convocatoria, gestión de pagos, formación en el puesto…) son inseparables del gasto docente, podemos considerar ambas partidas más o menos compensadas. En nuestro caso particular, descargando del presupuesto los programas de ayuda y becas (otros 10,65 millones de euros), ya habríamos identificado un 24,83% del presupuesto cono no docente.

Gasto no docente: Deuda e intereses

Por definición, la deuda (Cap. IX gastos) corresponde a la diferencia entre ingresos y gastos acumulada en ejercicios anteriores, que no es resultado directo de la actividad docente actual sino de la gestión pasada y que, por tanto, no deben sufragar los estudiantes actuales a través de precios públicos. ¿Deben pagar los estudiantes con su matrícula la deuda y sus intereses (Cap. III gastos) acumulados por decisiones que se tomaron antes de que empezaran sus estudios, sobre las que que no se le consultó y de las que, en el mejor de los casos, se han podido beneficiar mínimamente? Descartando estos gastos, la parte no docente del presupuesto ya representa el 25,44% del total.

Gasto no docente: (presunta) Corrupción

El año pasado, la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid publicó un informe en el que se destapaban multitud de irregularidades contables (respuesta oficial). Más recientemente el Tribunal de Cuentas ha detectado prejubilaciones de hasta 300.000 euros “sin soporte legal” en universidades -principalmente andaluzas, pero también en la Carlos III (69.216 euros)-, y son de sobra conocidas las denuncias constantes de clientelismo y corrupción en las universidades españolas, lugar muy dado a hacer una oposición a medida para colocar a amigos que necesitan un sueldo, aunque no sepan hacer la “O” con un canuto. Dada la dificultad de cuantificar estos gastos no docentes, debemos dejarlos fuera del análisis a sabiendas de que existen y que, por tanto, el resultado final estará sesgado a la baja.

Gasto docente, pero no de grado

Otra partida a eliminar del presupuesto docente es la de la formación de post-grado: doctorados, másters oficiales y propios, y cursos de especialización gestionados por el Centro de Ampliación de Estudios (CEAES) de la UC3M. Los precios públicos de estos estudios deben determinarse en función del perfil de costes específico de esta formación, no pudiendo mezclarse con los de grado para compensar unos con otros.

En el presente análisis esto implica eliminar del presupuesto los 4,37 millones de gastos corrientes atribuidos al CEAES (pag. 79 – el resto del presupuesto son ayudas y becas que ya hemos descontado antes) mas los 3,18 millones de euros de gastos de personal correspondientes al Capítulo I (retribuciones básicas de personal administrativo y gratificaciones) que no están contabilizados como gastos de este centro aunque sí se incluyen en los desgloses de los 31 programas de estudios propios y 12 oficiales del volumen II de los presupuestos (pag 89 a 139 del PDF).

Curiosamente, en la contabilidad de estos programas las retribuciones de los profesores se contabilizan como gastos corrientes, y parece que las cotizaciones a la seguridad social del personal administrativo no se han incluido… así que las añadimos nosotros, al menos en los másters donde es obvio que faltan (361.666€ adicionales). Sumando todos los conceptos se caen del presupuesto de la docencia de grado otros 7,91 millones de euros, quedando el gasto no relacionado con ésta en el 30,51%.

Otros gastos no docentes

Recorriendo las partidas de gastos encontramos otras muchas actividades no docentes dentro de lo que queda del presupuesto: 139.980€ en gastos de protocolo (partida 226.01 – pag 54), 1.274.320€ en estudios técnicos (partida 227.06), 671.840 € en actividades culturales (partida 226.04), 663.750€ en actividades deportivas (partida 226.05), 487.200 € en gastos “no culturales” en el Aula Teatro y el Auditorio de Leganés (pag. 152 y 153 del volumen II), 1.569.690€ en gastos del Espacio Estudiantes (que precisamente gestiona las ayudas, actividades deportivas y culturales – pag. 157 del volumen II), 479.550 € en el Consejo Social (pag. 9 volumen II), 260.360 € del Programa de Igualdad y Cooperación (pag. 169-170 volumen II)… Actividades que no niego que sean fundamentales para la vida universitaria, pero que no parecen ser docentes y -por tanto- no se pueden financiar con cargo a los precios públicos.

Para evitar restar dos veces he tratado de tomar de estas partidas sólo los gastos que no se habían suprimido antes, y prorrateado el resultado final descontando la tasa de participación la investigación en los gastos comunes (15,40%). El resultado es un adelgazamiento adicional de 4.69 millones de euros, lo que sitúa al gasto no relacionado con la docencia de grado en 33,48%.

Compensación por auto-financiación

Por último, hay que señalar que la universidad genera ingresos por múltiples conceptos mediante la utilización de los recursos todavía incluidos en lo que queda de presupuesto: arrendamiento de instalaciones, materiales y servicios, emisión de certificados, ingresos por acceso a las pruebas de acceso a la universidad, universidad para mayores, residencias universitarias… algunos de los cuales podrían no estar reflejados en el presupuesto, ya que parece que la fundación de la UC3M, que gestiona algunos de estas actividades, no está incluida en el presupuesto de la universidad.

Puesto que los gastos de estas actividades no se encuentran desglosados en el presupuesto, procede compensar los gastos de la universidad con la cantidad total de los ingresos percibidos por estas actividades sobre la premisa de que si son rentables, el beneficio debe utilizarse para compensar proporcionalmente las partidas deficitarias de los programas que constituyen la actividad nuclear de la universidad: investigación, docencia (que también incluye infraestructura y servicios comunes). Obviamente, en caso de que estas actividades fueran deficitarias, dicho déficit no puede compensarse con cargo a los precios públicos aunque exista un interés social en que se lleven a cabo (por ejemplo, realizar las pruebas de selectividad).

Para ser justos, destinaremos el 15,40% de estos ingresos que no provienen de los precios públicos por estudios oficiales de grado o postgrado (ni son ingresos por investigación ni transferencias corrientes o de capital de organismos públicos o privados) a la partida de investigación, y el 7,17% a másters y posgrados, que es la proporción que los gastos de estos programas (becas y ayudas incluidas) representan sobre el presupuesto total de la universidad. El resto de ingresos irían a reducir el denominado “gasto docente” de grado.

Hechos los cálculos, el resultado es que el 77,43% de los ingresos correspondientes a los Capítulos III (excepto 310.00, ya contabilizado, y 319.07 , másters universitarios – excluidos), V (ingresos patrimoniales) y VIII (Activos financieros, excepto investigación) debe restarse del presupuesto de la docencia de grado, lo cual representan 5,21 millones de euros auto-financiados. Esto reduciría el presupuesto mínimamente relacionado con los estudios oficiales de grado y pendiente de financiar a 99.552.810€; es decir, el 63,21% del total. Quedémonos con este número.

Gasto no docente: Despilfarro y mala gestión

¿Hemos descartado ya todo el gasto no docente del presupuesto? En mi opinión no, pero dejamos ya de restar para mantener una estimación conservadora y porque los gastos que comento a continuación sí que son docentes, aunque no muy presentables.

Por ejemplo, ¿tiene sentido que una universidad con 821 estudiantes menos (pag. 91 pdf), y el mismo personal (pag. 156 pdf) que hace 4 años, se gaste ni se sabe cuanto en hacer un nuevo edificio en el campus de Getafe habiendo aulas vacías (que no se llenan ni con los cursos para mayores de 55 años)? Vale que la eficiencia energética del edificio (teóricamente certificación LEED Platino) permitirá recuperar la inversión en algunas décadas gracias al ahorro que se obtendrá con la clausura de otros edificios menos eficientes… ¿pero tienen que financiar los estudiantes la reestructuración del campus? Se aprende igual de bien en las aulas y edificios “viejos”, que -por cierto- están en perfecto estado de conservación.

Y qué decir del nuevo campus de Puerta del Hierro ¿era necesario?. ¿Es también necesario duplicar la oferta de plazas inaugurando un nuevo colegio mayor en Getafe donde sólo hay habitaciones individuales? A esos precios dudo que sea para alumnos. Espera, que en Leganés también están construyendo… ¡la burbuja del ladrillo no ha explotado en la UC3M!.

¿Cómo se explica el Campus de Colmenarejo (Google Maps)?. Una única facultad perdida en la sierra cuyos gastos operativos ascienden a 1,13 millones de euros (pag 146 del volumen II – casi la mitad que el campus de Getafe, con 18 edificios) para ¿cuantos, 300 alumnos?. Sin duda esta política de desperdigar microcampuses por la Comunidad de Madrid debe generar unos costes importantes, pese a que algunos ya se hayan eliminado (como el autobús intercampus, que salía por 48.000€ al año por conectar 3 veces al día los centros).

En el capítulo de personal, resulta curioso como el número de Personal Docente e Investigador (PDI) sigue a niveles de 2010 (pag 135) mientras que el número de créditos matriculados ha descendido un 19.1%: en 2010 había matriculados 624 créditos por cada PDI, para 2013 se prevén 499 créditos. Dirán que con Bolonia la formación es más personalizada y blablabla… mentira. Se han suprimido grupos, hay menos alumnos y el número de créditos por alumno ha disminuido, pero mantenemos al mismo número de profesores para… ¿impartir grados de dudosa demanda y con opción de hacerlos en inglés?. ¿Deben los alumnos sufragar con la matrícula los sueldos de los profesores si la universidad decide poner uno por alumno, o crear titulaciones sin demanda? En mi opinión, no; igual que tampoco pueden decidir si quieren más o menos profesores, o mejores.

Aunque no dudo que todas estas cuestiones que critico tengan su razón de ser y justificación, lo que me parece más difícil de sostener es que se consideren gasto docente que deba ser sufragado con la matrícula de los estudiantes; como tampoco entiendo que se dediquen 584.680€ en publicidad y propaganda (partida 226.02 de gastos) o, lo que es lo mismo, 131,38€ por nuevo alumno/año (los antiguos ya están atrapados, jajaja) en engañar a la gente para que estudien aquí. ¿Pero no es una universidad tan excelente y está en lo más alto de los rankings? ¿Acaso no hay gente haciendo cola para entrar? Que hay una demanda del 133% sobre las plazas ofertadas de primer año (pag. 107 pdf) y unas notas de corte bien altas.

Y, así, hasta el infinito…

Haciendo las cuentas, la subida de tasas incumple la LOU

Una vez conocido el presupuesto presuntamente docente, determinar los precios públicos de los grados es cuestión de dividir entre el número de créditos que se imparten al año. Desgraciadamente, debemos volver a estimar la cifra puesto que los presupuestos sólo ofrecen el total agregado de grados y posgrados (pag. 155 vol 1). Para esta operación, baste multiplicar el número de estudiantes de grado (14.800, restando los post-grados y estudios hispánicos) por el número de créditos matriculados por estudiante de media en los últimos 4 años (62,37[1]) para obtener 923.172 créditos al año.

A partir de este cálculo llegamos al resultado de que el coste medio del crédito de la docencia de grado en la UC3M es 107,84 €, por lo que -según la LOU- la primera matrícula podría costar de media, como mucho, 26,96€ por crédito; la segunda 43,14 € y la tercera 80,88 €. Insisto en que se trata de precios medios, porque el coste de estudiar con manuales que se revisan 1 vez por década es distinto del de estudiar con software de cálculo de estructuras o equipos audiovisuales. Por este motivo los precios públicos varían según el grado de experimentalidad de los estudios; y los doctorados, másters y títulos propios tienen sus propios precios en relación con los costes de estas titulaciones.

Esto significa que el precio del crédito en los estudios de menor experimentalidad generalmente será inferior que la media[2], como también ocurrirá en los estudios y centros con mayor demanda por una mera cuestión de economías de escala. A riesgo de ser reiterativo, insisto una vez mas: los precios públicos deben determinarse en función del coste del servicio, por lo que deben ser distintos para cada titulación y para cada universidad, sin que pueda pretenderse que un estudiante de una carrera barata y con más demanda (pongamos económicas o empresariales) subvencione con su matricula el mayor gasto de planes de estudios sin estudiantes y/o que requieran medios más caros. Por mucho que los costes fijos comunes sean la mayor parte, no se puede pretender que cursar ingeniería industrial cueste 4 euros más por crédito (un 14,82% más) que sociología, a menos que a los segundos les incluyan los libros y el viaje de fin de curso en la matrícula.

Pues bien, exactamente eso pretende la UC3M al hacer uso de todo el margen de subida que le concede la Comunidad de Madrid en su último decreto. En el ejercicio de su autonomía universitaria no solo ha fijado el precio del crédito en primera matrícula para todas las titulaciones por encima del límite legal del 25% de los costes (27€ las más baratas), sino también incumplido el límite del 40% en segunda matrícula (50,53€ precio mínimo), el del 75% en tercera (94,75 € precio mínimo) y en cuarta matrícula obliga a pagar -como mínimo- el 117% del coste medio (126,34 €), cuando el máximo absoluto es el 100%.

Por mucho que los rectores se opongan a la subida, son las universidades las últimas responsables fijar los precios públicos, como se refleja en el artículo 2.1 del Decreto 60/2013 de la Comunidad de Madrid. Así pues, en teoría los precios son efectivamente máximos y cada centro puede decidir fijar unos inferiores siempre que el precio se mantenga dentro de los límites que marca la LOU, por lo que sorprende que el precio del crédito en todas las universidades públicas madrileñas (UCM, UAM, UPM, UC3M, UAH, URJC) sea el mismo ¿Pretenden que creamos que el coste por estudiante es igual en las penitenciarías facultades masificadas de la Complutense que en el bucólico campus de Colmenarejo, o están sufragando los estudiantes de unas universidades a los de otras?

Supongo que la explicación es mucho más sencilla: la Comunidad de Madrid no tiene dinero y ha decidido sanear sus cuentas a costa de los estudiantes y sus familias, bajo amenaza de que la universidad que no haga uso de todo el margen que se apruebe de subida se quedará sin la parte proporcional de la transferencia autonómica (principal fuente de financiación), puesto que de su comportamiento se deduce que no necesita más financiación. Si fuera el caso, sería un buen ejemplo de cómo la corrupción y el despilfarro los pagan quienes los consienten tarde o temprano.

En cualquier caso, todo parece indicar que la subida de tasas en la UC3M vulnera la LOU, situación que probablemente también se producirá en el resto de universidades madrileñas habida cuenta que la Carlos III es la universidad púbica con menos alumnos (17.750) y más campuses (4) de la región. Sería deseable que alguien advirtiera de tal eventualidad a los responsables de fijar los precios públicos antes de que a los más de 200.000 alumnos afectados se les ocurriera organizarse para presentar una demanda judicial colectiva contra el tasazo por incumplimiento de la LOU, reclamando el dinero cobrado de más y los intereses.

Sobre la anulación del tasazo

Para que cayera el tasazo, teóricamente bastaría con que un sólo alumno/a consiguiera recurrir con éxito en la vía contencioso-administrativa la anulación -por impago parcial- de su matrícula para el año 2013/2014[3]; siempre y cuando entre sus alegaciones se incluyera que los precios públicos aprobados por su universidad superan los límites máximos que establece la LOU para los estudios de grado. Si el tribunal apreciara tal circunstancia, deberían ser anulados y habría que devolver la diferencia entre las cantidades cobradas y los últimos precios públicos que cumplan los límites que establece la LOU.

No obstante, esperar a que alguien resuelva esta papeleta no parece ni demasiado solidario ni demasiado seguro; y siempre cabe la posibilidad de que en segunda o siguientes instancias algún alto tribunal limite la devolución de los precios públicos a aquellas personas que lo hubiesen reclamado, ya que el reembolso a todos los estudiantes implicaría la quiebra de la universidad afectada (quizás sea el objetivo último de la Comunidad de Madrid, aunque siempre estará en mano de los estudiantes afectados el facilitar un calendario de pagos que permita la supervivencia de la universidad).

Por eso, porque constituye el paso previo al recurso contencioso-administrativo, y porque es una medida efectiva de protesta, animo a aquellos/as estudiantes que quieran mostrar su rechazo al tasazo a que inauguren el académico inundando los registros de su universidad con reclamaciones solicitando la devolución de las cantidades cobradas de más. Intentaré publicar aquí un modelo de instancia para aquellas universidades de las que dispongamos de estimaciones suficientemente aproximadas del precio real de la docencia (ver segundo comentario).

O LES PARAMOS LOS PIES AHORA O EL AÑO QUE VIENE NOS VUELVE A APRETAR.
#STOPtasazos

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[1] La cifra utilizada de créditos matriculado por alumno y año parece un poco elevada si tenemos en cuenta que un año académico son 60 créditos tanto en los grados (no dobles) como en los másters. Supongo que ello se debe a que la gente tiende a matricularse del año siguiente completo más las asignaturas que les hayan quedado. En cualquier caso, a la hora de estimar el coste por crédito me parece correcto asumir que los estudiantes se matriculan por cursos completos, ya que sería un poco absurdo determinar dicho coste en función del descenso de las matriculaciones producido por la subida de precios, que es el factor que se trata de calcular y llevaría a que los estudiantes paguen lo mismo independientemente del número de asignaturas de las que se matriculen. Por otra parte, si se prevén descensos en las matriculaciones deben ajustarse también los gastos de la universidad manteniendo el precio del crédito tan constante como lo permitan los costes fijos.

[2] En el supuesto de que se aplique el mismo porcentaje sobre gastos a todas las titulaciones, ya que la universidad podría perfectamente decidir que los estudios en los que no hay suficientes titulados para cubrir las demandas de la sociedad paguen un porcentaje menor dentro de los límites de la LOU (siempre que la diferencia la sufrague íntegramente la universidad, y no los alumnos de otros estudios con tasas más altas).

[3] El impago debería ser mínimo, de modo que cubra los costes reales de la docencia sin llegar al 100% de los precios públicos (devolución parcial del recibo o ingreso parcial en oficina bancaria). Los afectados sin recursos podrían litigar con un abogado de oficio gracias a la justicia gratuita.

La gestión deficitaria, las malas leyes y los juicios lentos provocan el cierre del Metro de Madrid

Ayer y hoy Madrid -una ciudad de 3,25 millones de habitantes- se ha despertado sin metro, algo que no pasaba desde 1987, y la primera vez en día laborable. Esta es la respuesta de los trabajadores a la reducción de un 5% en sus sueldos que aprobó recientemente la Comunidad de Madrid (CAM), haciendo extensivo a todos los empleados de empresas públicas el decreto ley del gobierno por el que se recortaba el sueldo de los funcionarios, y que -en principio- no les iba a afectar, puesto que los empleados de Metro no son funcionarios.

En vez de eliminar la bonificación del 1% sobre el tramo autonómico del IRPF, del 99% sobre el impuesto de sucesiones, perseguir el fraude fiscal, reducir a la mitad las dietas, los cargos de libre designación y demás despilfarro público; o, incluso, congelar la expansión y renovación de la red de metro para reducir el déficit creado por la gestión del gobierno autonómico, la Asamblea de Madrid ha optado por lo fácil: reducir el sueldo a sus trabajadores, contraviniendo el convenio colectivo y los pactos acordados previamente, hace apenas unos meses.

La estrategia adoptada por los trabajadores para combatir este atropello sin duda molestará a más de uno, que hubiera preferido una huelga de tornos caídos. Por desgracia, esta opción ejerce poca presión sobre Metro, ya que la empresa sólo perdería la recaudación de los billetes sencillos y metrobuses (40,93% según la memoria de 2008; con la estructura de tarifas actual, probablemente mucho menos). Eso sí, los empleados seguirían cobrando y los viajeros felices.

La opción de huelga “domesticada”, es decir, con cumplimiento de los servicios mínimos abusivos (del 50%), no sólo no afecta a la empresa, sino que encima la beneficia: supone una bajada sustancial de los costes operativos (menos trenes y consumo eléctrico, más la penalización a los huelguistas) sin apenas reducción de los ingresos (salvo algún usuario de metrobus/sencillo disuadido por las aglomeraciones… los de abono pagan igual). Seguro que a la empresa le gustaría una huelga permanente con servicios mínimos del 50%, que es el futuro del metro privatizado.

Por último, la huelga total -“salvaje” la llaman- supone una bajada sustancial de los costes operativos de la empresa (~60/90% de los costes variables) y reducción mínima del 35% de los ingresos [1] (usuarios de metrobus y sencillo), y potencial del 100%… suponiendo que el más de 65% de los usuarios de abono transporte ejerciten su derecho a solicitar la devolución de la parte proporcional del importe del abono, generando de paso un ataque distribuido de denegación burocrática -DDoB, que original- cuyos costes corren a cargo de la empresa y los usuarios.

Así que, visto la distribución de ingresos de Metro de Madrid, los huelguistas se enfrentan a una decisión perder-o-perder… y han optado por la que más afecta a la empresa, aun a riesgo de poder ser despedidos por incumplir los servicios mínimos cuando hay un 20% de paro; y enfrentarse a una parte no despreciable de los usuarios, que anteponen su “derecho” a viajar en metro al derecho, constitucionalmente protegido, de ir a la huelga ante al decisión unilateral -y contraria a la ley- de romper el convenio colectivo previamente pactado.

Mientras, la Comunidad de Madrid, en su linea habitual, trata de presentarse como víctima inocente del conflicto entre estos huelguistas “salvajes” y el Gobierno de España, cuando ha sido la propia CAM la que han decidido extender el Decretazo a los empleados de Metro “porque-sí”, y la que ha extendido y renovado la red de metro durante años, muy por encima de lo justificable en función del incremento en la demanda -ahora estancada o en retroceso- y de la viabilidad económicas del propio servicio.

Esto no supondría mayor problema para cualquier gobierno responsable, dispuesto a asumir el coste de un servicio público deficitario, pero que genera otros beneficios. Sin embargo, parece que al Gobierno de Esperanza Aguirre se le ha ido la mano con el gasto y las rebajas de impuestos, pero no está dispuesto a aguantar la carga de su deuda. Así que, ¿para qué queremos tener el mejor metro del mundo, si no podemos mantenerlo?.

A la vista del historial y el estilo de gestión del PP, todo parece indicar que se trata de un típico caso de creación de un déficit suficiente para justificar su privatización, que, no nos engañemos, es a lo que se dedican los gobiernos tanto del PP (expertos en privatizar), como los del PSOE (expertos en déficit)… y respaldan los madrileños elecciones tras elecciones.

Eso sí, mientras lloran, la consejería de transportes y Metro ya han iniciado los procedimientos sancionadores para que caiga todo el peso de la ley sobre los huelguistas silvestres, esa misma que ellos incumplen. Por su parte, Solidaridad Obrera, sindicato con fuerte presencia en Metro (que rechaza las subvenciones y revoca del cargo a los delegados sindicales si no cumplen diligentemente su tarea) avisa de que “a partir del uno de julio huelga indefinida […] ellos verán lo que hacen“.

La centrifugadora de mierda está adquiriendo velocidad y empieza a salpicar a todo el mundo. En los próximos meses veremos huelgas similares en muchos mas sectores, denunciando las soluciones que se aplicarán para intentar resolver los excesos que tenían que haberse frenado y combatido en la época de bonanza.

Malas leyes y juicios lentos

La situación de Metro ejemplifica bastante bien como funciona nuestra presunta democracia, algo especialmente interesante para aquellos ingenuos que creen que tenemos derechos, cuando resulta que la Constitución sólo se aplica cuando interesa al poderoso. Mientras que la Comunidad de Madrid vulnera tranquilamente la Constitución (Art 37.1: “La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios, y la Empresa establece unos servicios mínimos injustificados –como así reconocen diversas sentencias [2]- los trabajadores ven vulnerado su derecho constitucional a la huelga (Art. 28.2 CE)… ¿de qué sirve que, varios años después, una sentencia anule las resoluciones que establecen los servicios mínimos por abuso de ley?

Vista la reincidencia de la empresa y la Comunidad de Madrid, los trabajadores -cansados de que se rían en su cara- han optado en esta ocasión por romper la baraja: si no se va a cumplir a ley, no se cumple ninguna, y que arda Madrid. Esta es la consecuencia de las decisiones políticas que hacen imposible obtener sentencia firme sobre la resolución de servicios mínimos antes de la huelga, y que permiten el fraude de ley a la hora de establecerlos. Si la maquinaria legal es incapaz de defender adecuadamente los derechos y libertades ciudadanas -establecidos en la Constitución- habrá que defenderlas por otros medios, como siempre se ha hecho.

El verdadero problema aquí no es el cierre del Metro, sino, “[…] la excesiva gubernamentalización y unilateralidad, la absoluta exclusión de los representantes sindicales, la ausencia de mecanismos de mediación y arbitraje, la ineficacia del control judicial sobre los Decretos de servicios mínimos [que], junto a prácticas irregulares y frecuentes como las delegaciones de facultades “en cascada” y el establecimiento de servicios mínimos abusivos, han materializado no sólo formas de lesión del derecho de huelga y de otros derechos constitucionales de los usuarios, sino también y fundamentalmente la constancia empírica de la absoluta ineficacia del modelo normativo existente en este ámbito de los servicios esenciales”, como muy bien resume Martin Aguado en Derecho de Huelga: por una regulación garantista y avanzada.

Si alguien quiere buscar responsables de lo que está pasando, habría que empezar por quienes ha votado a los políticos que, en 32 años, no han tenido tiempo para aprobar una Ley Orgánica que sustituya al Real Decreto Ley 17/1977 (preconstitucional), unifique la doctrina judicial y las legislaciones autonómicas, y establezca unos baremos y mecanismos adecuados para que se respeten los artículo 28.2 y 37.2 de la Constitución. Casualmente, serán los mismos que han “elegido” los diferentes gobiernos que han generado la gestión deficitaria cuyas consecuencias ahora empezamos a pagar y que han decidido que la justicia en España no funcione. Probablemente, muchos de ellos también estarán quejándose en estos momentos de lo “insolidarios” y canallas que son los trabajadores del metro.

Motivos para alegrarse

La parte positiva de todo esto es que abre posibilidades para todos. Por lo pronto, Metro de Madrid y la CAM consiguen ahorrar ese dinero que tanto necesitan, ya que el cierre diario supone un ahorro teórico del 0,27% diario (1/365) de los costes totales (luz, sueldos, limpieza, seguridad). En 18 días de huelga total alcanzarán el 5%. Además, la huelga permitirá ocultar la provocada insostenibilidad de la gestión económica del Metro, que servirá de escusa para la eventual privatización del servicio, y/o futuras subidas del precio del billete. Por su parte, los trabajadores probablemente no sufrirán represalias graves y/o lograrán defender sus derechos laborales.

El resto de los mortales, aunque hayamos tenido que madrugar, gastar algunos eurillos extra en transporte, y llegado un poco más tarde a su puesto de trabajo, recibimos a cambio la oportunidad de aprender valiosas lecciones como, por ejemplo:

  1. Que no hay que dar nada por seguro. El futuro es imprevisible, y lo que hoy funciona mañana no puede existir, por lo que hay que tener un plan alternativo para tal eventualidad. Esta vez ha sido el metro, pero ¿y si lo que faltara fuera el agua, la electricidad o los alimentos? ¿Estamos “listos para el mañana”?… Quizás deberíamos preparar algo.
  2. Que la política nos afecta, queramos o no, porque todas las decisiones políticas tienen consecuencias globales a largo plazo (Falta de tutela del Derecho a huelga + Gestión deficitaria » Cierre del metro). No es suficiente con no votar a los políticos negligentes, hay que combatirlos activamente, porque todos los días siembran problemas que acabarán por golpearnos. “El futuro se decide hoy”.
  3. Que la Constitución no está para cumplirse, que la legislación que la desarrolla es manifiestamente mejorable, y los tribunales no garantizan una tutela judicial eficiente. Con un poco de suerte, alguien arreglará esto tarde o temprano. Es responsabilidad de los propios ciudadanos el defender a la Democracia y el Estado de derecho de sus enemigos. No hacerlo nos convertirá, irremediablemente, en víctimas de la tiranía del poder.
  4. Que tenemos el derecho a no pagar las consecuencias de los errores de otros, especialmente cuando el plan consiste en seguir cometiéndolos a nuestra costa. Deberíamos aprender del ejemplo de quienes no aceptan ser pisoteados con motivo de la crisis, o cualquier otra excusa, como el terrorismo. Claro, que para no dejarse pisotear primero hay que estar en condiciones de no permitirlo, lo que me lleva a la pregunta de hasta qué punto somos libres.
  5. Que la palabra del gobierno autonómico no vale nada. Un día firman una cosa y al siguiente hacen todo lo contrario. Aplicable a todos los niveles (por ejemplo, con la retroactividad de las primas a la producción de renovables).

A más de un trabajador leer esto después de tardar 2 horas en volver a casa desde el trabajo, en un autobús donde escaseaba el oxígeno, era lo que le faltaba. Pero creo que sería injusto culpar del cierre a los empleados de Metro, que sólo exigen el cumplimiento del convenio anteriormente pactado con el Gobierno autonómico, y de la Constitución. Ni han creado el déficit que ahora se pretende tapar con sus sueldos (entre otros), ni son los únicos que han votado a un gobierno incapaz de regular eficazmente el derecho a huelga y garantizar la viabilidad económica del metro, de la Comunidad de Madrid, y hasta de la Nación.

¡No matemos al mensajero que trae la respuesta a años votando al PPSOE!.
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[1] Pérdidas de 3,2 millones de euros diarios, según la empresa
[2] Sentencias favorables a los trabajadores de Metro de Madrid sobre servicios mínimos injustificados:

  • Tribunal Constitucional: Sentencia 53/1986, de 5 mayo.
  • Tribunal Supremo: Sentencias de 11 abril 2003, 31 enero 2005; 5 junio 1998 (huelga de 1994); 4 mayo 1998 (huelga de junio 1994); 2 sentencias de 17 abril 1996 (sobre las huelgas de enero y diciembre de 1994).
  • Tribunal Superior de Justicia de Madrid: Sentencia 147/2010 de 21 enero, y 1436/2009 de 8 octubre.